Asesoría contable y fiscal para Tutores Autónomos
Emprende Tu Camino: Ser un Profesor Particular Autónomo con Éxito
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¿Cómo puedo darme de alta como Profesor Particular Autónomo?
Aquí te traemos el proceso paso a paso para trabajar como profesor particular autónomo en España.
Planificación y Registro:
Primero debes obtener tu Número de Identificación Fiscal (NIF) en la Agencia Tributaria, presentando tu documento de identificación según tu caso y un comprobante de domicilio. Debes registrarte en Hacienda, donde deberás seleccionar los epígrafes de actividad que mejor se adapten a tus servicios de profesor particular autónomo, esta elección impactará en la tributación y la clasificación de tu actividad. Completa el Modelo 036 o 037 para formalizar este registro.
Licencias y Autorizaciones:
Antes de lanzarte por completo, asegúrate de cumplir con cualquier requisito local que pueda existir. Algunas localidades requieren licencias específicas para actividades de enseñanza. Además, si tu actividad implica el tratamiento de datos personales, la Ley Orgánica de Protección de Datos y Garantía de Derechos Digitales (LOPDGDD) establece obligaciones que debes seguir.
Alta de Autónomos:
Una vez que has planificado y registrado tu actividad, procede con el alta de autónomos. Asegúrate de afiliarte al Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) en la Seguridad Social, presentando el alta de autónomo a través del Modelo TA.0521. Utiliza el Sistema de Liquidación Directa (RED) o acude directamente a la Seguridad Social para completar este trámite. Durante este proceso, proporciona información detallada sobre tu actividad de profesor particular autónomo.
Gestión Financiera y Contabilidad:
Una gestión financiera efectiva y una contabilidad organizada son fundamentales para el éxito como profesor particular autónomo. Realiza el alta en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores para cumplir con las obligaciones fiscales. Presenta los respectivos modelos para pagar los impuestos que te corresponden, tales como el IRPF y el IVA. Los cuales se detallarán más adelante.
Información adicional a tener en cuenta:
- Al ser un profesor particular autónomo, debes llevar una contabilidad organizada que incluya ingresos y gastos. Los gastos deducibles incluyen material didáctico, alquiler de espacios para impartir clases, gastos de transporte relacionados con la actividad, entre otros. Los ingresos se contabilizan por las clases impartidas.
- El régimen tributario aplicable al ser profesor particular autónomo en España es generalmente el de Estimación Directa, aunque algunos pueden optar por el régimen simplificado o de módulos.
- La seguridad laboral para un profesor particular autónomo implica, en algunos casos, cumplir con ciertos requisitos y normativas al proporcionar servicios educativos. Es crucial estar al tanto de las normativas educativas y velar por un entorno seguro en las clases.
¿Qué impuestos debo declarar al si soy Profesor Particular autónomo?
- Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF): Grava los ingresos personales. El Modelo 130 corresponde al pago fraccionado del IRPF, deben presentar este modelo de forma trimestral en Abril, Julio, Octubre, y Enero del año siguiente. Es importante realizar estos pagos antes del último día hábil de los meses mencionados para evitar posibles sanciones.
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Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA): Se aplica a las ventas de bienes y servicios. El Modelo 303 es esencial para la declaración trimestral de IVA. Su presentación es en las mismas fechas límite mencionadas anteriormente. Al presentar el Modelo 303, los tutores autónomos informan sobre las operaciones realizadas durante el trimestre, tanto las ventas como las compras sujetas a IVA.
IVA en Clases de Inglés: La exención de IVA para clases de inglés se basa en la inclusión del idioma en los planes de estudio. Esto significa que si un profesor particular autónomo imparte clases que no están en los planes educativos oficiales, como clases de cocina, teatro o diseño gráfico, estarán sujetas a IVA. - Impuesto de Actividades Económicas (IAE): Los epígrafes en el IAE para tutores autónomos en España suelen corresponder al Grupo 826, que abarca actividades educativas diversas. Sin embargo, es fundamental elegir el epígrafe específico que mejor se adapte a la actividad del profesor particular autónomo, ya que hay varios subepígrafes dentro de este grupo. Por ejemplo, si un tutor autónomo ofrece clases particulares de inglés, el epígrafe correspondiente sería el 826.1.
Para academias online:
- La elección del epígrafe en el IAE es crítica para las academias online. Por ejemplo, si una academia ofrece cursos de diversas materias, podría elegir el epígrafe 933, que abarca "Otras actividades de enseñanza", desde idiomas hasta cocina. Si se registra el epígrafe incorrecto, podría tener implicaciones fiscales.
