Asesoría Fiscal para No Residentes en España
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Obligaciones tributarias para no residentes en España - IRNR
¿Cómo tributa una persona No Residente en España?
Entre Trámites
Experimentados en materia de impuestos y trámites fiscales de No Residentes en España.
La tributación de los no residentes en España se hace realizando la presentación del impuesto sobre la renta de no residentes (IRNR), el cual es un impuesto directo que grava los ingresos obtenidos por personas físicas y jurídicas no residentes en territorio español. Tal presentación es hecha ante la Agencia Tributaria de España mediante el Modelo 210.
La tasa impositiva para el IRNR es del 24% para los residentes en la Unión Europea y del 24,75% para los residentes fuera de la Unión Europea.
Los ingresos que están sujetos a tributación aún si eres no residente en España son:
- Rendimientos del trabajo: Cualquier ingreso derivado de actividades laborales realizadas en España, ya sea por cuenta propia o ajena, está sujeto a impuestos.
- Rendimientos del capital: Los intereses, dividendos y ganancias de capital generados en España pueden estar sujetos a tributación para los no residentes.
- Pensiones: Las pensiones pagadas por instituciones españolas a no residentes pueden estar también sujetas a impuestos.
- Otros ingresos: Cualquier otro tipo de ingreso obtenido en España, como premios o regalías, también puede estar sujeto a tributación. Ver Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones.
¿Cómo saber si soy residente fiscal en España?
La residencia fiscal se refiere a la nación en la que se reside predominantemente, se presentan las declaraciones de la renta y se cumplen las obligaciones fiscales. Si cumples uno de estos requisitos, se te considera residente fiscal en el país:
- Si has permanecido más de 183 días en España dentro de un mismo año natural.
- Si tus actividades profesionales principales se realizan en España (por cuenta ajena como empleado o por cuenta propia como autónomo).
- Si tus principales intereses, como tu cónyuge o hijos a cargo, residen en España.
¿Qué ocurre si tengo inversiones inmobiliarias?
Para aquellos no residentes que poseen una vivienda o inmueble en España existen ciertas obligaciones tributarias a considerar dependiendo de cada caso:
Inversiones Inmobiliarias Alquiladas a Otros:
Se debe presentar una declaración de impuestos en España. El impuesto se calcula sobre la renta bruta obtenida por el alquiler de la propiedad. La tasa impositiva es del 24%.
Además, el propietario debe designar un representante fiscal en España para cumplir con las obligaciones fiscales.
Inmuebles Utilizados como Segunda Vivienda y Alquilados Ocasionalmente:
También se debe presentar una declaración de impuestos en España. En este caso, el impuesto se calcula sobre la renta bruta obtenida por el alquiler de la propiedad menos los gastos deducibles. La tasa impositiva es del 19%.
Los gastos deducibles incluyen los costos de mantenimiento, reparación y mejora de la propiedad, así como los intereses hipotecarios y los impuestos locales.
Además, el propietario debe designar un representante fiscal en España para cumplir con las obligaciones fiscales.
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¿Tienes alguna duda? Echa un vistazo a nuestras Preguntas Frecuentes.
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Declaraciones fiscales de no residentes
- Modelo 210 (IRNR).
- Impuesto Sucesiones y Donaciones.
- Impuesto sobre el Patrimonio.
- Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI).
Asesoría fiscal sobre inversiones inmobiliarias
- Por ingresos procedentes del alquiler de bienes inmuebles obtenidos en España.
- Por uso y disfrute de una vivienda situada en España.
- Venta de bienes inmuebles en España.
Trámites de extranjería relevantes
- Solicitud de NIE (Número de Identificación de Extranjero).
