Desde el 2016, la Dirección General de Tránsito aprobó detener la emisión de multas en papel que están a nombre de empresas. También las notificaciones.
Esta orden se enmarca en la ley de Procedimiento Administrativo aprobada en 2015, y que entró en vigor en 2016. En detalle, la orden obliga a empresas y profesionales a relacionarse con los organismos públicos a través de medios electrónicos, en este caso con la DGT.
Fin a las multas de papel
Pero, la ley tuvo un periodo de gracia para que las pymes, autónomos y demás empresas tuvieran tiempo de adaptarse y activar los respectivos certificados digitales. Pues, con el DGT, este periodo de adaptación y despedida a las multas en papel terminará el 1 de noviembre de 2022.
¡Atención, conductores! Si las empresas, asociaciones o autónomos aún no se dan de alta en la Dirección Electrónica Vial (DEV) voluntariamente hasta esta fecha, la administración los dará de alta de oficio y le notificarán por esa vía todas sus multas y notificaciones, de todas formas.
¿Cómo funcionan las notificaciones electrónicas?
Para darse de alta en el DEV, se necesita tener en vigor el certificado digital o un DNI electrónico. Este mismo documento servirá para modificar la suscripción y leer las notificaciones que le lleguen a su buzón electrónico del DEV.
También, se recomienda incluir un correo electrónico o un teléfono móvil en vigor, para recibir las alertas de dichas notificaciones y evitar que se venza el plazo de recepción (10 días naturales).
Las notificaciones electrónicas de la DGT se entienden por practicadas en el momento en que se produce el acceso a su contenido. Si no se descargan en el plazo estipulado, no se podrán descargar. Aún así, se considerarán entregadas, por lo tanto, comienzan a computar los días para presentar alegaciones o pagar.
Pero, si tampoco se cumple con este lapso de tiempo, se prosigue a generar un incumplimiento y penalización, que puede ser hasta del triple del importe de la comunicación inicial y que pueden acarrear el embargo de la cuantía por parte de Hacienda.
Cabe resaltar que estos avisos son sólo informativos de que existe una notificación en el buzón de la DEV, pero en los avisos no encontrarán la multa o notificación específica, debe entrar al sistema.
Modifican el Reglamento General de Conductores
El 13 de abril se incluyó en el Boletín General del Estado (BOE) el Real Decreto 265/2021, donde anuncian la modificación del Reglamento General de Conductores.
La modificación consiste en cambios referentes a la vida útil de los vehículos que ya entraron en vigor este 2022; y si no se menciona lo contrario, entrarán en vigor a los 20 días de su publicación en el BOE.
En detalle, las novedades alteran la legislación sobre los vehículos dados de baja temporal durante un año, como también aquellos que lleven 10 años sin asegurar, sin pasar la Inspección Técnica de Vehículos o los que hayan sido declarados como siniestro total.
Todos estos cambios por parte de la DGT, con el fin de poner fin a los ‘coche zombie’: vehículos que están circulando por España sin estar registrados correctamente.
Si quieres conocer más detalles sobre este nuevo Reglamento, puedes leer nuestro blog completo aquí.
Finalmente, en Entre Trámites ofrecemos diversos servicios de gestoría, asesoría y apoyo en procesos burocráticos para los Autónomos, Empresas y cualquier persona que lo necesite. Por ejemplo, darse de alta como autónomo en la Seguridad Social, Hacienda y mucho más; además, podemos gestionar tu contabilidad o la modificación de datos.
¡Contáctanos! Puedes agendar una asesoría gratuita con nosotros, dejar tus datos en el formulario de contacto o comunicarte a nuestro Whatsapp. ¡Ahórrate dolores de cabeza con los trámites, los hacemos por ti!