Presentar el modelo 720 es una obligación informativa que deben cumplir determinados contribuyentes en España cuando tienen bienes o derechos situados en el extranjero. Aunque en los últimos años ha generado muchas dudas —especialmente por las sanciones—, lo cierto es que sigue siendo obligatorio y conviene entender bien cuándo hay que presentarlo y cómo hacerlo correctamente.
En este artículo te explicamos, de forma clara y sin tecnicismos innecesarios, todo lo que necesitas saber para presentar el modelo 720 conforme a la normativa actual.
¿Qué es el modelo 720 y para qué sirve?
El modelo 720 es una declaración informativa que sirve para comunicar a la Agencia Tributaria la tenencia de determinados bienes y derechos situados fuera de España.
No implica pagar impuestos directamente, pero sí es obligatorio presentarlo cuando se superan ciertos límites económicos. Su objetivo es mejorar el control fiscal y la transparencia sobre el patrimonio en el extranjero.
¿Qué bienes y derechos obligan a presentar el modelo 720?
La obligación de presentar el modelo 720 afecta a tres grandes bloques de bienes:
- Cuentas bancarias en el extranjero
Incluye cuentas corrientes, de ahorro o depósitos en entidades financieras fuera de España, aunque no tengan movimientos. - Valores, derechos, seguros y rentas
Acciones, participaciones en fondos de inversión, bonos, seguros de vida o invalidez y rentas vitalicias o temporales contratadas con entidades extranjeras. - Bienes inmuebles y derechos sobre inmuebles
Viviendas, locales, terrenos o derechos como usufructo o multipropiedad situados fuera de territorio español.
¿Quién está obligado a presentar el modelo 720?
Deben presentar el modelo 720 las personas físicas o jurídicas residentes fiscales en España que sean:
- Titulares de los bienes o derechos
- Representantes o autorizados
- Beneficiarios
- Titulares reales
- Personas con poder de disposición sobre los bienes
Eso sí, sólo existe obligación cuando el valor conjunto de cada bloque de bienes supera los 50.000 euros.
Límite clave a tener en cuenta
- El límite de 50.000 € se aplica por cada bloque, no de forma global.
- En el caso de cuentas bancarias, se tiene en cuenta:
- El saldo a 31 de diciembre
- O el saldo medio del último trimestre
¿Hay que presentar el modelo 720 todos los años?
No necesariamente.
Tras presentar el modelo 720 por primera vez, solo habrá que volver a presentarlo si:
- El valor de alguno de los bloques ha aumentado en más de 20.000 € respecto a la última declaración presentada.
- Se deja de ser titular o autorizado de alguno de los bienes declarados.
- Se adquieren nuevos bienes en el extranjero que superan el umbral.
Este punto es clave y suele generar errores, por lo que conviene revisarlo cada año.
¿Cómo presentar el modelo 720 paso a paso?
Presentar el modelo 720 se hace exclusivamente de forma telemática a través de la web de la Agencia Tributaria.
Pasos principales:
- Acceder a la sede electrónica de la AEAT
- Click en “Todas las gestiones” (La imagen ya está)
- Das click a “Impuestos, tasas y prestaciones patrimoniales” (imagen ya esta)
- Deslizas en las opciones y das click en “Declaraciones informativas”

- Identificarse con:
- Certificado digital o DNI electrónico
- Cl@ve PIN (solo personas físicas)
- Deslizas y seleccionamos el modelo 720.

- Dar click en Modelo 720 de 2025

- Cumplimentar los datos obligatorios según el tipo de bien.
- Validar la declaración para comprobar errores.
- Firmar y enviar.
Una vez presentada correctamente, el sistema genera un justificante en PDF con el número de registro y el código de verificación.
¿Cuál es el plazo para presentar el modelo 720?
El plazo para presentar el modelo 720 es del 1 de enero al 31 de marzo del año siguiente al que se refieren los bienes informados.
Fuera de ese plazo, la presentación puede dar lugar a sanciones, aunque ya no son las mismas que en el pasado.
Sanciones por no presentar el modelo 720: qué dice la normativa actual
Este es uno de los puntos más importantes y donde más cambios ha habido.
Tras la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (enero de 2022), España modificó el régimen sancionador del modelo 720 para adaptarlo al Derecho europeo.
Situación actual:
- Siguen existiendo sanciones, pero:
- Se eliminan las multas fijas automáticas desproporcionadas.
- Ya no existe la sanción del 150 % del valor del bien.
- Las sanciones se ajustan al régimen general de las obligaciones informativas.
En la práctica, la gravedad de la sanción depende del caso concreto, del grado de incumplimiento y de si existe ocultación real, no solo un error formal.
Por eso, aunque el modelo 720 ya no tiene el carácter “punitivo” de antes, no conviene ignorarlo ni presentarlo sin asesoramiento.
Preguntas frecuentes
¿Presentar el modelo 720 implica pagar impuestos?
No. Es una declaración informativa. Otra cosa distinta es que los bienes deban declararse también en el IRPF o en el Impuesto sobre el Patrimonio.
¿Qué pasa si me equivoco al presentar el modelo 720?
Puede corregirse mediante una declaración complementaria o sustitutiva. Detectar el error a tiempo reduce riesgos.
¿Tengo que presentar el modelo 720 si solo soy autorizado en una cuenta?
Sí, si se superan los límites económicos y tienes poder de disposición sobre la cuenta.
Presentar el modelo 720 correctamente sigue siendo una obligación importante para quienes tienen patrimonio en el extranjero. La normativa ha cambiado, las sanciones ya no son desproporcionadas, pero el trámite sigue requiriendo precisión y conocimiento. Contar con asesoramiento profesional te permite cumplir con Hacienda con tranquilidad y evitar problemas futuros.
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