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¿Puedo aplazar o acumular mis vacaciones como trabajador por cuenta ajena?

En este apartado sabrás si puedes como trabajador por cuenta ajena aplazar o acumular tus vacaciones.
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¿Eres un trabajador por cuenta ajena y te gustaría saber si puedes aplazar o acumular tus vacaciones? A continuación encontrarás toda la información que necesitas sobre los derechos de vacaciones en España.

¿Qué son las vacaciones acumuladas?

Las vacaciones acumuladas son aquellas que el trabajador no ha disfrutado a pesar de tener derecho a ello, y decide aplazarlas para disfrutarlas en el futuro. Por tanto, el trabajador puede acumular varios periodos vacacionales con el objetivo de disfrutarlos conjuntamente en el futuro.

Condiciones de aplazamiento

Es imprescindible que se den dos circunstancias:

  • la primera, que la relación laboral siga vigente, ya que lógicamente no se pueden disfrutar las vacaciones si no es así.
  • La segunda, que la falta de disfrute del periodo vacacional no se haya debido a la voluntad del trabajador.

Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea

En la sentencia de 29/11/2017, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea declara que los trabajadores tienen derecho a aplazar las vacaciones no disfrutadas por causas ajenas a su voluntad. Por tanto, los trabajadores no perderán los días de descanso no disfrutados durante un año natural y podrán utilizarlos en años posteriores.

Prima de Vacaciones

Hace referencia a una cantidad monetaria adicional que paga la empresa para que el trabajador disfrute de sus días de descanso. Esta prima es el 25% del periodo vacacional y se calcula con la siguiente fórmula: salario diario x días de ausencia = resultado x 0,25.

Ejemplo: 30 días de vacaciones al año

Si has trabajado desde el 1 de enero y probablemente acabarás el año en la misma empresa, habrás acumulado el derecho a treinta días de descanso. Dos días y medio por cada mes trabajado. ¿Cómo y quién decide cuándo y cómo tomar las vacaciones acumuladas? Los convenios colectivos regulan la planificación de los días que no estarás laborando.

Acumular los días de descanso durante dos años

Nueve de los treinta días se pueden acumular, pero sólo se puede acumular esa cantidad de vacaciones durante dos años. Esto se debe a que el artículo 190 del Código de Trabajo establece que las partes podrán definir y acordar los días que se acumularán y los días que se tomarán.

Derecho a Posponer los días vacacionales No Pagadas

Un trabajador puede posponer y acumular las vacaciones anuales pagadas que no disfruta cuando el empleador no le permite ejercer su derecho al descanso. El Derecho de la Unión Europea se opone a que el trabajador tenga que disfrutar sus días de descanso antes de saber si tiene derecho a que se le paguen.

En conclusión, los trabajadores tienen derecho a aplazar y acumular sus vacaciones no disfrutadas. Los empresarios tienen que cumplir las leyes relativas a la planificación y el pago de las vacaciones, así como la sentencia del Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas. Además, los empresarios pueden pagar una prima de vacaciones para animar a los empleados a disfrutarlas.

Recuerde que es esencial que la relación laboral siga siendo válida, así como que la falta de disfrute del periodo vacacional no se deba a la voluntad de los trabajadores.

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