La Jubilación es un acto administrativo en el que un trabajador deja su actividad profesional y entra en estado de inactividad por haber alcanzado la edad máxima legal para trabajar o por enfermedad crónica o invalidez. Existen diferentes tipos de jubilación si se cumplen ciertos requisitos.
El trabajador que se jubile tiene derecho a recibir una prestación (cuantía económica) durante el resto de su vida. A continuación, te explicaremos los diversos tipos de jubilación que hay en España.
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Jubilación Ordinaria
La jubilación ordinaria es la pensión general a la que los profesionales pueden acceder cuando hayan cumplido la edad y los años de cotización correspondientes. En el 2022, la edad mínima en la que se podía jubilar con pensión completa es de 66 años y dos meses, salvo que la persona haya cotizado Seguridad Social durante 37 años y 6 meses o más, en cuyo caso se podrá jubilar a los 65 años.
Jubilación Parcial
La jubilación parcial es considerada como la que se inicia después de los 60 años, en cuyo caso el trabajador decide percibir una parte de su jubilación al mismo tiempo que un salario por su actividad profesional en la empresa con la que tiene un contrato a tiempo parcial. El trabajador continúa cotizando el 80% de la Seguridad Social, aunque la cuantía de la pensión es inversamente proporcional a la jornada laboral.
Jubilacion Flexible
La jubilación flexible es una forma de compaginar la pensión con el trabajo parcial del 25% al 50% de la jornada, si tus ingresos netos no superan el salario mínimo interprofesional anual. En este caso, no tienes que hacer aportes por la Seguridad Social.
Además, esta pensión corresponde únicamente a la titularidad de un negocio y las funciones asociadas al ejercicio de dicha titularidad.
Jubilación Activa
La jubilación activa es la que no se reduce la jornada de actividad laboral, por lo que se obtiene el 50% con el consentimiento del empleado. En todo caso, se deberá respetar la edad de cotización y el número de años necesarios para recibir una pensión completa.
Jubilación Anticipada
Una opción cada vez más popular es solicitar una jubilación antes de cumplir la edad mínima para alcanzar la edad requisito. Es importante señalar que pueden resultar en alguna reducción en la base regulatoria, lo que significa que los beneficios obtenidos serán menores a los que hubiéramos tenido esperando que se cumplieran las condiciones normales.
Existen varios tipos de jubilación anticipada y son los siguientes:
Voluntaria
La condición para la jubilación anticipada es no más de dos años desde la edad mínima de jubilación normal y al menos 35 años de cotizaciones. Por cada trimestre en el que tengamos previsto jubilarnos, se aplicará un factor de reducción como penalización.
Obligatorio
Con cotizaciones de al menos 33 años, los trabajadores pueden ser obligados a jubilarse 4 años antes de la edad requisito con igual compensación y tasa de reducción más favorable. Las únicas causas consideradas son los despidos individuales o colectivos (ERE) por causas empresariales, ERE de quiebra o muerte del empresario, jubilación o incapacidad permanente reconocida.
Por discapacidad
Si un empleado está en servicio activo con una discapacidad reconocida, tiene derecho a jubilarse antes de que se cumplan los requisitos normales de pensión. En este contexto, se identificaron 20 condiciones que se protegen efectivamente, divididas en trastornos neurológicos, anomalías genéticas y otras que no entran en estas categorías.
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