Te enseñamos cuales son las medidas económicas aprobadas por el Gobierno Español para luchar contra la crisis del COVID-19.
Estar sanos y salvos es más importante que cualquier negocio. Sin embargo, es importante que cada uno de nosotros hagamos lo que sea necesario para mantener el ecosistema, con tal de no caer en mayores dificultades económicas.
Ayudas para las Empresas en España
Línea de avales de 100.000 millones de euros
Con el objetivo de proporcionar la liquidez necesaria para el tejido empresarial español, el Ejecutivo ha aprobado una línea de avales por valor de 100.000 millones de euros, los cuales se articularán a través del Instituto Oficial de Crédito (ICO).
Mediante estos avales, los bancos podrán poner a disposición de las empresas desde 50.000 a 100.000 millones adicionales en préstamos. El objetivo de elevar la cifra de liquidez hasta un máximo de 200.000 millones de euros.
Qué significa esta medida: las empresas podrán acceder de forma rápida a la liquidez, con la garantía del Estado. Explicado de forma simple, si necesitas un préstamo, el banco debería concedértelo sin problema, pues el Estado aportará la garantía necesaria.
Este hecho es vital, pues en un hipotético escenario en el cual algunos de estos préstamos acabasen impagados, no arrastraría a las entidades financieras. Esta doble protección para ambas partes ( bancos y empresas) es fundamental para evitar cualquier hipotético colapso del sistema.
Agilización de los ERTEs
En palabras del presidente, “hago un llamamiento a los empresarios: no despidan a los trabajadores, es una crisis temporal”.
Con este objetivo, el Gobierno agilizará los Expedientes de Regulación Temporal de Empleo (ERTEs). Los ERTEs son una forma de “congelar” los contratos de los empleados, sin verse obligado a realizar despidos. Una vez hay una normalización de la situación en el futuro, las compañías tienen la capacidad de reactivar los contratos de trabajo (en las mismas condiciones que lo estaban previamente). Mientras dura esta situación, los empleados cobran el subsidio del Estado, que reemplazan a la compañía que les estaba pagando el sueldo.
La idea de este proceso es: dado que los negocios sufren caídas significativas en sus ingresos, no se ven forzados a despidos masivos de sus empleados, lo cual tendría un efecto devastador para la economía.
Por tanto, mediante esta reducción de costes, las empresas pueden mantener los niveles de tesorería necesarios y por tanto asegurarse la supervivencia durante este período de “turbulencias”.
Qué significa esta medida: todos los que tengan causa directa en la pérdida de negocio por las medidas puestas en marcha por el Gobierno. Medidas de aislamiento preventivo o contagio de la plantilla, se considerarán de fuerza mayor y se resolverán en un plazo máximo de siete días. Adicionalmente, las empresas que lleven adelante esta medida no pagarán cuotas a la Seguridad Social.
Aplazamiento y fraccionamiento de las deudas tributarias
El pasado jueves 12 de marzo se aprobó una inyección de 18.225 millones, la cual incluye el aplazamiento y fraccionamiento de hasta 30.000 euros en deudas tributarias (IVA, IRPF e Impuesto de Sociedades).
Por un plazo de hasta seis meses, con tres meses de carencia en el pago de intereses, por tanto se empiezan a generar intereses a partir del cuarto mes.
Qué significa esta medida: Permite mantener los niveles de tesorería a corto / medio plazo, al tener la posibilidad de realizar estos pagos con posterioridad al vencimiento habitual.
Ampliación de la línea “Thomas Cook” para el sector turístico y bonificaciones de fijos discontinuos
Se amplía de 200 a 400 millones la línea de crédito lanzada por el ICO para empresas relacionadas con el sector turístico, y llamada popularmente “línea Thomas Cook”, la cual se lanzó en 2019 debido a la quiebra del operador turístico británico, que tuvo un impacto importante en empresas del sector turístico español.
Además, se permite que las empresas que han recibido préstamos de la Secretaría General de Industria y de la pequeña y mediana empresa puedan aplazar su reembolso.
También se amplían las bonificaciones a la Seguridad Social para contratos fijos discontinuos que se realicen entre los meses de febrero y junio en los sectores de turismo, comercio y hostelería vinculados a la actividad turística.
Qué significa esta medida: Si la actividad de tu negocio se enmarca en el sector turístico, o está en gran medida relacionada con este sector, el gobierno incrementa esta línea de crédito para ayudar a tu negocio, además de ofrecer los descuentos en las cuotas de la Seguridad Social a pagar.
Blindaje a las empresas cotizadas estratégicas
Se ha reformado la normativa de inversiones extranjeras para evitar que empresas de países de fuera de la Unión Europea puedan hacerse con el control de compañías del IBEX-35.
Qué significa esta medida: Compradores extranjeros no podrán tomar ventaja de la caída del valor de este tipo de compañías con el objetivo de hacerse con el control de ellas, las cuales se consideran estratégicas / de interés nacional.
