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Domicilio social y fiscal: diferencias y ejemplos

Domicilio social y fiscal diferencias y ejemplos
Las diferencias entre el domicilio social y fiscal son muy sutiles, lo que puede llegar a confundir. Sin embargo, es fundamental saber distinguir el uno del otro, sobre todo a la hora de emprender y montar nuestra propia empresa.

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Las diferencias entre el domicilio social y fiscal son muy sutiles, lo que puede llegar a confundir. Sin embargo, aunque la línea que separa uno y otro domicilio es muy delgada, lo cierto es que es fundamental saber distinguir el uno del otro, sobre todo a la hora de emprender y montar nuestra propia empresa. Y es que en las sociedades mercantiles, ambos tipos de domicilios tendrán diferentes aplicaciones que podrán coincidir o no con los objetivos e intereses de la empresa.

¿Qué es el domicilio fiscal?

El domicilio fiscal “es el lugar de localización del obligado tributario en sus relaciones con la Administración Tributaria”, tal y como define la Agencia Tributaria. Por tanto, las notificaciones de la Agencia Tributaria se enviarán a esa dirección.

La Agencia Tributaria define el domicilio fiscal como:

El lugar de localización del obligado tributario en sus relaciones con la Administración tributaria y el que determina la adscripción a una oficina tributaria determinada”.

Una vez nos hemos dado de altas como empresarios, se habrá de elegir el domicilio fiscal a través del modelo 036. Este podrá ser modificado en cualquier momento presentando de nuevo el modelo 036. De esta forma el domicilio fiscal varía conforme a lo siguiente:

  1. Para las Personas Físicas, es la residencia habitual.
  2. Para las Personas Físicas que llevan a cabo una actividad económica (como los autónomos), puede ser el lugar donde realiza esa actividad.
  3. Para las Personas Jurídicas suele coincidir con el domicilio social, aunque no tiene por qué ser así.

Para cambiar el domicilio fiscal, se debe informar a la Agencia Tributaria, aunque este organismo puede realizar las averiguaciones pertinentes.

¿Qué es el domicilio social?

El domicilio social, también llamado domicilio mercantil, es el lugar donde se encuentra la dirección y administración principal de una empresa o su principal establecimiento. Este tipo de domicilio es exclusivo de las empresas, de forma que si eres autónomo no tienes de qué preocuparte, ya que solo necesitarás tener domicilio fiscal. Se rige por la Ley de Sociedades de Capital.

La Ley de Sociedades define el domicilio social como:

El lugar en que se halle el centro de su efectiva administración y dirección, o en el que radique su principal establecimiento o explotación”.

  1. Las sociedades mercantiles deben tener sede social. Los autónomos no tienen porqué tenerlo.
  2. Aparece de forma pública en el Registro Mercantil.
  3. Debe estar contemplado en los Estatutos de la sociedad.

Para cambiar la sede social es necesario un acuerdo de la Junta General de socios y modificarlo en los estatutos sociales, y solo se puede modificar a través de una escritura pública (por lo que hará falta la firma de un notario) que se deberá inscribir en el Registro Mercantil y enviar a la Agencia Tributaria.

No obstante, la administración de la empresa puede modificar el domicilio social, siempre y cuando sea dentro del territorio nacional y los estatutos lo permitan.

¿Qué especificidades establece la ley para el domicilio de las sociedades de capital?

La Ley de Sociedades de Capital establece una regulación más pormenorizada sobre el domicilio social. Entre sus normas destacan las siguientes:

  • Las sociedades de capital que tengan domicilio en España, aunque se constituyan en otro país, tienen nacionalidad española y se rigen por la propia Ley de Sociedades de Capital.
  • El domicilio social se fija en el lugar en que se halle el centro de la efectiva administración y dirección de la empresa o en el que radique su principal establecimiento o explotación.
  • Si una sociedad tiene su principal establecimiento o explotación en España, deberá fijar su domicilio social también en España.
  • Si se diese el caso de que el domicilio que aparece en el Registro Mercantil no es el domicilio real, los terceros pueden considerar como domicilio social cualquiera de los dos.
  • El domicilio social debe figurar en los estatutos.
  • En caso de fundación sucesiva, la escritura de constitución se inscribe en el Registro Mercantil que corresponda al domicilio social.
  • El domicilio social debe figurar en los títulos que documentasen acciones de sociedades anónimas.
  • Al domicilio social se le liga no solamente las obligaciones registrales, sino que también cuando se ordenan anuncios en diarios de gran circulación se debe hacer en los de la provincia del domicilio social.
  • El cambio de domicilio social al extranjero es competencia de la junta general de socios.
  • En principio, si la convocatoria no dice otra cosa, las juntas se celebran en el domicilio social. En todo caso, la posibilidad de que se celebren fuera del municipio donde esté situado debe figurar en los estatutos.

Diferencias entre domicilio social y fiscal

Las principales dudas siempre surgen alrededor del domicilio social y fiscal de una empresa. Sus principales diferencias son:

  1. El domicilio fiscal es el lugar donde se reciben las notificaciones de la Agencia Tributaria y el que debe figurar en tus facturas. La sede social es el lugar de administración y gestión principal de una empresa.
  2. El domicilio fiscal es obligatorio para personas físicas y jurídicas. El domicilio social es obligatorio para las sociedades mercantiles.
  3. La sede fiscal está regulada en la Ley General Tributaria. La sede social en la Ley de Sociedades de Capital.
  4. La sede fiscal es privada mientras que la sede social es pública y está, recogida en el Registro Mercantil.
  5. El domicilio social se modifica mediante acuerdo de los socios o los administradores; el fiscal mediante el modelo 036, con el que se informa a la Agencia Tributaria

Ejemplo

Una empresa textil tiene su fábrica, donde confeccionan la ropa que después venden a minoristas, en Barcelona. En esta misma fábrica, la empresa cuenta con oficinas desde donde se llevan a cabo las labores de gestión y administración de la actividad empresarial. Así pues, el domicilio social deberá coincidir con el lugar en que radiquen las oficinas, es decir, la dirección de las oficinas en Barcelona.

Sin embargo, en el caso del domicilio social, este podrá coincidir o no con el domicilio fiscal, de forma que podremos fijarlo en el lugar en que radican las oficinas de la empresa textil, o bien fijarlo en el domicilio o lugar de residencia de la persona encargada de la administración y gestión de la empresa.

Sin duda, conocer la diferencia entre domicilio social y fiscal es fundamental para cualquier empresa. En cualquier caso, la mejor opción es contar con profesionales del sector o con un buen software de gestión empresarial, tal es el caso de STEL Order, un software ERP el cual podrás disfrutar de un periodo de prueba de manera completamente gratuita, para poder comprobar las bondades de utilizar un software que facilite la gestión y administración de tu empresa.

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