Última actualización: Octubre 2026 – Contenido revisado conforme a la normativa vigente.
Para vender online de forma legal mediante un e-commerce, es obligatorio registrarte en Hacienda presentando el Modelo 036 o 037 antes de iniciar la actividad, independientemente de los ingresos que generes. Adicionalmente, tendrás que inscribirte en la Seguridad Social si la actividad es continuada en el tiempo.
A quién aplica: Cualquier persona física que venda productos o preste servicios a través de internet de manera recurrente, personal y directa con ánimo de lucro.
Cuándo no aplica: Particulares que realizan ventas esporádicas y puntuales de patrimonio personal (ej. artículos de segunda mano) sin organización empresarial ni intención comercial sostenida.
Criterios legales para darme de alta como autónomo con una tienda online
El artículo 1 de la Ley 20/2007 del Estatuto de Trabajo Autónomo define a este perfil como toda persona física que realiza una actividad económica a título lucrativo de forma habitual, personal y directa. Al abrir un e-commerce, la administración interpreta que existe una plataforma comercial abierta 24 horas al día, lo que presupone directamente dicha habitualidad.
Ante la duda frecuente de «¿cuáles son los trámites administrativos para darme de alta como autónomo?», la legislación española establece que debes cumplir con dos administraciones distintas en un orden temporal específico:
| Administración | Trámite obligatorio | Plazo de presentación | Coste del trámite |
| Agencia Tributaria (Hacienda) | Presentación del Modelo 036 o 037 (Alta censal) en el epígrafe IAE 665. | Antes del inicio de la actividad económica. | Gratuito. |
| Seguridad Social (TGSS) | Inscripción en el RETA (Modelo TA.0521). | Hasta 60 días antes, o el mismo día del alta en Hacienda. | Gratuito (sujeto al pago posterior de cuotas). |

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La regla de la habitualidad y el Salario Mínimo
Muchos emprendedores digitales intentan retrasar su afiliación amparándose en el mito de no alcanzar el Salario Mínimo Interprofesional (SMI). No obstante, el criterio normativo actual del sistema de cotización por ingresos reales obliga a darse de alta en el RETA desde el inicio de la actividad siempre que exista habitualidad, con independencia del volumen de ingresos generado.
Alta en Hacienda: Obligatoria desde el primer euro
Gestionar una tienda online exige emitir facturas o tickets y liquidar impuestos por cada transacción. No existe un umbral mínimo de ingresos para evadir el alta censal. Si tu e-commerce factura 10 euros al mes, tu obligación legal es estar registrado en la Agencia Tributaria desde el primer día. Además, estar dado de alta te permite deducir los gastos derivados del negocio, como el hosting web, la pasarela de pago o campañas de publicidad.
Alta en la Seguridad Social: El sistema por ingresos reales
La Seguridad Social exige la inscripción si la actividad se considera «habitual». Históricamente, el Tribunal Supremo permitía usar el umbral del SMI como indicador de habitualidad. Hoy, con el sistema de cotización por ingresos reales vigente, la simple existencia de una tienda online activa de forma continuada es motivo suficiente para que la Inspección de Trabajo presuma habitualidad, exigiendo el pago de cuotas ajustadas a tus tramos de rendimiento neto.
Modalidades de e-commerce: Dropshipping vs. Stock propio
El tratamiento fiscal de tu negocio electrónico variará dependiendo de si almacenas la mercancía o actúas como intermediario de servicios.
El impacto del Régimen de Recargo de Equivalencia
Si compras productos para revenderlos sin aplicarles ninguna transformación (el caso más común en tiendas online con stock propio), entrarás obligatoriamente en el Régimen Especial del Recargo de Equivalencia. En este formato, pagas un porcentaje extra de IVA a tus proveedores (por ejemplo, un 5,2% adicional sobre los artículos que llevan el 21% de IVA). A cambio, Hacienda te libera de la obligación de presentar las liquidaciones trimestrales del Modelo 303 de IVA.
El caso específico del Dropshipping
Si operas bajo el modelo de dropshipping (la mercancía viaja directamente del mayorista al cliente final y tú gestionas la web), Hacienda considera tu actividad como una prestación de servicios de intermediación comercial. En este escenario, no se aplica el recargo de equivalencia. Debes liquidar el IVA trimestralmente y aplicar reglas de localización del impuesto que son estrictas al tratar con importaciones de terceros países.
