El traspaso de un negocio es una operación compleja que implica la cesión de propiedad y control a un tercero, usualmente acompañada de la transferencia de activos tangibles e intangibles. Esta transacción permite al comprador continuar operando la actividad comercial, pero surgen preguntas importantes sobre la tributación, especialmente cuando se trata de la inclusión o exclusión del Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA).
Recientemente, nos enfrentamos a una situación particular donde un cliente, dueño de un bar, cesó sus operaciones. Aunque el contrato de arrendamiento del local prohíbe explícitamente el traspaso, el propietario lo permite y espera la cesión del contenido. Durante nuestras discusiones con la asesoría de la parte adquirente, surgieron dos puntos cruciales que generaron incertidumbre.
Primero, la exigencia de una factura con IVA, a pesar de que tradicionalmente las cesiones y traspasos se realizan sin este impuesto. Segundo, la solicitud de copias de las facturas de compra de los materiales detallados en el contrato para verificar la propiedad y la posible repercusión del IVA.
En este escenario, es esencial comprender las implicaciones fiscales y responder adecuadamente a estas inquietudes.
¿Cuándo el traspaso y cesión de un negocio se hace con IVA?
De acuerdo con el artículo 7, apartado 1, de la Ley del IVA, el traspaso de un negocio estará sujeto a IVA si no se transfiere en su totalidad o se hace en partes. Si la transmisión abarca tanto activos materiales como intangibles que forman una unidad económica autónoma, la operación no estará sujeta al IVA. Sin embargo, si solo se transmite una parte que no puede desarrollar actividad económica por sí sola, como muebles exclusivamente, esa transmisión estará sujeta a IVA.
En resumen, la aplicación del IVA en el traspaso depende de si se transfiere una unidad económica autónoma o solo activos aislados.
El IVA en el traspaso de un local de negocio
Es crucial distinguir entre el traspaso de un local y el de un negocio. En el traspaso de un local, se transfiere el derecho de uso del espacio, incluyendo responsabilidades contractuales, pero no la propiedad de los activos del negocio en sí. En este caso, el traspaso se realiza con IVA, ya que el local por sí solo no se considera una unidad económica autónoma.
Es fundamental seguir estos principios para garantizar una transacción transparente y cumplir con las regulaciones fiscales correspondientes. Ante las exigencias de factura con IVA y la documentación de las compras, es recomendable consultar con expertos fiscales para proceder de manera adecuada, incluso si el cliente no dispone de todas las facturas.
Finalmente, para evitar ‘encontrones’ con la Agencia Tributaria, puedes contar con el apoyo de Entre Trámites para asesorarte en todos los temas relacionados con autónomos, extranjeros y PYMES.
Contamos con especialistas dispuestos a ayudarte.
¡Contáctanos, si eres autónomo o PYME puedes agendar una asesoría gratuita, llamarnos o escribir a nuestro Whatsapp!.