- Las academias online deben presentar el Modelo 130 de IRPF y el Modelo 303 de IVA trimestralmente. Si una academia online ofrece cursos a estudiantes de otros países de la Unión Europea, debe presentar el Modelo 349, para la declaración de operaciones intracomunitarias.
- Para tutores autónomos o academias online que empleen personal, la gestión de nóminas implicaría aspectos como salarios, retenciones fiscales y cotizaciones a la Seguridad Social. En Entre Trámites podemos ayudarte con la gestión de tu nómina.
¿Existen deducciones, ayudas o incentivos para los tutores autónomos?
Deducciones: Incluyen los gastos relacionados con la actividad, como cursos de formación, material didáctico, alquiler de espacios o gastos de transporte relacionados con la actividad. Pueden desgravarse fiscalmente en la declaración de la renta, tales como la propia cuota mensual de autónomo a la Seguridad Social, o consumos de explotación, es decir, aquellos necesarios para desempeñar el trabajo día a día, mencionados anteriormente.
Incentivos: El Real Decreto-ley 1/2023, de 10 de enero, establece un nuevo sistema de incentivos a la contratación laboral. Algunos de los incentivos para la contratación de empleados son para la contratación indefinida de personas con capacidad intelectual límite, se ofrece una bonificación de 128 euros/mes durante 4 años. Además, para la readmisión de personas trabajadoras tras haber cesado en la empresa por incapacidad permanente total o absoluta, o por invalidez permanente, se ofrece una bonificación de 138 euros/mes durante 2 años.
Ayudas y Subvenciones: Los tutores autónomos pueden beneficiarse de programas de apoyo a la formación. Algunas de las ayudas disponibles son:
- Ayuda de hasta 10.000 euros para emprender y montar una nueva empresa, disponible para personas desempleadas.
- Ayuda financiera sobre préstamo destino a financiar inversiones: equivalente a una reducción de hasta 4 puntos del interés fijado por la entidad de crédito que conceda el préstamo, con una cuantía máxima de referencia de 9.000 euros.
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Básico
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Servicios Complementarios
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Helen Wardell13/09/2024I had Gabriella de la cruz ! She was SO helpful. I was super stressed and she made me feel better and was able to point me in the right direction!! Thank you :-)!!!!!randall surles06/09/2024Everyone was super helpful and detail oriented.Alexandra Golding28/08/2024Excellent service, knowledgable, friendly, and I thoroughly recommend. I worked with Maria Ortega, who went out of her way to provide extra information and was so very helpful. I feel much more informed and able to make good choices after having spoken with her.Hana23/08/2024I took advantage of the free consultation and had a meeting with María. She was very helpful and gave me all the information I needed, as well as answered all my questions. I also received very detailed follow-up with all the information. Thank you, Entre Trámites, for offering the free consultation option with easy scheduling - it is very helpful and appreciated! 🙂Peter Chovanes19/08/2024I had a one hour consultation with Louis and was very impressed. His advice was clear and straight forward. I highly recommend Louis and his company as a first start in your process of moving to Spain.Patrick Sherry19/08/2024A follow up request with Louis provided further clarification on a tax implication matter. The information was precise and informative. Once again, many thanks to Louis for his encyclopaedic tax knowledge. Much appreciated.Stas Burika14/08/2024The consultation was outstanding and exceptionally clear! María Ortega was not only approachable and professional but also demonstrated remarkable expertise.Craig Forsman08/08/2024We had a one hour consultation with Louise Williams and he was extremely knowledgeable, patient, professional and informative. Taxation is a huge concern for us as we plan to relocate to Spain permanently. We highly recommend that you understand all your income and taxation options before relocating to any other Country. Great job Louise and many thanks!La evaluación general en Google es 4.7 de 5, en base a 320 reseñas
Preguntas Frecuentes
Info General
En España, cualquier persona puede dar clases particulares, ya sea que esté registrada como autónomo o no. No existe una titulación oficial específica, por lo que cada institución o centro educativo establecerá sus propias exigencias a la hora de seleccionar a su personal docente. Sin embargo, si el profesor particular es contratado por una familia para dar clases a sus hijos, no necesita registrarse como autónomo. Además, los autodidactas también pueden ser profesores particulares a domicilio.
Dependiendo de la materia que se vaya a enseñar, se puede requerir una formación específica. Por ejemplo, para ser maestro/a o profesor/a en España, se necesita estudiar el Grado en Magisterio en Educación Infantil o Primaria, o el Máster de formación del profesorado para ser Profesor de Educación Secundaria.
