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La ayuda de 400 euros por insuficiencia de cotización, para quienes no pueden cobrar el paro

Conoce aquí cómo acceder a la ayuda de 400 euros para quienes no pueden cobrar el paro
Para las personas que no tienen el derecho a cobrar el paro porque no han cotizado el mínimo de 360 días, pueden acceder a esta ayuda de 400 euros que ofrece el SEPE, con vigencia de hasta 21 meses. ¡Entérate de más aquí!

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El Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) estableció el Subsidio por Insuficiencia de Cotización, una ayuda de 400 euros aprox. no contributiva para brindar una cobertura económica asistencial a aquellas personas que no pueden acceder a la Prestación Contributiva por desempleo (o paro), al no tener un mínimo de 360 días cotizados durante los últimos 6 años

Esta ayuda de 400 euros puede llegar hasta los 463,21 euros. Para acceder a él, se deberán cumplir una serie de condiciones o requisitos que solicita el SEPE para garantizar que la persona desempleada no caiga en exclusión social hasta que encuentre un nuevo empleo. 

Por lo tanto, entre los requisitos para cobrarlo influirán aspectos como las rentas o ingresos mensuales de la persona, el número de meses cotizados o si tiene cargas familiares dentro de su unidad de convivencia o no. Asimismo, de esto también dependerá su duración (hasta 21 meses)

¿Qué se necesita? ¿Qué documentación debo aportar? ¿Cada cuanto se cobra? ¡Conoce todas las respuestas en este blog! Y si te queda alguna duda, puedes comunicarte con Entre Trámites y te la resolveremos. ¡Agenda una consulta!

 ¿Qué se necesita para cobrar la ayuda de 400 euros? 

La persona solicitante deberá demostrar que cumple con las siguientes condiciones:

  • Demostrar que está desempleado o en una situación legal de desempleo.
  • Estar inscrito como demandante de empleo en el SEPE y permanecer en esta condición durante todo el periodo que se cobre la ayuda de 400 euros y suscribir el compromiso de actividad. Es decir, demostrar que buscará activamente empleo.
  • No tener rentas mensuales que superen cierta cantidad. Será necesario demostrar una carencia de rentas, según lo estipula la ley. En 2022, estas nunca podrán superar la barrera del 75% del Salario Mínimo Interprofesional (SMI), es decir, que nunca podrán ser superiores a los 750 euros mensuales.
  • Demostrar un periodo mínimo de cotización: tres meses, si se tienen cargas familiares; seis meses si no hay cargas y nunca haber alcanzado los 360 días cotizados para la prestación contributiva por desempleo.

No obstante, si no se reúne el requisito de carencias de rentas o el de responsabilidades familiares al momento que abandonan el mercado laboral, el SEPE facilita un plazo de un año para demostrar que sí lo cumplen. Podrán obtener la ayuda de 400 euros por insuficiencia de cotización desde el día siguiente a la solicitud, sin que la duración disminuya.

Por otro lado, si tiene 52 años o más, también podrá cobrar el subsidio para mayores de 52 años, que comparte la misma cantidad que esta ayuda, pero se puede cobrar hasta que el trabajador desempleado obtenga otro trabajo o hasta que llegue a la edad ordinaria de jubilación: 65 años.

¿Cuánto tiempo dura este subsidio?

Su duración varía dependiendo del número de meses cotizados y si se tiene o no responsabilidades familiares. Así las cosas, se establece:

Si tiene responsabilidades familiares

  • Durará 3, 4 o 5 meses si solo se han cotizado 3, 4 o 5 meses respectivamente.
  • Durará 21 meses si se ha cotizado 6 o más meses.

Si no tiene responsabilidades familiares

  • Durará 6 meses si se han cotizado 6 o más meses.
  • Si eres persona trabajadora fija discontinua, la duración del subsidio será igual al número de meses cotizados por desempleo en el año anterior a la solicitud.
ayuda de 400 euros

¿Cada cuánto se paga el subsidio?

Esta ayuda de 400 euros se paga mensualmente (cada 30 días), entre los días 10 y 15 de cada mes inmediato al que corresponda el devengo. Se abonará en la cuenta que sea titular de la misma, salvo algunas excepciones.

Documentación a presentar

Para acceder a esta ayuda de 400 euros, debe presentar:

  • Modelo oficial de solicitud.
  • Identificación de la persona solicitante, de su cónyuge y de los hijos o hijas que conviven o están a su cargo y que aparezcan en la solicitud, bastará con mostrar Documento Nacional de Identidad (DNI) o pasaporte.
  • Cualquier documento bancario en el que figure el número de cuenta de la que sea titular y donde desee percibir la prestación.
  • Libro de Familia o certificación del Registro Civil de nacimiento o de familia. En el caso de las personas extranjeras, documento equivalente a los citados anteriormente, con traducción oficial al español.
  • Certificado de empresa en el que se acredite la situación legal de empleo (si no ha sido enviado por la empresa al Servicio Público de Empleo Estatal).
  • Justificante de las rentas, si lo solicita el Servicio Público de Empleo Estatal.

En el caso de los Extranjeros residentes en España

  • Nacionales de la Unión Europea: Certificado de registro de ciudadano/a de la Unión Europea, en el que consta NIE, junto con el pasaporte o documento identificativo en su país de origen.
  • No nacionales de la Unión Europea: Tarjeta de Identidad de Extranjero/a (TIE), en la que consta el NIE y el pasaporte.

¿Dónde y hasta cuándo puedo presentar la solicitud?

Puede presentar la solicitud de subsidio a través de la Sede Electrónica del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE), en la oficina de prestaciones pidiendo cita previa en la Sede Electrónica o por teléfono; en cualquier oficina de registro público o por correo administrativo.

La solicitud debe presentarla en el plazo de 15 días hábiles a partir del día siguiente a la situación legal de desempleo.

Si aún así tienes más dudas, recuerda que Entre Trámites puede ayudarte en todo el proceso y dirigir tu postulación a este subsidio de una forma más segura

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