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¿Cómo trabajar como psicólogo autónomo en España?

¿Cómo tributo como autónomo? ¿Estoy exento de IVA? ¿Qué modelos debo rellenar? ¿Cuál es el paso a paso? En este artículo resolvemos éstas y otras dudas para orientarte en tus obligaciones y labor como psicólogo autónomo en España.
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psicologo autonomo en españa

Tabla de Contenido

Después de obtener el Grado en Psicología, muchos profesionales optan por trabajar para el sistema de salud público español o son contratados por alguna empresa o instituto de Psicología, sin embargo, nunca falta quien decide ser psicólogo autónomo en España para subsistir.

Pero, para ello debe saber facturar sus servicios y pagar sus impuestos y deberes. Durante la carrera, a muchos psicólogos se les enseña sobre personalidad, neurodesarrollo, comportamiento social, estadística, psicofisiología y muchas otras áreas esenciales para ejercer la profesión; no obstante, poco se les enseña sobre los trámites necesarios para poder ser psicólogo autónomo.

Muchos no tienen ni idea de qué hacer, por ello, para iluminar el camino de estos profesionales, ¡les compartimos esta guía! ¡Sigue leyendo!

Requisitos para ser psicólogo autónomo en España

En primer lugar y como requisito legal, es indispensable colegiarse o ser parte de un Colegio Oficial de Psicólogos para ejercer. Luego, como segundo requisito, debes darte de alta en la Seguridad Social.

Para esto último, según la ley española 20/2007 de Seguridad Social para trabajadores autónomos, “las personas físicas que realicen de forma habitual, personal, directa, por cuenta propia o ajena, una actividad económica o profesional a título lucrativo, den o no ocupación a trabajadores por cuenta ajena” tiene la obligación de darse de Alta en la Seguridad Social, en este caso, para ser psicólogo autónomo en España.

Si quieres saber más detalles sobre cómo hacer este paso, te invitamos a leer este artículo de nuestro blog.

Ahora, según esta misma ley, siempre y cuando se realice una actividad económica por cuenta propia y de forma habitual, también es obligatorio darse de alta en la Seguridad Social en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA), según el margen de duración del trabajo, su horario y la remuneración que se reciba por él. Esto será obligatorio cuando la actividad que desempeñemos como psicólogos se realice de forma ‘habitual’ o ‘puntual’ pero se percibe una retribución económica mayor que el Salario Mínimo Interprofesional (SMI).

Después, deberás darte de alta también en Hacienda, siendo censado en el Impuesto sobre Actividades Económicas o IAE y rellenando el formulario 037 de alta de Autónomos (con el epígrafe 776). 

Con estos requisitos, ya se puede comenzar a facturar como psicólogo autónomo en España.

Te invitamos a ver el siguiente video para que sepas un paso a paso de todo el proceso de inscripción a la Seguridad Social como autónomo:

El IVA, IRPF y otras exenciones

A la hora de facturar, la mayoría de profesionales debe tener en cuenta el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) y el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), para calcularlos y pagar el porcentaje correspondiente a la actividad profesional en cada una de las facturas.

Sin embargo, varias actividades profesionales no están gravadas por el IVA según el artículo 20.3 de la ley 37/1992 del Impuesto sobre el Valor Añadido, por ejemplo, las de ámbito sanitario (siempre y cuando estén reconocidas por la administración) como los médicos y los psicólogos clínicos. No obstante, está la condición de que estos profesionales deben ser diplomados en Centros oficiales o reconocidos por la administración española, es decir, ser titulados de una institución de España.

Así las cosas, todo psicólogo autónomo en España que sea graduado o especialista en psicología clínica o general sanitario, y la actuación profesional se base en la salud, no tendrá que facturar el IVA.

He aquí un ejemplo de todo lo que puedes ahorrarte con esta exención si fueras un psicólogo clínico autónomo:

Si el profesional tuviera beneficios monetarios de €60.000 al año por su labor, pero tuviera que pagar un 21% de IVA, de ese valor tendría que descontar aprox. €10.413 (21% x €60.000 / (1 + 21%) = €10.413,22); de ahí, le quedarían €49.587 al año de beneficios sin incluir lo que debe pagar en Seguridad Social y en impuesto IRPF.

Pero, al estar exento de IVA, ser psicólogo en España con enfoque clínico y €60.000 de beneficios al año sólo debe preocuparse por el pago de su Seguridad Social (aprox. €720/año si es nuevo autónomo) y el del impuesto IRPF que puede ser entre el 19 – 23,50% de sus ganancias dependiendo de los tramos IRPF de la comunidad autónoma donde se encuentre.

Si fuera en la Comunidad Valenciana, de los €60.000 de ingresos brutos, le quedarían €48.034 restando la Seguridad Social e IRPF (60.000-720 -11.246.60= €48.034).

En el caso de las retenciones IRPF (algo muy diferente al pago del impuesto), las facturas que tengan como receptor a un particular no autónomo no tienen que incluir la retención de IRPF, es decir, si la factura es para un paciente particular no se tendrá que restar de ésta.

Pero, si los servicios como psicólogos son ofrecidos a una empresa, institución o autónomo, la factura sí estará grabada por el IRPF, indicando el porcentaje retenido y la cuantía. Por lo general, se aplica retención del 15% aunque en los primeros 3 años es posible que la retención sea del 7%.

Realizar tus propias facturas

Este proceso es relativamente sencillo si se tiene en cuenta los siguientes elementos a constar, para cobrar como psicólogo autónomo en España se debe:

  • En el documento debe dejarse claro que es una factura, siendo necesario que el título aparezca visible en el encabezado. También se agrega un número de factura, una fecha de emisión, la hora (opcional), con el fin de organizar las facturas secuencialmente con el tiempo.
  • Indicar los datos básicos del emisor como el receptor de la factura, siendo el emisor el profesional y el receptor el paciente: Nombres, apellidos, DNI o CIF si es empresa, domicilio fiscal con población, provincia y código postal.
  • Describir los servicios por los que se cobra, así como la cantidad de unidades de dicho servicio proporcionado y el precio unitario o neto por cada uno de los servicios. 
  • Indicar los impuestos a cobrar en la factura (IVA y el IRPF): estas retenciones tienen que restarse en la propia factura de la base imponible, indicando tanto el por ciento como el total de la cantidad en € retenido. 
  • Dejar constancia de la titularidad del fichero de datos indicando el responsable, el uso que se le dará a la factura y un listado de los derechos del usuario. En el caso de estar exento de retenciones, se debe mencionar en la factura indicando qué ley obedece la exención.

Finalmente, si tienes más dudas sobre cómo ejercer tu carrera como psicólogo autónomo en España puedes contactarnos o agendar una consulta online gratuita para brindarte una mejor asesoría. Igualmente recuerda que sea cual sea tu decisión, en Entre Trámites contamos con servicios para autónomos, pymes o para la constitución de tu empresa.

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