Cuando se trata de establecer y regular la estructura y funcionamiento de una empresa en España, es fundamental comprender las diferencias entre el Acuerdo de Accionistas y los Estatutos Sociales. Estos dos documentos son esenciales para la gobernanza de la empresa y establecen los derechos y obligaciones de los accionistas, así como las normas internas que rigen la empresa.
Acuerdo de Accionistas:
El Acuerdo de Accionistas es un contrato privado que se establece entre los accionistas de una empresa. Este documento regula las relaciones entre los accionistas y puede incluir disposiciones relacionadas con la administración de la empresa, la toma de decisiones, la distribución de beneficios, las restricciones a la transferencia de acciones y otras cuestiones relevantes para los accionistas.
Algunas de las características principales del Acuerdo de Accionistas son las siguientes:
- Flexibilidad: El Acuerdo de Accionistas brinda flexibilidad a los accionistas para establecer disposiciones específicas que se adapten a sus necesidades y preferencias individuales. Esto permite personalizar las reglas y regulaciones internas de la empresa de acuerdo con las circunstancias particulares de los accionistas.
- Confidencialidad: A diferencia de los Estatutos Sociales, el Acuerdo de Accionistas es un documento confidencial y no se registra ante las autoridades públicas. Esto significa que su contenido no es de conocimiento público y solo es vinculante para los accionistas que lo han suscrito.
- Modificabilidad: El Acuerdo de Accionistas puede modificarse mediante la celebración de un nuevo acuerdo entre los accionistas. Esta flexibilidad permite a los accionistas adaptar las disposiciones del acuerdo a medida que cambian las circunstancias o se producen nuevas situaciones.
Estatutos Sociales:
Los Estatutos Sociales, por otro lado, son documentos públicos que definen la estructura legal y las normas de funcionamiento de la empresa. Estos estatutos son registrados y aprobados ante el Registro Mercantil y deben cumplir con las leyes y regulaciones aplicables.
Algunas de las características principales de los Estatutos Sociales son las siguientes:
- Obligatoriedad: Los Estatutos Sociales son obligatorios y vinculantes para todos los accionistas y la empresa en su conjunto. Establecen las reglas básicas para la administración y el funcionamiento de la empresa, así como los derechos y obligaciones de los accionistas.
- Publicidad: Al ser documentos registrados en el Registro Mercantil, los Estatutos Sociales son de conocimiento público y cualquier persona puede acceder a ellos. Esto proporciona transparencia y seguridad jurídica tanto para los accionistas como para terceros interesados en la empresa.
- Modificación más formal: A diferencia del Acuerdo de Accionistas, los Estatutos Sociales requieren un proceso formal de modificación. Esto implica la adopción de una resolución por parte de la junta general de accionistas y la inscripción de dicha modificación en el Registro Mercantil para que sea efectiva.
En resumen, tanto el Acuerdo de Accionistas como los Estatutos Sociales son documentos importantes en la gobernanza de una empresa en España. Mientras que el Acuerdo de Accionistas se centra en las relaciones entre los accionistas y brinda flexibilidad y confidencialidad, los Estatutos Sociales establecen las normas básicas y obligatorias de funcionamiento de la empresa, siendo de conocimiento público y modificables a través de un proceso formal. Ambos documentos son complementarios y deben ser considerados cuidadosamente al establecer una empresa en España.
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