Desde el 19 de octubre, entrará en vigor la Ley 18/2022, de 28 de septiembre, de creación y crecimiento de empresa, más conocida como Ley de Crea y Crece, que busca facilitar los trámites al momento de construir sociedades (se podrá crear una sociedad con un capital social de 1 euro).
Objetivos de la Ley Crea y Crece
Esta nueva normativa (Ley Crea y Crece), se creó para mejorar el sector empresarial cumpliendo con los siguientes objetivos:
- Impulsar la creación de empresas, facilitando y flexibilizando el proceso de constitución tanto en sus aspectos económicos (cifra de capital) como formales (trámites de constitución).
- Fomentar el aumento del tamaño empresarial, esto es, el crecimiento de la empresa, para lo cual se introducen medidas de distinto calado en todas las fases del ciclo vital de una empresa, como la reducción de trabas regulatorias y administrativas, el apoyo financiero para el crecimiento de la empresa, flexibilizando los mecanismos de financiación alternativa como el crowdfunding, la inversión colectiva, el capital riesgo y la lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales.
Sociedad Responsable Limitada con un 1 euro de capital social
A partir de ahora será mucho más sencillo constituir una Sociedad de Responsabilidad Limitada. La ley disminuye los trámites para constituir este tipo de sociedades. Ahora bien, este tipo de sociedades se podrán constituir con un capital social de 1 euro. Sin embargo, mientras no se alcance la cifra de 3.000 euros, deben estar sujetas a un régimen especial:
- Deberá destinarse a la reserva legal al menos el 20% del beneficio hasta que dicha reserva, junto con el capital social, alcance los 3. 000 euros.
- En caso de liquidación, voluntaria o forzosa, si el patrimonio de la sociedad fuera insuficiente para atender el pago de las obligaciones sociales, los socios responderán solidariamente de la diferencia entre el importe de 3. 000 euros y la cifra del capital suscrito.
Como consecuencia de la eliminación por la Ley Crea y Crece del capital social mínimo, se deroga la Sociedad Limitada de formación sucesiva (SLFS), que anteriormente permitía constituir sociedades con un capital inferior al mínimo legal (3.000 euros).
Nota: Las SFLS existentes pueden optar por someterse al nuevo régimen o atenerse al régimen propio de la derogada LSC art.4 bis.
Por otro lado, la Ley de Crea y Crece también sustituirá a la Sociedad Limitada Nueva Empresa (SLNE), que eran un subtipo simplificado de SRL con el que se pretendía impulsar la creación de empresas.
Fomento de la constitución telemática de las SRL
La Sociedad Responsable Limitada se puede constituir por medio de dos procedimientos:
- De manera presencial
- De manera telemática desde los Puntos de Atención al Emprendedor (PAE), mediante la utilización del Documento Único Electrónico (DUE) y a través del sistema de tramitación telemática del Centro de Información y Red de Creación de Empresa (CIRCE).
Constitución telemática de las SRL
Obligaciones para los notarios:
- Tienen que informar a los socios fundadores de las ventajas de utilizar los Puntos de Atención al Emprendedor (PAE) y la sede electrónica de CIRCE, para la constitución de la sociedad y otros trámites ligados al inicio de su actividad (obligaciones tributarias y laborales, licencias).
- Deben estar disponibles en la Agenda Electrónica Notarial (como ya exige el RD 421/2015 art.8) y en disposición de constituir una SRL a través de CIRCE, no pudiendo rechazar, salvo causa justificada, ningún trámite de constitución iniciado a través del sistema CIRCE y el Documento Único Electrónico (DUE).
Respecto de la constitución de una SRL mediante escritura pública con formato estandarizado con estatutos tipo, aparte de poder utilizar modelos en las lenguas cooficiales en las distintas comunidades autónomas, la publicación de la inscripción de la sociedad en el BORME queda exenta de tasas.
Por otro lado, en cuanto a la constitución de una Sociedad Responsable Limitada mediante escritura pública con formato estandarizado sin estatutos, se producen estos cambios:
- La inscripción definitiva deberá hacerse en el plazo de 5 días desde el asiento de presentación o, en su caso, de la subsanación (antes era en el plazo ordinario de 15 días).
- Necesaria implantación en cada Registro Mercantil de un servicio remoto de atención al público respecto de la inscripción de cláusulas o pactos estatutarios lícitos.
Creación de un Observatorio contra la morosidad
Para luchar contra la morosidad, desde la Ley Crea y Crece, se obligará a las empresas a expedir una factura electrónica en todas las operaciones comerciales que se realicen. Esto facilitará la trazabilidad de los pagos y permitirá obtener información verificada sobre los plazos de pago.
Esta medida llega ligada a la creación de un Observatorio Estatal de la Morosidad Privada, que analizará y seguirá de manera minuciosa los datos de los plazos de pagos,también promoverá buenas prácticas y publicará anualmente un listado de las empresas morosas.
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