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Esto Es Lo Que Dicen Nuestros Clientes
JUAN CARLOS SERNA OSPINA17/10/2025 Información clara .amabilidad en la reunion Grant Hall15/10/2025 We had some real concerns and questions about the higher levels of tax in Spain compared to the US and if our planned move in a year or so was viable. After talking to Louis, he answered all our questions and clarified a lot of other important aspects of such a move. I would definitely recommend using his services and we plan to utilize them more in the future. Helen Zaher15/10/2025 Sara Prickett13/10/2025 Merih Dedeler09/10/2025 I had a very professional and extensive consultation service. Looking forward to work with you. Francisco Rubiño07/10/2025 Rapidos y muy prefesionales. Kayla De Silva07/10/2025 Provides detailed minutes of discussion after the call which is extremely helpful. Nicolas has assisted me greatly in my concerns. HASAN JAVED06/10/2025 Maui Doogles04/10/2025 Within minutes, Louis showed me how I could avoid many thousands in Spanish capital gains taxes on the sale of my home next year by delaying my entry into Spain as a resident until after the first half of the year. He advised me on other tax matters, including the property transaction tax incurred when buying a home in Spain, about 10% of the purchase price. He cautioned me not to rush into buying a home in Spain, but wait until I find the ideal property. He also advised me about banking and investments, and gave me information on the various tax forms I would need to fill out as a resident. Lastly, he gave me advice on currency exchange and sent me the links. It was a busy half hour! But so worth it! I look forward to working with Louis as I continue the process of securing a visa and becoming a resident. Thank you Louis, you're a star!La evaluación general en Google es 4.6 de 5, en base a 507 reseñas
Preguntas Frecuentes
Info
General
Si cambias tu residencia durante el año fiscal en España, debes comunicarlo a la Agencia Tributaria. Una persona física será residente o no residente durante todo el año natural ya que el cambio de residencia no supone la interrupción del período impositivo.
Si cambias de domicilio o de lugar de trabajo, solicitar un cambio de domicilio fiscal es sencillo, y obligatorio. Puedes leer cómo cambiar tu domicilio fiscal en la AEAT aquí.
Los contribuyentes que hayan cambiado de domicilio fiscal deben comunicarlo a la Agencia Tributaria en el Modelo 030.
Sí, necesitas un Número de Identidad de Extranjero (NIE) si eres un extranjero que se relaciona con España por intereses económicos, profesionales o sociales.
Aquí te explicamos todo el proceso a seguir para solicitar el NIE. Ten en cuenta que deberás aportar el Modelo EX15, tu pasaporte o documento de identidad, y una comunicación de las causas económicas, profesionales o sociales que justifican la solicitud.
Para evitar la doble imposición, España tiene acuerdos fiscales de doble imposición con muchos países. Según estos acuerdos, el importe que pagas en el país donde trabajas se deduce del que debes en tu país de residencia.
Puedes preguntar directamente a nuestro especialista fiscal todas las implicaciones para tu caso concreto que tendría la aplicación del beneficio para evitar la doble imposición.
Las implicaciones fiscales de tener una cuenta bancaria en el extranjero pueden variar dependiendo de las leyes de tu país de residencia. En algunos casos, es posible que debas declarar tus cuentas bancarias en el extranjero a las autoridades fiscales de tu país de residencia.
Es importante consultar con un asesor fiscal o las autoridades fiscales pertinentes para obtener información precisa y actualizada.
Nuestro
Equipo
- Uno de nuestros expertos se pondrá en contacto contigo rápidamente para comenzar a analizar tu situación fiscal en profundidad e indicarte el mejor proceso a seguir, paso a paso.
- Sabrás cuál es la documentación necesaria que debes aportar y también podrás ponerte en contacto con nosotros para resolver cualquier duda que te tengas.
- Iniciaremos el procedimiento contratado de inmediato.
- Te representaremos ante las autoridades fiscales en España: Llevaremos un seguimiento de todas tus obligaciones fiscales, notificándote puntualmente si es necesario realizar alguna acción, para que nunca dejes de pagar a tiempo ni incurras en alguna penalización.
Siempre tendrás atención personalizada y contacto directo con tu gestor.
Podrás comunicarte en cualquier momento (siempre que sea en horario comercial y sobre los servicios que hayas contratado) por correo electrónico o por teléfono, lo que te resulte más cómodo.
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