constitución Autónomo Societario en españa

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¿Cómo iniciar tu proceso como autónomo societario en España?

Tu guía para ser autónomo societario en españa

¿Qué significa autónomo societario?

En España, el término «autónomo societario» hace referencia a un profesional autónomo que, a pesar de trabajar de manera independiente, decide constituir su actividad económica bajo una forma jurídica societaria. En otras palabras, se trata de una persona que realiza una actividad económica de manera individual, pero ha optado por establecer una sociedad (generalmente una sociedad limitada) para llevar a cabo su actividad como trabajador autónomo.

Esta elección puede deberse a diversas razones, como beneficios fiscales, limitación de responsabilidad, o la necesidad de asociarse con otros profesionales en un entorno más formal y estructurado.

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¿Cómo saber si soy residente fiscal en España?

La residencia fiscal se refiere a la nación en la que se reside predominantemente, se presentan las declaraciones de la renta y se cumplen las obligaciones fiscales. Si cumples uno de estos requisitos, se te considera residente fiscal en el país:

¿Qué ocurre si tengo inversiones inmobiliarias?

Para aquellos no residentes que poseen una vivienda o inmueble en España existen ciertas obligaciones tributarias a considerar dependiendo de cada caso:

Inversiones Inmobiliarias Alquiladas a Otros:

Se debe presentar una declaración de impuestos en España. El impuesto se calcula sobre la renta bruta obtenida por el alquiler de la propiedad. La tasa impositiva es del 24%.

Además, el propietario debe designar un representante fiscal en España para cumplir con las obligaciones fiscales.

Inmuebles Utilizados como Segunda Vivienda y Alquilados Ocasionalmente:

También se debe presentar una declaración de impuestos en España. En este caso, el impuesto se calcula sobre la renta bruta obtenida por el alquiler de la propiedad menos los gastos deducibles. La tasa impositiva es del 19%.

Los gastos deducibles incluyen los costos de mantenimiento, reparación y mejora de la propiedad, así como los intereses hipotecarios y los impuestos locales.

Además, el propietario debe designar un representante fiscal en España para cumplir con las obligaciones fiscales.

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¿Cuál es el Proceso de Constitución como Autónomo Societario en España?

El proceso para convertirte en autónomo societario en España involucra varios pasos esenciales:

Requisitos y Documentación necesaria

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Constitución de Asociación

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  • Inscripción en el Registro Público de Asociaciones **
  • Preparación del Modelo de Estatuto y del Acta Fundacional.
  • Solicitud del Certificado de Denominación Social.
  • Solicitud del Certificado Digital de persona física.
  • Solicitud del NIF de la Asociación.
  • Apertura de la cuenta bancaria de la asociación.
  • Registro del IAE de la asociación con Agencia Tributaria (si se ejercerá una actividad económica).
  • Seguimiento en línea.
  • Tu propio gestor personal con asesoría ilimitada.
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Preguntas frecuentes

Info

Autónomo Societario es aquel que ha constituido una sociedad mercantil y es su administrador.

Aquellos que causen alta inicial o que no hubieran estado en situación de alta en los 2 años inmediatamente anteriores, a contar desde la fecha de efectos del alta, en el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos (RETA).

Sí. La medida no solo reconoce el derecho a tarifa plana a los nuevos autónomos societarios sino que también adquiere carácter retroactivo. Por tanto, aquellos autónomos societarios a los que se les denegara la tarifa plana pueden ahora solicitar la devolución de las cuotas abonadas en exceso, siempre que no hayan pasado cuatro años desde el primer pago.

Si ponemos el foco en el artículo 31 de la Ley 20/2007, de 11 de julio, del Estatuto del trabajo autónomo, el autónomo que se dé de alta en el RETA y opte por cotizar por la base mínima habrá de pagar una cuota reducida de 80 euros durante el primer año. En caso de optar por una base superior a la mínima se aplicaría una reducción del 80% sobre la cotización por contingencias profesionales.

Si tienes dudas de la documentación requerida en tu caso, consulta con nuestros expertos.

La respuesta es no. Tesorería General de la Seguridad Social nos hace notar el motivo. El autónomo societario no comparte base mínima de cotización con el autónomo persona física sino que es ligeramente superior. Atendiendo a que el primero cotiza por una base de 1.214,10 euros mientras que el segundo lo hace por 944,40 euros, la cuota por tarifa plana del autónomo societario pueda rondar los 85 euros durante el primer año, es decir, el resultado de aplicar la reducción del 80% sobre la cotización por contingencias comunes

Además, la cuota reducida comprende tanto las contingencias comunes como las contingencias profesionales. 

No debemos olvidar que el Estatuto del trabajo autónomo indica que a partir del segundo año, tras el alta como autónomo en Seguridad Social, se establecen también las siguientes bonificaciones: 

  • Meses 12 al 18: 50% de reducción de la cuota mínima por contingencias comunes durante el segundo semestre. 
  • Meses 18 al 24: 30% de reducción de la cuota mínima por contingencias comunes durante el siguiente semestre. 
  • Meses 24 al 36: 30% de bonificación de la cuota mínima por contingencias comunes únicamente para nuevos autónomos menores de 30 años y autónomas menores de 35 años. 

Proceso

Según cada caso particular, la documentación a presentar es diferente.

En el momento en que contrates el servicio analizaremos tu caso y nos pondremos en contacto contigo para indicarte la documentación exacta que debes aportar.

  1. En un plazo máximo de un día laborable, uno de nuestros expertos se pondrá en contacto contigo para comenzar a analizar tu caso en profundidad e indicarte el mejor proceso a seguir, paso a paso.
  2. Sabrás cuál es la documentación necesaria que debes aportar y también podrás ponerte en contacto con nosotros para resolver cualquier duda que te tengas.
  3. Empezaremos a realizar el trámite y te informaremos de cómo va el proceso, manteniéndote siempre al día de cualquier notificación.

Pago

Nuestros precios son transparentes. El precio que ves es el final (al cual se le debe aplicar el 21% de IVA).

El pago debe efectuarse con tarjeta de débito o crédito.

, puedes solicitar la baja del servicio siempre y cuando tu gestor personal NO haya empezado a gestionar tu documentación para iniciar el trámite. El dinero se reembolsará a tu tarjeta en un plazo inferior a 14 días.

Consulta nuestras condiciones de contratación.

Nuestro Equipo

Siempre tendrás atención personalizada y contacto directo con tu gestor.

Podrás comunicarte en cualquier momento (siempre que sea en horario comercial y sobre los servicios que hayas contratado) por correo electrónico o por teléfono, lo que te resulte más cómodo.

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Queremos escucharte y conocer cuáles son tus dudas o lo que necesitas en relación a nuestro servicio para la constitución de una asociación en España. Cuenta con la asesoría de nuestros expertos para aclarar todas tus dudas.

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