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¿Qué es el modelo 309?

Qué es el modelo 309
En este apartado conocerás todo lo relacionado con el modelo 309, incluyendo su aplicabilidad y vigencia.

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El modelo 309 también conocido como liquidación no periódica, es un modelo no trimestral cuya función es liquidar el IVA que realizas como comercio minorista en operaciones puntuales.

Por otro lado, si eres de los autónomos que están exentos de presentar el modelo 303 y realizas una compra dentro de la unión europea, debes presentar de manera puntual el modelo 309 para declarar ese IVA.

Quienes están obligados a presentar el modelo 309

Todos los autónomos que no presenten su IVA de manera trimestral mediante el modelo 303 tienen la obligación de presentar el modelo 309 cuando realizan compras europeas. 

En este grupo de autónomos que presentan el 309 se incluyen los que están en recargo de equivalencia y los que están exentos de IVA.

También existen otros supuestos en los que podrías tener que presentar el modelo 309, como el de la inversión del sujeto pasivo, pero aquí la obligación depende de las circunstancias de cada caso en particular. Con un ejemplo lo verás más claro.

Un ejemplo de una situación que exige el uso de este modelo, es cuando el sujeto pasivo desde su condición de revendedor compra  a un proveedor  móvil, está al ser una operación que no lleva IVA en la venta y cuyo IVA tiene que pagar quien adquiere el producto. 

Nota: Si el autónomo está dado de alta con el modelo  303, y  lo usa para realizar el ingreso trimestral del IVA, no tendrá que presentar el modelo 309.

El recargo de equivalencia y el modelo 309

El recargo de equivalencia, es uno de los requisitos de los autónomos que presentan el modelo 309 en Hacienda. Por tanto, es importante conocer que el recargo de equivalencia se aplica generalmente en la contabilidad del comercio minorista.

¿Como reconocer si eres comerciante minorista?

Los comerciantes minoristas, son aquellos autónomos que venden productos que no han pasado por procesos de fabricación, elaboración o manufacturados por sí mismos o por medio de terceros. Por lo general, el 80 % de las ventas totales en el año anterior se debieron realizar directamente a particulares que no sean profesionales o empresarios ( Consumidor final).

¿Cómo se contabiliza el recargo de equivalencia?

Estar en recargo de equivalencia siendo comerciante minorista, significa para ti en términos contables lo siguiente:

  1. Pagas el IVA que te corresponda según los productos que vendas y además un recargo. Este recargo es del 5,2 % para productos con IVA al 21 %, del 1,4% para productos con IVA del 10% o del 0,5 % para productos con IVA del 4 %.
  2. No tienes que presentar el modelo 303 ni el modelo 390 anual.
  3. Cuando realices compras a otros países europeos, tendrá que autorrepercutirse el IVA intracomunitario y el recargo que corresponda. “ Esa es precisamente la función del modelo 309”.

Cuándo se presenta el modelo 309

El modelo 309, al ser un documento de liquidación no periódica, se presenta de forma puntual en Hacienda solo en los trimestres que tengas que declarar el IVA de una operación europea.

Plazo de presentación del modelo 309

Si hay algún trimestre que necesitas presentar el modelo 309, debes hacerlo dentro de los plazos comunes de presentación de los modelos trimestrales. Estos plazos son los siguientes:

  • Primer trimestre: del 1 al 20 de abril.
  • Segundo trimestre: del 1 al 20 de julio.
  • Tercer trimestre: del 1 al 20 de octubre.
  • Cuarto trimestre: del 1 al 30 de enero del año 2024.

Nota: Este modelo no tiene equivalente anual, ya que al tratarse de una liquidación no periódica, no es necesario hacer un resumen de los trimestres anteriores.

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