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Cuota cero para nuevos y antiguos autónomos en 2023

CUOTA CERO para nuevos y antiguos autónomos
Este 2023 viene cargado de cambios en los beneficios que obtienen los autónomos en España. Aquí en Entre Trámites te contamos cuáles son los cambios que vienen para los independientes tanto nuevos como antiguos en el país con respecto a la cuota cero y otros beneficios.

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Desde las Comunidades Autónomas, se está fomentado la nueva bonificación (cuota cero), llamada Tarifa reducida como mecanismo para animar exclusivamente a los autónomos nuevos que quieran iniciar su primera actividad en el año 2023.

Esta nueva  bonificación reemplaza la cuota a la Seguridad Social conocida como Tarifa Plana, que desaparecerá el próximo 1 de enero de 2023 con la entrada en vigor del nuevo sistema de cotización por ingresos reales, estableciendo una cuota mensual fija de 80 euros por un periodo de dos años. 

Nota: Cabe aclarar que los autónomos que ya disfrutan de la Tarifa plana no la perderán en 2023 pero seguirán sujetos a esta bonificación.

Diferencias entre la tarifa reducida y la tarifa plana

La diferencia principal entre ambos términos, es el costo que se manejan para los autónomos. Por un lado, la Tarifa plana bonifica el 80 % de su cuota a la Seguridad Social de manera progresiva durante el primer año en su actividad como independiente:

  • Inicialmente, se paga 69 euros y partir del mes número 13, la bonificación será del 50%, 146, 97 euros al mes y entre el 19 al 24 del 30%, 205 euros al mes.

Por otro lado, con la Tarifa reducida la cuota de 80 euros se mantiene de forma mensual durante dos años, el primero para todos los autónomos sin excepción y en el segundo para los que en ingresos no superen el salario mínimo.

A partir de 2026, será el periodo donde los Presupuestos Generales del Estado revisarán la reducción aplicada a la cuota para los autónomos que inicien su actividad continuando con los parámetros de la cotización por ingresos reales, entre los que se encuentra la tablas de cotización.

La Cuota Cero

Las comunidades autónomas, proponen una cuota cero para todos los nuevos autónomos y que se dieron de baja en los últimos tres años posteriores y deseen incorporarse nuevamente a este régimen. Si esta medida llega a su aprobación, permitiría que muchos autónomos que no continuaron con su actividad, puedan animarse a darse de alta nuevamente bajo las nuevas condiciones durante los dos primero años de actividad, permitiendo así:

  • Mayor reconocimiento por parte de la sociedad de la figura y labor del autónomo.
  • Facilitar el acceso al colectivo de autónomos.
  • Conseguir unas condiciones más favorables para el autónomo: protección, conciliación, etc.
  • Mejorar la formación y capacitación del autónomo.
  • Aumentar la competitividad de la empresa del autónomo.

Autónomos veteranos sin acceso a la Cuota Cero

La nueva reforma RETA, dará fin a la elección de la base de cotización a partir del año 2023 y las cuotas de autónomos se calcularán en base a la evaluación de sus ingresos de cada solicitante. Sin embargo, para los autónomos veteranos podría no funcionar, esto debido a las cuotas que se tendrán que pagar en función de los ingresos y no tener una cuota fija. 

Por otra parte, pese a que el sistema es progresivo, las cuotas mensuales siguen siendo elevadas teniendo en cuenta los ingresos obtenidos.

Cambios en enero

Se debe tener en cuenta que para enero, los ingresos van a variar con  posibilidad de cambios en el tramo seis veces al año (Cada dos meses) para adaptar su cotización a las previsiones de ingresos en cada época del año teniendo en cuenta su actividad profesional.

Este nuevo sistema de cuota de autónomos busca beneficiar a los a quien desea aplicar a este beneficio, con las rentas más bajas (rendimientos netos menores de 670 euros).

Requisitos para aplicar a la cuota cero

En la actualidad, la convocatoria para aplicar a este beneficio, no está activa. Sin embargo es importante que tengas en cuenta la siguiente documentación que se pedirá al momento de realizar esta solicitud el próximo 1 de enero del 2023:

  • Documento que lo certifique si alta en el RETA o en el Sistema Especial para Trabajadores por Cuenta Propia Agrarios.
  • Presentar el modelo  037 o 036.
  • DNI/NIE.
  • Informe de Vida laboral.
  • Certificado de la Agencia tributaria. 
  • Certificado de Seguridad Social.

Finalmente, en Entre Trámites ofrecemos diversos servicios de gestoría, asesoría y apoyo en procesos burocráticos para los autónomos, incluyendo la gestión de tu contabilidad, fiscalidad y pago de impuestos para autónomos, PYMEs y otras empresas.

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