Consecuencias y recargos por operar en la economía sumergida
Si las administraciones cruzan datos bancarios y detectan que ejerces la venta online sin haber formalizado tu situación, aplicarán fuertes sanciones económicas. Si alguna vez has reflexionado «qué pasa si decido no darme de alta como autónomo», estas son las penalizaciones exactas estipuladas en el artículo 30 de la Ley General de la Seguridad Social:
| Tipo de sanción | Situación del trabajador / Plazo de regularización | Porcentaje de recargo |
| Recargo voluntario | Si pagas las cuotas atrasadas dentro del primer mes natural siguiente al vencimiento, sin requerimiento previo. | 10% sobre la deuda. |
| Recargo voluntario | Si pagas las cuotas atrasadas a partir del segundo mes, sin requerimiento previo. | 20% sobre la deuda. |
| Sanción por requerimiento | Si la Seguridad Social detecta el fraude y te notifica (pagando dentro del plazo dictado). | 20% sobre la deuda. |
| Sanción por requerimiento | Si la Seguridad Social te notifica y pagas fuera del plazo otorgado en la resolución. | 35% sobre la deuda. |
Además del recargo, perderás automáticamente el derecho a cualquier tipo de bonificación estatal.
Obligaciones fiscales trimestrales y bonificaciones
Al formalizar tu negocio en la legalidad, asumes un calendario fiscal que requiere orden contable.
Impuestos directos e indirectos
Como autónomo en régimen general y estimación directa, deberás liquidar el IVA mediante el Modelo 303 y reportar tus ingresos a cuenta del IRPF a través del Modelo 130 de forma trimestral, presentándolos entre los días 1 y 20 de los meses de abril, julio y octubre, y entre el 1 y 30 del mes de enero del año siguiente.

Para aligerar la carga económica inicial, al tramitar tu alta como autónomo por primera vez —o tras haber estado de baja un mínimo de 2 años (3 años si ya disfrutaste de esta bonificación en el pasado)—, tienes derecho a acogerte a la Tarifa Plana. La cuota estatal reducida está fijada en 80 euros mensuales durante los primeros 12 meses de actividad. Este periodo es prorrogable por 12 meses adicionales si acreditas que tus rendimientos netos durante el primer año no superaron el Salario Mínimo Interprofesional (SMI) en cómputo anual.
Preguntas frecuentes
¿Puedo facturar sin estar dado de alta en la Seguridad Social?
Solo si tu actividad se demuestra como no habitual y tus rendimientos están por debajo del Salario Mínimo Interprofesional. Sin embargo, frente a Hacienda, es obligatorio presentar tu alta censal (Modelo 036 o 037) antes de la primera venta, independientemente del importe.
¿Cuánto se paga de cuota inicial al emprender un e-commerce?
La cuota estatal bonificada (Tarifa Plana) es de 80 euros mensuales durante los primeros 12 meses, ampliables a 24 meses si tus ingresos netos permanecen inferiores al Salario Mínimo Interprofesional.
¿Qué es el Recargo de Equivalencia en comercio electrónico?
Es un régimen de IVA obligatorio para minoristas que venden productos físicos sin someterlos a ninguna manufactura. Implica abonar un recargo extra a tus proveedores al adquirir stock, eximiéndote del deber de presentar declaraciones trimestrales de IVA.
Gestionar un comercio electrónico conlleva responsabilidades legales y tributarias irrenunciables, ya que el rastro digital facilita enormemente las auditorías e inspecciones automáticas. Formalizar tu situación te proporciona cobertura legal, previene sanciones retroactivas de hasta el 35% de la deuda, y te abre la puerta a aprovechar las bonificaciones de cotización para que tu proyecto crezca protegido desde el día uno.
Si necesitas asistencia personalizada, en Entre Trámites ofrecemos servicios de gestoría y asesoría fiscal para autónomos y pymes. Puedes contactarnos a través de este formulario de contacto para que te llamemos, o si lo prefieres, puedes agendar una asesoría gratuita o escribirnos por WhatsApp.


