Impuesto de Sociedades: ¿qué consecuencias hay al presentarlo fuera de plazo?

Impuesto de Sociedades y Fuera de plazo
Cada vez la Agencia Tributaria está más pendiente de pequeños incumplimientos, como el pagar el Impuesto de Sociedades fuera de plazo. ¿Qué ocurre si pasa esto? ¡Entérate aquí y evita problemas!

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Llega la época de rendir cuentas con Hacienda y, entre el ajetreo diario de llevar una empresa, los despistes son muy habituales. Declarar tus tributos a destiempo es un error común, pero puede acarrear multas, recargos y la pérdida de ciertos beneficios fiscales. Si este es tu caso y has presentado tu Impuesto de Sociedades fuera de plazo, no te preocupes. Aquí te explicamos de forma sencilla y directa a qué te enfrentas y cómo solucionarlo sin pagar más de la cuenta.

Calendario fiscal: ¿cuándo debes presentar el Impuesto de Sociedades?

Para evitar sustos con la Administración, es vital que tengas marcadas en rojo las fechas exactas de este tributo. Recuerda que es obligatorio presentar estos modelos incluso si tu empresa ha estado inactiva durante este año o no ha generado beneficios. Existen dos grandes obligaciones que debes cumplir:

Declaración anual (Modelos 200 y 220)

El Modelo 200 es la declaración general que deben rellenar prácticamente todas las empresas en España (como las S.L. o S.A.). El plazo oficial es de 25 días naturales tras los 6 meses posteriores al cierre de tu ejercicio económico. Como la gran mayoría de las pymes tienen un año fiscal que coincide con el año natural, el plazo para presentar este modelo (y el 220 si tributas como grupo de sociedades) es del 1 al 25 de julio del año siguiente.

Pagos fraccionados (Modelos 202 y 222)

Son anticipos del impuesto que vas ingresando a cuenta. Solo estás obligado a presentarlos si en tu última declaración anual obtuviste un resultado positivo (es decir, te salió a pagar). Las fechas inamovibles para presentar los modelos 202 y 222 son del 1 al 20 en los meses de abril, octubre y diciembre.

Efectos reales de declarar el Impuesto de Sociedades fuera de plazo

Presentar tus impuestos tarde, aunque sea por un solo día, tiene consecuencias directas. Sin embargo, no siempre significa una sanción destructiva. Dependiendo de si te has adelantado tú a corregir el error o si Hacienda te ha pillado, el impacto será diferente.

1. Recargos por presentación extemporánea (voluntaria)

Si te das cuenta de tu olvido y presentas el Impuesto de Sociedades por tu cuenta, antes de que Hacienda te envíe un requerimiento, el sistema te aplicará un recargo progresivo. La normativa actual lo ha simplificado y encarecido a la vez: se te cobrará un 1% de recargo base, más un 1% adicional por cada mes completo que te retrases.

Impuesto de sociedades

2. ¿Qué ocurre con las bases imponibles negativas?

En los primeros años de una empresa, es normal generar pérdidas (lo que fiscalmente llamamos bases imponibles negativas o BINs). Estas pérdidas se pueden compensar con los beneficios de años futuros para pagar menos impuestos.

Antiguamente, Hacienda te prohibía compensarlas si presentabas la autoliquidación con retraso. Sin embargo, gracias a una histórica sentencia del Tribunal Supremo, hoy sabemos que esto es un derecho innegable del contribuyente. Esto significa que, aunque presentes tu declaración fuera de plazo, sí puedes compensar tus bases imponibles negativas.

3. Pérdida de la libertad de amortización

La libertad de amortización es un incentivo fiscal fantástico para las empresas que invierten en activos nuevos, porque permite deducir el gasto más rápido y reducir el beneficio contable.

Desafortunadamente, los tribunales consideran que este incentivo es una «opción tributaria», no un derecho fundamental. Por ley, las opciones solo se pueden elegir dentro del plazo reglamentario. Si tu declaración es extemporánea, perderás irremediablemente el derecho a aplicar la libertad de amortización para ese ejercicio, aunque podrás solicitarla en los años venideros sobre esos mismos bienes.

4. Multas y sanciones por requerimiento de Hacienda

Si es la Agencia Tributaria quien detecta tu impago y te envía un requerimiento oficial, los recargos amables desaparecen.

Si el resultado de tu autoliquidación era cero o «a devolver», te impondrán una multa fija de 200 euros por la infracción de no presentar documentos a tiempo. Pero, si el resultado era «a pagar», se te aplicará un régimen sancionador grave: las multas oscilarán entre el 50% y el 150% de la cantidad total que dejaste de ingresar al fisco.

¿Qué hacer si se te olvidó liquidar tus tributos?

El tiempo es oro, y en temas fiscales, mucho más. Si has olvidado presentar el Impuesto de Sociedades, el mejor consejo es que lo hagas inmediatamente. Cada mes que pasa aumenta el porcentaje de recargo, y si lo haces voluntariamente evitarás las duras sanciones de un requerimiento oficial.

Preguntas frecuentes

¿Es obligatorio presentar el Modelo 200 si mi empresa no tuvo ingresos?

Sí, es obligatorio. Aunque tu sociedad mercantil haya estado inactiva durante todo el año, no haya emitido facturas o no haya generado rentas sujetas, debes presentar el Impuesto de Sociedades marcando la casilla correspondiente a inactividad. No hacerlo conlleva sanciones económicas.

¿Qué recargo pago si me retraso un solo día en presentar el impuesto?

Si presentas la liquidación de forma voluntaria (sin requerimiento previo de la Agencia Tributaria) con un retraso inferior a un mes, el recargo automático que se aplicará sobre la cuota a ingresar será del 1%, sin intereses de demora añadidos.

¿Puedo fraccionar la deuda si presento el impuesto fuera del calendario fiscal?

Sí. Al presentar tu autoliquidación fuera de plazo de forma telemática, puedes solicitar a la Agencia Tributaria un aplazamiento o fraccionamiento de la deuda y de los recargos generados. La concesión dependerá de los importes y de que cumplas los requisitos generales para aplazamientos de Hacienda.
Llevar la contabilidad y la fiscalidad al día puede ser un verdadero dolor de cabeza y restar mucho tiempo al crecimiento de tu negocio. ¡No tienes por qué hacerlo solo!

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