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Cómo comunicar el salario de tu Empleada del Hogar en la Seguridad Social

comunica el salario de tu empleada del hogar
Los empleadores tendrán que comunicar a la Tesorería General de la Seguridad Social el salario real actual. Te explicamos el paso a paso para hacerlo.

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Es necesario comunicar el salario de tu Empleada del Hogar en la Seguridad Social, ya sea a través de la sede electrónica de la Seguridad Social, el sistema RED o el envío de un formulario disponible en la página web del ministerio, debido a que la Inspección de Trabajo y Seguridad Social ha iniciado un Plan de Actuación para regularizar los salarios y cotizaciones a la Seguridad Social en esta actividad.

Es importante que se debe de comunicar el salario de tu empleada del hogar en la Seguridad Social real actual, que en ningún caso puede ser inferior al SMI vigente desde el 1 de enero de 2021,  y se debe de comunicar antes del 31 de marzo. A partir del 1 de abril de 2021 si el empleador no ha declarado el salario actual ante la TGSS se iniciarán actuaciones inspectoras de comprobación por parte de la ITSS que pueden conllevar sanciones.

En este 2021, para jornada completa pagas 950 euros al mes en 14 pagas (1.108,33 euros al mes con prorrateo de pagas extras) y para jornada por horas el salario mínimo será de 7,43 euros por cada hora.

¿Cómo comunicar el salario de tu empleada del hogar en la Seguridad Social?

Para comunicar el salario de tu empleada del hogar en la Seguridad Social deberás acceder a la Sede Electrónica de la Seguridad Social.

Dirigirse a Ciudadanos > Afiliación, Inscripción y Modificaciones > Variaciones/Correcciones de datos de trabajadores en el Sistema Especial para Empleados de Hogar. 

Podrás realizarlo mediante certificado electrónico, cl@ve o si se ha comunicado el teléfono a la Seguridad Social para utilizar la opción de Vía SMS.

También si no cuentas con estos medios de identificación electrónica puedes completar el formulario al que se accede a través de un código QR que figura impreso en la carta remitida por la ITSS o desde el utilizado para la Presentación de otros Escritos, Solicitudes y Comunicaciones, seleccionando la categoría “Empleador/Empleado de Hogar” y el trámite “Comunicación de Inspección de Trabajo”. Para este caso, se debe adjuntar, copia del DNI o documento identificativo, así como del modelo “Solicitud de alta, baja o variación de datos del trabajador/a por cuenta ajena RGSS. Sistema Especial Empleados Hogar (Modelo TA.2/S-0138)

O también se podrá realizar a través de un Autorizado al Sistema RED, el autorizado RED deberá utilizar el servicio de Variaciones en el Sistema Especial para Empleados de Hogar, que se encuentra ubicado en el apartado Inscripción/Afiliación online de la Oficina Virtual.

Para realizar el trámite con certificado digital debes seleccionar el certificado del empleador y escoger la opción “Solicitud formulada por el/la empleador/a”. Llenar los datos del trabajador e indicar la cuenta de cotización y al final escoger la opción “Variar los datos de su relación laboral porque alguno de ellos ha cambiado”.

Una vez hecho esto, ya es posible ingresar los nuevos datos.

4 indicaciones importantes a la hora de comunicar el salario de tu Empleada del Hogar en la Seguridad Social

1. Para cumplir con lo que indica el Plan de actuación, solo hay que actualizar el salario, por lo que hay que dejar en blanco la casilla de “fecha a partir de la cual entra en vigor en nuevo contrato”, pues ésta se refiere a los casos en los que se cambia también la jornada de trabajo.

Es por esto que no se debe de tocar la casilla “tipo de contrato”, donde aparecerá un “100” o un “200”. El código “100” corresponde a jornada completa y el “200” corresponde a jornada parcial.

2. En la casilla “Fecha a partir de la cual entran en vigor los nuevos datos de retribución” hay que consignar del SMI vigente: 01/01/2021.

3. En la casilla de “Salario”, hay que consignar el salario mensual prorrateado a 12 meses, es decir, sumar los 12 salarios y las 2 pagas extras y dividir el resultado entre 12. El valor mínimo para una jornada completa es de 1.108,33 € /mes.

4. Además nos solicitarán el “salario / hora”, que es el resultado de dividir el salario mensual entre el nº de horas mensuales. El mínimo para jornadas completas y parciales es de 6,92 €/hora. (Para contratos “por horas”, es decir, de hasta 10 horas semanales, el salario / hora mínimo es de 7,43 €/hora)

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