Para dar clases particulares, suele prevalecer la experiencia, aunque se requiere formación en áreas como: formación pedagógica y didáctica (ya sea formación profesional, cursos de actualización, perfeccionamiento o especialización, etc.)
Las clases particulares están exentas de IVA, siempre y cuando se refieran a materias que estén en los programas de cualquier nivel o grado del sistema educativo. Esto incluye docentes de enseñanza superior, enseñanza media, enseñanza general básica, profesores de formación profesional, de conducción de vehículos y de enseñanzas diversas.
Sin embargo, sí están obligados a tributar quienes ofrecen la enseñanza de tenis y cualquier otro deporte, aeroclubes o similares, yoga, karate y similares, etc.
En cuanto a la exención del IVA aplicado las clases de inglés, no es realizado al profesor de inglés como tal. Esto significa que si un profesor ofrece clases particulares de inglés (o cualquier otra materia que esté en los programas de cualquier nivel o grado del sistema educativo), esas clases están exentas de IVA.
En resumen, la exención del IVA depende del tipo de clase que se imparte, no de la profesión del individuo que imparte la clase.
Los profesores particulares que deben facturar con IVA son aquellos que imparten clases que no están dentro de los planes de estudios oficiales. Por ejemplo, si un profesor imparte clases en un ámbito empresarial o artístico, deberá incluir el IVA en su factura.
Además, si un profesor imparte clases en un centro docente como una academia, sus facturas estarán exentas de IVA. Sin embargo, si la materia impartida no está incluida en el plan de estudios del sistema educativo, el profesor deberá facturar con IVA.
Proceso
En cada plan obtendrás:
- Alta gratuita como autónomo, si aún no lo eres.
- Tu propio gestor personal.
- Alta/baja censal.
- Gestión de los impuestos que aplican en tu caso.*
- Gestión de notificaciones (Agencia Tributaria, Seguridad Social).
- Seguimiento online.
- Asesoría ilimitada.
* Esto excluye la presentación de tu Declaración de la Renta. Pero, si eres uno de nuestros clientes, te ofreceremos un descuento especial cuando llegue el momento de presentar esta declaración.
Si decides contratar este servicio adicional, obtendrás:
- Nóminas.
- Contratos de trabajo, bajas, altas…
- Nos encargamos de todos los trámites con la Seguridad Social.
- Gestionamos todo lo relativo al IRPF de tu plantilla.
- Portal de Empleo.
Tendrás un perfil personal, donde podrás subir todas tus facturas y extractos bancarios. Te olvidas de todo el papeleo, mientras nosotros nos encargamos de toda la gestión.
Para que podamos llevar tu contabilidad al día y tener un mayor control de tu negocio deberás hacerlo antes del 5 de cada mes. Es especialmente importante que lo hagas en plazo los meses de presentación de impuestos (abril, julio, octubre y enero).
Gestoría Fiscal-Contable
Para que podamos ser tu gestoría fiscal deberás enviarnos la siguiente documentación:
- Copia del DNI o NIE y pasaporte
- Modelos presentados del ejercicio anterior
- Última Declaración de la Renta
- Infórmanos si dispones de certificado digital.
¿Tienes trabajadores?
- Contratos vigentes de los empleados.
- Nóminas del ejercicio actual.
- Último TC2. RNT (Relación Nominal de Trabajadores).
- En caso de haber habido alguna liquidación, resumen de nóminas del ejercicio.
- Impuesto del Valor Añadido (IVA).
- Retenciones sobre rendimientos del trabajo (IRPF) – Modelo 130 o 131.
- Retenciones sobre arrendamientos.
- Declaraciones Intracomunitarias (349).
- Declaración de operaciones con terceros (347).
- Impuesto sobre Actividades Económicas.
Este servicio excluye la presentación de tu Declaración de la Renta. Pero, si eres uno de nuestros clientes, te ofreceremos un descuento especial cuando llegue el momento de presentar esta declaración.
Pago
Los precios que ves en nuestra sección de precios son los definitivos (+ 21% de IVA que debe aplicarse).
Cada mes, desde la fecha de contratación, te cobraremos un pago recurrente.
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Sí, puedes solicitar la baja del servicio siempre y cuando tu gestor personal NO haya empezado a gestionar tu documentación para iniciar el trámite. El dinero se reembolsará a tu tarjeta en un plazo inferior a 14 días.
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Siempre tendrás un trato personalizado y contacto directo con tu gestor/a. Podrás comunicarte en cualquier momento (siempre que sea horario laboral y sobre los servicios que hayas contratado) por email o teléfono, como te sea más cómodo.
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