Si llevas tiempo residiendo en España de forma irregular y quieres formalizar tu situación legal, el Arraigo Social puede ser una opción ideal para solicitar tu permiso de residencia y poder trabajar de forma legal. Sin embargo, normalmente uno de sus principales requisitos que debes tener en cuenta al momento de realizar esta solicitud, es conseguir una oferta de trabajo. Por ello, surge la duda en la que se enmarca nuestro blog de hoy:
¿Se puede conseguir el arraigo social sin tener un contrato de trabajo?
Sí, es completamente posible solicitar el arraigo social de manera exitosa sin necesidad de tener una oferta de empleo. A continuación te presentamos dos maneras de realizar este trámite:
- Iniciando tu propia actividad por cuenta propia.
- Presentando medios económicos suficientes para subsistir. Cabe agregar que estos ingresos de dinero pueden ser tuyos directamente o de un familiar con el que vivas.
Arraigo por cuenta propia
En este caso podrás solicitar el arraigo social al momento de iniciar tu propio negocio, dándote de alta como autónomo o como profesional independiente.
Los requisitos son exactamente los mismos que en el caso solicitar el arraigo social de modo general. Sin embargo, en este caso será necesario justificar y definir por medio de un plan de negocios la actividad que desarrollarás en la que expliques su estructura y su proyección financiera.
Por otro lado, será completamente válido y necesario demostrar ante extranjería que cumples con el nivel educativo, de formación y de conocimientos para desarrollar la actividad escogida de manera eficaz.
Arraigo por medios económicos propios
En este caso no será necesario aportar un contrato de trabajo o iniciar su actividad por cuenta propia, ya que la persona dispone de los medios económicos para subsistir por sus propios medios (cuenta bancaria) o en su defecto, depende de un familiar con los ingresos suficientes para subsistir (caso en el que deberías aportar el certificado de matrimonio o registro de pareja de hecho).
En los casos expuestos anteriormente, se debe aportar los medios económicos al solicitar el informe de integración social, que servirá como constancia de que no será necesario presentar la oferta de trabajo durante tu solicitud con extranjería.
En cuanto a sus ingresos, se menciona una cantidad similar a la de la reagrupación familiar unificada en todas las oficinas de extranjería en un 100% del Ingreso Mínimo Vital.
Nota: Debes tener en cuenta que bajo esta opción, no podrás trabajar en el país, debido a que no cuentas con el permiso requerido.
Requisitos Generales
Al desaparecer la de presentar una oferta laboral firmada, continúan existiendo requisitos propios del arraigo social que deberás cumplir al momento de aplicar:
- Demostrar tu integración con la cultura y sociedad españolas, ya sea a través de una entrevista personal o demostrando el vínculo con un familiar español.
- Demostrar que has estado 3 años en España de manera continuada.
- Demostrar la carencia de antecedentes penales. Esto solo en casos donde lleves 5 años de manera continuada en España o hayas presentado otra solicitud de residencia.
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