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Nuevos cambios en el Reglamento General de Conductores que debe conocer

Conoce aquí cuáles son los nuevos cambios en el Reglamento General de Conductores que implementó el DGT
A través de un Real Decreto, se aprobó la modificación del Reglamento General de Conductores con algunos cambios con los que buscan poner fin a: ‘coches zombie’, aquellos que llevan 10 años sin asegurarse o los que pasan sin ITV. ¡Conoce los cambios!

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Desde el 13 de abril, se incluyó en el Boletín General del Estado (BOE) el Real Decreto 265/2021, a través del cual se modifica el Reglamento General de Conductores con importantes novedades que alteran la legislación sobre los vehículos dados de baja temporal durante un año; así como los que lleven 10 años sin asegurar, los que pasan sin Inspección Técnica de Vehículos o los que hayan sido declarados como siniestro total

Estos cambios, referentes a la vida útil de los vehículos, ya entraron en vigor este 2022.

Por esa razón, la DGT ha estado a lo largo del año enviando cartas a más de 100 mil conductores con información básica sobre estas nuevas normativas, para que ninguna persona se quede sin saber y puedan evitarse sanciones muy caras. ¿Cuáles son estas nuevas normas? ¡Te las contamos en este blog!

Vehículos con baja temporal

La primera modificación del Reglamento General de Conductores afecta en aquellos vehículos que están dados de baja de forma temporal -no pagan impuestos-, pero siguen circulando. Pues, si pasado el año el usuario no solicita la prórroga de la baja, el coche pasará automáticamente a estar de nuevo activo y pagará todos los impuestos y seguros pertinentes.

Vehículos sin ITV

Con la nueva normativa en vigor, la DGT podrá dar de baja de oficio definitiva a los vehículos que llevan más de 10 años sin pasar la ITV (Inspección Técnica de Vehículos) o sin estar asegurado; así el vehículo esté circulando, estacionado en el garaje o en la calle. Podrían poner una multa de hasta 200 euros.

Además de la baja de oficio, ser cazado con la ITV desfavorable también supone otra multa de 200 euros. En este caso, el titular del vehículo está obligado a reparar los defectos graves y volver a la estación de ITV en un plazo máximo de 2 meses y solo puede mover el coche para llevarlo al taller. 

Incluso, según el Reglamento General de Conductores, circular con una ITV negativa también puede terminar en una multa de 500 euros. Esto significa circular con desperfectos tan graves que no se permite abandonar la estación por medios propios. 

Vehículos siniestro total

A partir de este año, si un vehículo ha sufrido un accidente grave y se declaró en siniestro total, se deberá volver a pasar la ITV antes de volver a circular por carretera para verificar el buen cumplimiento de las condiciones técnicas y de seguridad vial. 

Esperamos que saber estos cambios te ahorre muchos inconvenientes y multas a futuro. Nada como estar informado, sobre todo en cuestiones de tráfico. 

Pues, como dicen las autoridades: desconocer la norma no le exime de su cumplimiento. Si alguna vez te para la Guardia Civil, los Mossos o Ertzaintza (en el caso de Catalunya y País Vasco y Navarra), puedes apelar a la magnanimidad del agente e implorar clemencia; pero aunque no sepas qué norma incumpliste, puede caerte la multa. 

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