Verifactu en España: La Guía Definitiva para Entender la Nueva Facturación

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Introducción

¿Has oído hablar de Verifactu? Si tienes una empresa o eres autónomo en España, este término va a ser una parte fundamental de tu día a día. Lejos de ser un simple tecnicismo, Verifactu representa una de las transformaciones más importantes en los sistemas de facturación de las últimas décadas, impulsada por la Ley Antifraude.

No es momento de dudar, sino de actuar. Pero no te preocupes, en esta guía te explicaremos de forma clara y sencilla todo lo que necesitas saber para esta transición.

 

¿Qué es Verifactu?

Verifactu es el nombre informal con el que se conoce al sistema de facturación verificable que forma parte de la Ley 11/2021, «Antifraude». Su objetivo principal es luchar contra el fraude fiscal y la evasión de impuestos, garantizando la integridad, inalterabilidad y trazabilidad de las facturas.

En esencia, Verifactu busca que:

  • Todos los programas de facturación que utilicen autónomos y empresas cumplan una serie de requisitos técnicos específicos.
  • Las facturas que se emitan a través de estos sistemas generen un registro informático verificable.
  • Se eliminen los llamados «software de doble uso» que permitían la manipulación de registros de ventas.

 

Implicaciones Clave: ¿Cómo te Afecta en la Práctica?

La implementación de Verifactu trae consigo una serie de cambios y beneficios directos tanto para la administración como para las empresas:

  • Mayor control para Hacienda: La Agencia Tributaria (AEAT) podrá verificar las facturas de forma más rápida y eficiente.
  • Adiós a los «software de doble uso»: Se prohíbe el uso de programas que permitan ocultar ventas.
  • Registros inalterables: Cada factura genera una huella digital (hash) que garantiza que no ha sido modificada.
  • Códigos QR obligatorios: Todas las facturas incluirán un código QR para su verificación instantánea.
  • Transparencia y seguridad: Aumenta la confianza en todo el proceso de facturación.
  • Impulso a la digitalización: Acelera la modernización de los procesos contables en España.

 

Verifactu: Tecnico

El RD 1007/2023 obliga a que todo software de facturación implemente una serie de medidas de seguridad. Estas son las más importantes:

La Huella Digital (Hash): El Sello Interno de Seguridad

Por cada factura, el sistema debe generar un registro informático y calcular su «huella digital» (hash) usando el algoritmo SHA-256. El punto clave es el encadenamiento (chaining): para calcular el hash del registro «N», se toman sus datos y se les añade el hash del registro «N-1». Esto crea una cadena secuencial inquebrantable que evidencia cualquier intento de manipulación. Las facturas no se borran; se emite un registro de anulación que también queda encadenado.

El Código QR: La Ventana de Verificación Externa

Toda representación de una factura (PDF o impresa) deberá incluir un código QR visible. Es importante saber que este código NO contiene el hash, sino una URL que apunta a un servicio de la AEAT e incluye datos clave de la factura para su cotejo:

  • NIF del emisor.
  • Número y serie de la factura.
  • Fecha de expedición.
  • Importe total.

Especificaciones Técnicas del QR: Debe cumplir el estándar ISO/IEC 18004, tener un tamaño con un lado mínimo de 20mm y un lado máximo de 40mm, y usar un nivel de corrección de errores «M» (medio).

 

¡Atención a las Fechas! Un Calendario que No Puedes Ignorar

Las fechas de implementación de Verifactu:

  • 29 de julio de 2025: Fecha límite para que los desarrolladores de software solo puedan vender programas que cumplan con Verifactu.
  • 1 de enero de 2026: Obligatoriedad de uso para la mayoría de empresas (sujetas al Impuesto sobre Sociedades).
  • 1 de julio de 2026: Obligatoriedad de uso para el resto de contribuyentes, incluyendo la gran mayoría de autónomos.

 

«Facturas Verifactu» y «No Verifactu»:

Una vez la normativa entre en vigor, todo software deberá ser conforme, pero permitirá dos formas de trabajar. Es fundamental entender la diferencia, y que ambas son 100% legales.

Opción 1: Sistema Básico Conforme ( «Factura No Verifactu»)

Esta es la opción mínima obligatoria para todos. El software cumple con todos los requisitos de seguridad (genera el hash encadenado, el QR, los registros inalterables, etc.) pero NO envía ninguna información a la Agencia Tributaria de forma automática. La empresa simplemente genera sus facturas legales y custodia los registros seguros por si la AEAT los solicita en una futura inspección.

