Descarga el modelo 130 IRPF oficial en formato PDF, administrado por la Agencia Tributaria.
El modelo 130 es un modelo que trimestralmente los autónomos que se encuentren en estimación directa normal o simplificada tienen la obligación de presentar ante la Agencia tributaria.
Es el documento que sirve a los autónomos para presentar la liquidación fraccionada de pagos del IRPF a hacienda.
El modelo 130 se presenta ante Hacienda 4 veces al año:
- Primer trimestre: Del 1 al 20 de abril
- Segundo trimestre: Del 1 al 20 de julio
- Tercer trimestre: Del 1 al 20 de octubre
- Cuarto trimestre: Del 1 al 30 de enero
Quién debe presentar el modelo 130 de IRPF
Una parte importante de los autónomos tiene que presentar el modelo 130:
- Los empresarios dados de alta en actividad calificada de empresarial (epígrafes IAE), siempre y cuando no estén en el sistema de módulos, en cuyo caso deberán presentar el modelo 131.
- Los autónomos que realicen una actividad profesional, salvo que al menos el 70% de sus ingresos procedentes de la actividad profesional hubieran tenido retención o ingreso a cuenta en el ejercicio anterior. Es decir, están exentos del modelo 130 si han facturado con retenciones más del 70% de su facturación a empresas, autónomos y entidades jurídicas con sede en España.
- Aquellos que participen en una comunidad de bienes en cuanto a los ingresos que le correspondan , en función del porcentaje de participación en la organización.
En qué formas puede presentarse el modelo 130 de IRPF
Desde el ejercicio 2015 solo existen dos formas de presentación del modelo 130.
- Presentación electrónica a través de la web de la Agencia Tributaria. Sin duda, el sistema más recomendable. Puedes hacerlo tú o casi mejor contar con el apoyo nosotros, siempre es bueno dejar los temas fiscales en manos de especialistas.
- Presentación en papel del modelo generado por la aplicación que la propia Agencia Tributaria pone a disposición en su web y que permite la creación del modelo en formato pdf y su impresión para presentarlo en el banco o en las propias oficinas de Hacienda.