Declarar el alquiler en la renta: guía paso a paso para arrendadores e inquilinos

Declarar el alquiler en la renta
Descubre cómo declarar el alquiler en la renta paso a paso, tanto si eres arrendador como inquilino. Guía útil, clara y actualizada para 2025.

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Declarar el alquiler en la renta es una obligación fiscal tanto para arrendadores como para inquilinos, y hacerlo correctamente puede marcar la diferencia entre pagar de más o beneficiarse de deducciones importantes. Con la campaña de la Renta 2024 ya en marcha (declaración a presentar en 2025), conviene repasar cómo incluir correctamente los ingresos o gastos derivados del alquiler de una vivienda.

En esta guía te explicamos de forma clara y actualizada cómo declarar el alquiler en la renta según tu perfil: propietario que alquila una vivienda o inquilino que quiere aplicar deducciones.

Declarar el alquiler en la renta como arrendador

Si eres propietario de una vivienda en alquiler, debes declarar los ingresos obtenidos durante el año fiscal, así como los gastos deducibles. Esta información se incorpora dentro del apartado “Rendimientos del capital inmobiliario” en el modelo de declaración de la Agencia Tributaria.

Pasos para declarar el alquiler como propietario:

  • Identificación del inmueble: Accede a tu borrador y asegúrate de que la vivienda arrendada está incluida. Si no aparece, deberás darla de alta en la página correspondiente del programa Renta Web.
  • Situación del inmueble: Indica el uso principal durante el año. Selecciona “arrendado” si ha estado alquilado todo el ejercicio o especifica los días concretos si ha habido varios usos.
  • Datos del contrato: Deberás introducir el NIF del inquilino, fecha de inicio del contrato, duración y tipo de arrendamiento.
  • Reducción aplicable: Si el arrendamiento es para vivienda habitual y el contrato se celebró antes del 26 de mayo de 2023, puedes aplicar una reducción del 60% sobre el rendimiento neto. Para contratos celebrados a partir del 1 de enero de 2024, las reducciones varían entre el 50% y el 90%, dependiendo de factores como la ubicación del inmueble, la edad del inquilino y si se ha reducido el precio respecto al contrato anterior. Puedes consultar más información sobre este apartado en la Agencia Tributaria.
  • Gastos deducibles: Incluye gastos como intereses de la hipoteca, reparaciones, seguros, IBI, comunidad o amortización del inmueble. La amortización debe calcularse solo sobre el valor de la construcción, no del terreno.
  • Imputación de ingresos: Si tienes un garaje o trastero alquilado junto a la vivienda, puedes declararlos como inmuebles accesorios, siempre que los porcentajes de propiedad coincidan.

Un ejemplo práctico: un propietario que alquila su vivienda por 900 € mensuales e incurre en 2.000 € anuales en gastos deducibles podrá reducir significativamente su base imponible al declarar el alquiler en la renta.

Declarar el alquiler en la renta como inquilino

Aunque la deducción estatal por alquiler está eliminada desde 2015, los contribuyentes con contratos firmados antes de esa fecha aún pueden aplicarla si cumplen ciertos requisitos.

Cómo aplicar la deducción estatal (contratos anteriores a 2015):

  • Dirígete al Anexo A.1 (III) de tu declaración.
  • Indica el importe total pagado en alquiler durante el año y el NIF del arrendador en la casilla correspondiente.

Además, muchas comunidades autónomas ofrecen deducciones propias para inquilinos, especialmente para jóvenes, personas con discapacidad o familias con rentas bajas. Estas deducciones se declaran en el apartado de beneficios autonómicos. Por ejemplo:

  • Comunidad Valenciana: Existe una deducción del 15% del alquiler anual, con límite de 550 €, para jóvenes menores de 35 años con rentas bajas.
  • Madrid: Los menores de 40 años pueden deducir hasta 1.237 € anuales si sus ingresos no superan los 26.414 € en tributación individual o 37.322 € en conjunta.
  • Cataluña: Deducción del 10% del alquiler, con un máximo de 300 €, para viudos mayores de 65 años con ingresos limitados.
  • Andalucía: Deducción del 15% del alquiler, con un máximo de 600 €, para mayores de 65 años con ingresos limitados.

Para acceder a estas deducciones, es fundamental conservar el contrato de arrendamiento y los justificantes de pago.

Claves para evitar errores frecuentes

  • No confundas un arrendamiento parcial (como el alquiler de una habitación) con un arrendamiento de vivienda habitual. Ambos deben declararse, pero las deducciones pueden variar.
  • Si el inmueble ha estado vacío parte del año, deberás declarar la renta imputada por ese periodo como “a disposición del titular”.
  • La reducción del 60% solo se aplica si el alquiler es para uso de vivienda habitual, no en el caso de alquileres turísticos o temporales.

¿Qué pasa si no declaras el alquiler?

Hacienda cruza datos del catastro, suministros y cuentas bancarias, por lo que no declarar el alquiler puede suponer sanciones económicas, recargos e intereses de demora. Además, perderás el derecho a aplicar reducciones fiscales. Para más información sobre las consecuencias de no declarar renta puedes consultar nuestro artículo. 

Preguntas frecuentes 

¿Puedo desgravar el alquiler si soy inquilino y firmé el contrato después de 2015?

No a nivel estatal, pero sí podrías beneficiarte de deducciones autonómicas, dependiendo de tu comunidad autónoma y situación personal.

¿Cuáles son los gastos deducibles si soy arrendador?

Puedes deducir IBI, comunidad, seguro, intereses de préstamos, amortización del inmueble, reparaciones y gastos de formalización del contrato.

Ya seas propietario o inquilino, declarar el alquiler en la renta de forma correcta es clave para cumplir con tus obligaciones fiscales y aprovechar posibles deducciones. Conocer las novedades y utilizar las herramientas que proporciona la Agencia Tributaria te permitirá optimizar tu declaración y evitar errores que puedan suponer un coste adicional. Aprovecha esta guía para revisar tu situación y presentar tu declaración con toda la información necesaria.


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