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Solicitud de reagrupación familiar en españa
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¿Qué es la Reagrupación familiar en españa?
La reagrupación familiar en España permite a los extranjeros residentes de forma legal en el país solicitar que ciertos familiares directos se trasladen a vivir con ellos en territorio español.
Esta figura jurídica tiene como objetivo preservar la unidad familiar y facilitar que los miembros de una misma familia puedan residir juntos en España, siempre que el solicitante cumpla con determinados requisitos económicos, de vivienda y de tiempo de residencia legal.
Los familiares directos que pueden ser reagrupados en el marco de la legislación vigente, incluyen:
- Cónyuge o pareja registrada: El cónyuge o la pareja registrada de la persona residente en España puede ser reagrupado.
- Hijos menores de edad o con discapacidad: Pueden ser reagrupados los hijos biológicos o adoptivos del residente, así como los de su pareja, siempre que sean menores de 18 años o tengan una discapacidad reconocida que les impida valerse por sí mismos. El residente debe tener la patria potestad o custodia legal.
- Hijos mayores de edad dependientes: En algunos casos, los hijos mayores de edad que dependen económicamente del residente en España pueden ser reagrupados.
- Padres o abuelos: Los ascendientes en primer grado (padres o suegros) pueden ser reagrupados únicamente cuando el reagrupante tenga una autorización de residencia de larga duración o larga duración-UE. Además, deben ser mayores de 65 años (salvo razones humanitarias) y estar a cargo del solicitante, lo que implica demostrar el envío periódico de remesas y la dependencia económica efectiva.
Beneficios de la reagrupación familar en españa
Educación
Los hijos reagrupados pueden acceder al sistema educativo español, que ofrece una educación de calidad y muchas oportunidades de desarrollo académico.
Trabajo y Derechos Legales
Los familiares reagrupados generalmente tienen derechos legales y protección en España, lo que les permite vivir y trabajar en el país de manera segura y legal.
Acceso a Servicios de Salud
Los familiares reagrupados pueden acceder al sistema de salud público en España, lo que les brinda atención médica de calidad.
Requisitos Y documentación para solicitar la reagrupación familiar en españa
- NO ser ciudadano de la Unión Europea, del Espacio Económico Europeo ni de Suiza, ni familiar de ciudadanos de estos países al que le sea de aplicación el régimen comunitario.
- NO tener prohibida la entrada a España, ni estar incluido como rechazable en el espacio Schengen.
- Impreso de solicitud en el Modelo oficial EX- 02 por duplicado, debidamente cumplimentado y firmado por el reagrupante.
- Copia del pasaporte completo, título de viaje o cédula de inscripción en vigor del reagrupante.
- Copia compulsada de la documentación que acredite que cuenta con empleo y/o recursos económicos suficientes para atender las necesidades de la familia. Para ello podrá presentar el contrato de trabajo o la declaración del IRPF.
- Documentación acreditativa de disponer de vivienda adecuada. Para ello deberá adjuntar informe expedido por el órgano competente de la Comunidad Autónoma del lugar de residencia del reagrupante. El informe podrá ser emitido por la Corporación Local cuando así se haya establecido por la Comunidad Autónoma.
- Copia del pasaporte completo y en vigor o del título de viaje del reagrupado.
- Copia de la documentación acreditativa de los vínculos familiares o de parentesco o existencia de la unión de hecho o de la representación.
- Documentación acreditativa de tener garantizada asistencia sanitaria.
Documentación adicional enfocada a cada caso
En el caso de reagrupar al cónyuge o pareja:
- Declaración jurada del reagrupante de no residir con él en España otro cónyuge o pareja.
- Si está casado en segundas o posteriores nupcias, resolución judicial que fije la situación del cónyuge anterior y de sus hijos.
En el caso de reagrupar a hijos:
- Si son reagrupados por un solo progenitor, debe presentar ls documentación acreditativa de ejercer en solitario la patria potestad, tener otorgada la custodia, o de que el otro progenitor autoriza su residencia en España.
- Si son mayores de dieciocho años y no son objetivamente capaces para proveer sus propias necesidades, documentación acreditativa.
- Si son hijos adoptivos, resolución por la que se acordó la adopción.
En el caso de representados por el reagrupante:
- Si son mayores de dieciocho años y no son objetivamente capaces para proveer sus propias necesidades, documentación acreditativa.
En el caso de reagrupar a ascendientes:
- Documentación acreditativa de que el reagrupante durante el último año de residencia en España ha transferido fondos o soportad.
- Documentación acreditativa de las razones que justifican la necesidad de autorizar la residencia en España.
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Preguntas Frecuentes
Proceso
- Evaluación: Nuestro equipo de expertos evaluará tus circunstancias personales y determinará el procedimiento más adecuado para ti.
- Documentación: Te ayudaremos a reunir toda la documentación e información necesaria requerida.
- Solicitud: Completaremos y presentaremos tu solicitud a las autoridades españolas pertinentes en tu nombre.
- Seguimiento: Nuestro equipo también supervisará el progreso de tu solicitud y te proporcionará actualizaciones sobre su estado. Te ayudaremos con cualquier requisito adicional o pregunta de las autoridades.
En nuestros servicios NO está incluido:
- Traducción de documentos o solicitud de antecedentes penales (sin embargo, puedes solicitar este servicio por separado).
- El coste de las tasas administrativas (sólo se ofrece por separado para la tasa 790-052), el coste de apostillas o legalizaciones, y el coste de la documentación acreditativa del vínculo familiar.
- Tampoco se contempla en el servicio el acompañamiento presencial a las citas.
La solicitud de reagrupación familiar puede ser presentada de dos maneras diferentes. La primera opción es de forma presencial en la Oficina de Extranjería de la provincia en la que resida el reagrupante. Para hacerlo de esta manera, es necesario programar una cita previa.
La segunda opción es presentar la solicitud de forma online a través de la Sede Electrónica de las Administraciones Públicas. Esto es posible si se cuenta con un certificado digital válido.
En nuestra sección de blog encontrarás mas información relacionada con la reagrupación Familiar.
El tiempo varía, pero puede tomar varios meses desde la presentación de la solicitud hasta la aprobación final y la llegada de los familiares a España.
Sí, por lo general se requiere demostrar que se tienen medios económicos suficientes para mantener a la familia sin depender de asistencia social.
Si tu solicitud es rechazada, generalmente puedes presentar un recurso o apelación. Es importante buscar asesoramiento legal en este caso. Nosotros desde Entretrámites te asesoramos legalmente en caso de tener este resultado.
Pago
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Sí, puedes solicitar la baja del servicio siempre y cuando tu abogado NO haya empezado a gestionar tu documentación para iniciar el trámite. El dinero se reembolsará a tu tarjeta en un plazo inferior a 14 días.
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