Medidas Económicas para los autónomos en España durante la crisis del COVID-19
Agilización de los ERTEs y exoneración de pagos de cuotas a la Seguridad Social
Los autónomos que se hayan visto obligados a suspender su actividad o a reducirla al mínimo, y que por tanto lleven adelante un ERTE, no pagarán cuotas a la Seguridad Social.
Este tiempo de percepción de la ayuda se entenderá como cotizado y no se le restará como consumido.
Además, la Generalitat de Catalunya ha aprobado una subvención de hasta 2.000€ para los autónomos que se han quedado sin actividad. Realizando una comparativa de los ingresos respecto al año anterior (o comparado con la media mensual de ingresos para los que llevan menos de un año siendo autónomos).
Qué significa esta medida: Los autónomos podrán acceder a una subvención de hasta 2.000€ si han parado su actividad.
Al igual que podrán ahorrarse el pago de las cuotas a la Seguridad Social, sin recibir posteriores penalizaciones.
Importante: Para acceder a esta ayuda, los autónomos deben tener domicilio fiscal en Catalunya, estar dados de alta en el régimen especial de trabajadores autónomos de la Seguridad Social (RETA).
Moratoria en el pago de las cuotas hipotecarias
Aquellos autónomos que hayan sufrido una pérdida sustancial de sus ingresos, estarán exentos de pago de la cuota de hipoteca al banco.
Importante: Para poderse acoger a dicha exención, sus ingresos anuales no podrán superar en tres veces el Iprem (7.519 euros). Si tienen hijos o ascendientes en ese hogar, así como personas con discapacidad, los límites se incrementan.
Los trabajadores que acaben en el paro durante las próximas semanas, se podrán beneficiar de esta moratoria.
A falta de más especificación, sería razonable que se alargue durante varios meses o el tiempo que duren las consecuencias económicas de la presente crisis.
Medidas Económicas para los particulares en España durante la crisis del COVID-19
Trabajadores afectados por un ERTE
Se les garantiza la prestación por desempleo aunque no hayan cotizado durante el tiempo suficiente.
Ademas, el tiempo que consuman de paro durante el período de duración del ERTE no se les descontará de sus derechos acumulados.
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Reducción de la jornada laboral
Como resultado de la recomendación de realizar teletrabajo y el cierre de los centros educativos y de cuidado de mayores.
Se permitirá a los trabajadores reducir su jornada laboral para el cuidado de familiares de segundo grado (hijos y abuelos), donde se llegará a permitir un 100% de reducción de la jornada.
Esta reducción no requerirá preaviso alguno y no se limita el porcentaje mínimo / máximo. No obstante, no habrá prestación social para cubrir las consecuencias económicas de esta reducción.
Moratoria en el pago de las cuotas hipotecarias
Los trabajadores que acaben en el paro durante las próximas semanas, se podrán beneficiar de esta moratoria.
A falta de más especificación, sería razonable que se alargue durante varios meses o el tiempo que duren las consecuencias económicas de la presente crisis.
Protección a los más vulnerables
Se ha prohibido el corte de suministros de electricidad, agua, gas natural y telecomunicaciones, a los consumidores vulnerables o que están en riesgo de exclusión social. Inicialmente durante un mes, con carácter prorrogable.
Se considera un consumidor vulnerable cuando sufra una pérdida sustancial de sus ingresos, personas mayores y dependientes.
La norma también prorroga la vigencia del bono social eléctrico que deben renovarlo en estos meses, que tendrán tiempo de hacerlo hasta el próximo 15 de septiembre.
Se suspende la revisión de los precios máximos de venta al público de los gases licuados del petróleo envasados, como la bombona de butano, y la tarifa de último recurso (TUR) de gas natural.
Se habilita un fondo específico de contingencia, reforzando la atención a personas mayores, sin techo y en residencias de mayores y dependientes por 300 millones.
Becas comedor
En relación a las familias que recibían la ayuda de las becas comedor.
La Generalitat activará una tarjeta monedero para todas ellas, en la que ingresará la cantidad correspondiente a las comidas que no hayan podido disfrutar desde el pasado viernes 13 de marzo.
De momento, el primer ingreso será para estos primeros quince días, desde el viernes y hasta finales de marzo. Si se alarga el estado de alarma, se irá añadiendo el dinero correspondiente.
Para concluir sobre las medidas económicas durante la crisis del COVID-19
Además de estas medidas, el Gobierno ya ha destacado que no descarta aprobar nuevas ayudas económicas y sociales durante la crisis del Covid-19.
Los mantendremos informados en caso de que haya cualquier actualización en este conjunto de medidas, o en caso de que se aprueben otras medidas. Esperamos que este contenido sea de utilidad para todos aquellos afectados por esta situación, y que os podáis beneficiar del máximo de medidas disponibles.
Son tiempos difíciles e inciertos, pero con el trabajo y sacrificio de todos, superaremos esta adversidad.