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Modelo 210 Para No Residentes

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Declaración del Impuesto sobre la Renta de No Residentes (IRNR) para personas físicas

Es un formulario utilizado en España para declarar y liquidar el Impuesto sobre la Renta de no Residentes (IRNR), correspondiente a las rentas obtenidas por personas físicas y entidades sin residencia fiscal en el país.

Con este modelos se autoliquidan los ingresos reales obtenidos en España, las ganancias patrimoniales y/o imputaciones inmobiliarias relacionadas con inmuebles que radiquen en España por parte de personas físicas y entidades sin residencia fiscal en el país.

¿Quién debe presentarla?

Existen diferentes grupos en los que puedes clasificar:

  1. Propietarios no residentes de bienes inmuebles en España: Si eres propietario de una propiedad en España pero no resides fiscalmente en el país, debes presentar el Modelo 210 por los ingresos derivados de esa propiedad, como el alquiler.
  2. Inversionistas no residentes: Personas o entidades que obtienen ganancias de inversiones en España, como dividendos o intereses, y no son residentes fiscales en el país.
  3. Trabajadores no residentes: Si trabajas en España pero no eres residente fiscal, debes presentar el Modelo 210 por los ingresos obtenidos en territorio español.
  4. Profesionales y artistas no residentes: Aquellos que prestan servicios en España o generan ingresos por actividades profesionales o artísticas, pero no tienen residencia fiscal, están sujetos a la presentación del Modelo 210.

Plazo de presentación:

El plazo de presentación del modelo 210 se aplica en función del tipo de renta. Por ejemplo, para las rentas imputadas de bienes inmuebles urbanos, se aplica durante el año natural siguiente a la fecha devengada (31 de diciembre de cada año). si presentas tus impuestos por internet, puedes pagar lo que debes desde el 1 de enero hasta el 23 de diciembre. Para otras ganancias, se pagan cada tres meses entre los primeros 20 días de abril, julio, octubre y enero por lo que has ganado en los trimestres previos.

Mujer declarando sus bienes con el modelo 720

Si no lo hago ¿qué sanciones hay?

Por omisión

La multa monetaria se fija en 5.000€ por cada dato o conjunto de datos que, debiendo haber sido declarados, no se hayan proporcionado en la presentación.

Por no presentarlo

La multa mínima será de 10.000€ por cada uno de los tres conjuntos de bienes y derechos establecidos en este modelo.

Por estar fuera de plazo

En este caso la infracción es de distinta naturaleza, por lo que la sanción será de 100€ por cada dato o conjunto de datos presentados, con un mínimo de 1.500€.

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Preguntas Frecuentes

Info General

En el Modelo 210, se declaran las rentas obtenidas por los no residentes por el ejercicio de derechos u obtención de rendimientos de cualquier tipo que se entiendan obtenidos en España.

Los principales motivos de tributación en España son la imputación de rentas inmobiliarias y la tributación de inmuebles arrendados o alquilados por no residentes.

El Modelo 210 también se utiliza para declarar la retención practicada en la adquisición de bienes inmuebles a no residentes sin establecimiento permanente y el gravamen especial sobre bienes inmuebles de entidades no residentes.

El Modelo 210 se presenta de forma telemática, necesitarás un certificado de firma electrónica admitido por la Agencia Tributaria. Deberás cumplimentar y transmitir unos formularios disponibles en la sede electrónica de la Agencia Tributaria

En España, se considera residente fiscal a aquella persona que cumple al menos una de las siguientes condiciones:

  1. Permanecer en España más de 183 días (consecutivos o no) en un año natural. La ausencia temporal por motivos justificados no interrumpe este conteo.
  2. Que radique en España el núcleo principal o la base de sus actividades económicas o intereses económicos de forma directa o indirecta.

La base imponible en el Modelo 210 se calcula como la suma de las rentas obtenidas por los no residentes por el ejercicio de derechos u obtención de rendimientos de cualquier tipo que se entiendan obtenidos en España.

Para calcular la base imponible, se deben sumar los ingresos obtenidos en España, incluyendo las rentas inmobiliarias y los ingresos obtenidos por la venta de bienes inmuebles.

El cálculo de la base imponible también puede incluir la deducción de ciertos gastos, como los gastos de reparación y mantenimiento de la propiedad.

Los gastos deducibles en el Modelo 210 incluyen los gastos necesarios para la obtención de los rendimientos, como los gastos de reparación y mantenimiento de la propiedad. También se pueden deducir los gastos relacionados con el alojamiento, como la luz, el agua, el asesoramiento legal, la sustitución de muebles y la amortización.

En cuanto a las reducciones, el Modelo 210 permite la reducción del 60% de los rendimientos obtenidos por el alquiler de inmuebles destinados a vivienda.

Proceso

Tendrás un perfil personal, donde podrás subir todas tus facturas y extractos bancarios. Te olvidas de todo el papeleo, mientras nosotros nos encargamos de toda la gestión

Para que podamos llevar tu contabilidad al día y tener un mayor control de tu negocio deberás hacerlo antes del 5 de cada mes. Es especialmente importante que lo hagas en plazo los meses de presentación de impuestos (abril, julio, octubre y enero).

Gestoría Fiscal-Contable

Para que podamos ser tu gestoría fiscal deberás enviarnos la siguiente documentación:

  • Copia del DNI o NIE y pasaporte
  • Modelos presentados del ejercicio anterior
  • Última Declaración de la Renta
  • Infórmanos si dispones de certificado digital.

 

¿Tienes trabajadores?

  • Contratos vigentes de los empleados.
  • Nóminas del ejercicio actual.
  • Último TC2. RNT (Relación Nominal de Trabajadores).
  • En caso de haber habido alguna liquidación, resumen de nóminas del ejercicio.

Pago

Los precios que ves en nuestra sección de precios son los definitivos (+ 21% de IVA que debe aplicarse).

Cada mes, desde la fecha de contratación, te cobraremos un pago recurrente.

Echa un vistazo a nuestras condiciones de contratación.

, puedes solicitar la baja del servicio siempre y cuando tu gestor personal NO haya empezado a gestionar tu documentación para iniciar el trámite. El dinero se reembolsará a tu tarjeta en un plazo inferior a 14 días.

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Siempre tendrás un trato personalizado y contacto directo con tu gestor/a. Podrás comunicarte en cualquier momento (siempre que sea horario laboral y sobre los servicios que hayas contratado) por email o teléfono, como te sea más cómodo.

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