Opción 2: Sistema de Emisión «Veri*factu» («Factura Verifactu»)

Esta es una opción totalmente voluntaria. Si el software utilizado lo permite, el usuario puede activar el envío automático de los registros de facturación a la AEAT.

¿Cómo funciona? Al emitir una factura, el sistema envía de forma segura e inmediata el registro fiscal a los servidores de Hacienda.

¿Qué diferencia hay en la factura? La principal ventaja visible es que la factura podrá incluir la leyenda «VERI*FACTU», lo que aporta un plus de transparencia y fiabilidad ante clientes y la propia administración.

¿Qué ventaja tiene? Además de la transparencia, se espera que esta vía simplifique en el futuro obligaciones informativas, como la presentación de declaraciones de impuestos.

 

Verifactu vs. Factura Electrónica B2B (Ley Crea y Crece)

Es vital no confundir estas dos grandes reformas. Son complementarias, pero diferentes.

  • Verifactu (Ley Antifraude): Se centra en el CÓMO. Define cómo debe ser el software con el que generas TODAS tus facturas (a empresas y a particulares) para que sea seguro.
  • Factura Electrónica B2B (Ley Crea y Crece): Se centra en el QUÉ. Define qué tipo de factura debes enviar en tus operaciones con otras empresas o autónomos (un fichero electrónico con formato estructurado), con el fin de luchar contra la morosidad.

En resumen: estarás obligado a enviar facturas electrónicas a tus proveedores (Ley Crea y Crece), y deberás hacerlo con un programa que cumpla las reglas de seguridad de Verifactu.

 

¿Y ahora qué? Tu Plan de Acción en 3 Pasos

Puedes empezar a actuar hoy mismo:

  1. Contacta (YA) con tu Proveedor de Software: Es la acción más importante. Pregúntale directamente si su solución cumplirá con todos los requisitos del Reglamento Verifactu (RD 1007/2023) y si estará lista antes de tu fecha límite. Pide una confirmación por escrito o busca una «Declaración Responsable» en su web.
  2. Verifica tus Certificados Digitales: La nueva normativa exige el uso de firmas electrónicas. Asegúrate de que el certificado digital de tu empresa o el tuyo como autónomo esté en vigor y accesible.
  3. Informa y Forma a tu Equipo: Si tienes personal encargado de la facturación, comparte esta información con ellos. Es crucial que todo el equipo esté al tanto de los cambios que se avecinan.

 

Preguntas Frecuentes (FAQ)

1. ¿Con Verifactu estoy obligado a enviar todas mis facturas a Hacienda en tiempo real? No, el envío de los registros de facturación a la AEAT es completamente opcional. La única obligación es utilizar un software que cumpla con los requisitos técnicos de seguridad (hash, QR, etc.).

2. ¿Ya no podré imprimir un PDF para entregar una factura a un cliente? Sí, podrás seguir entregando una representación de la factura en PDF o papel. La condición es que ese documento haya sido generado por un software Verifactu y que incluya de forma obligatoria el código QR visible y legible.

3. ¿Cuál es la diferencia principal entre Verifactu y la Ley Crea y Crece? Verifactu se refiere a la seguridad del software que usas para CUALQUIER factura (B2B o B2C). La Ley Crea y Crece se refiere a la obligación de intercambiar facturas electrónicas únicamente en operaciones entre empresas y/o autónomos (B2B).

4. Mi proveedor de software me dice que «está trabajando en ello». ¿Es suficiente? No es recomendable conformarse. Necesitas un compromiso firme y, a ser posible, una «Declaración Responsable» por escrito que certifique que su producto será 100% conforme a la normativa antes de tu fecha límite. La responsabilidad final del uso de un software legal recae sobre el usuario.

5. ¿Qué pasa si no cumplo con la normativa en mi fecha límite?La Agencia Tributaria (AEAT) sanciona con una multa de 50.000 euros por cada ejercicio fiscal a quienes utilicen sistemas informáticos que incumplan la ley (artículo 29.2.j de la LGT).

¿Cuándo se aplica esta sanción?

La multa se aplica específicamente en dos situaciones:

  1. Falta de certificación: Cuando los sistemas informáticos no están certificados, a pesar de que una disposición reglamentaria lo exija.
  2. Alteración de software: Cuando los sistemas o dispositivos que ya estaban certificados han sido alterados o modificados.

 

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