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Solicitud de arraigo social en españa
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¿Qué es el Arraigo social en españa?
El arraigo social es una autorización de residencia temporal por circunstancias excepcionales dirigida a personas extranjeras que han residido de manera continuada en España durante al menos tres años, se encuentran en situación administrativa irregular y han desarrollado lazos sociales, familiares o de integración en el país.
Este tipo de residencia permite regularizar la situación migratoria si se acredita una integración suficiente, ya sea a través de vínculos familiares con ciudadanos españoles o residentes legales, o mediante un informe de integración social emitido por los servicios sociales competentes.
Beneficios del arraigo Social en españa
Residencia y Trabajo Legal
Otorga residencia legal por un año con autorización para trabajar por cuenta ajena o por cuenta propia, lo que permite vivir, trabajar y cotizar legalmente en España.
Estabilidad y Seguridad
Regularizar la situación aporta tranquilidad, acceso a derechos laborales, sociales y protección frente a la expulsión o sanciones por estancia irregular.
Acceso a Servicios Públicos
Como residente legal, se tiene derecho al sistema público de salud, educación, inscripción en programas sociales, entre otros servicios básicos.
Requisitos para solicitar el Arraigo Social en españa
- NO ser ciudadano de la Unión Europea, del Espacio Económico Europeo o de Suiza, ni familiar de estos con derecho a régimen comunitario.
- NO tener prohibida la entrada en España ni figurar como rechazable en el espacio Schengen.
- NO estar sujeto a compromiso de no retorno si ha regresado voluntariamente a su país dentro de un plan de retorno asistido.
- Permanencia continuada en España de al menos tres años, con un máximo de ausencia acumulada de 120 días en ese período.
- Acreditar integración social mediante Vínculo familiar directo (cónyuge o pareja de hecho, ascendientes o descendientes) con ciudadanos españoles o residentes legales, o Informe de integración social emitido por el Ayuntamiento o Comunidad Autónoma donde haya residido durante al menos seis meses.
- Compromiso de empleo (contrato de trabajo de al menos un año), actividad económica por cuenta propia, o medios económicos suficientes, siempre que así lo avale el informe de inserción social.
- Todos los documentos deben ser legalizados y/o apostillados y traducidos al castellano o lengua cooficial del territorio donde se presente la solicitud.
Documentación para solicitar el Arraigo social en España
Si trabajas por Cuenta Ajena:
- Contrato de trabajo firmado por empleador y trabajador por un año mínimo, con jornada mínima de 30 horas semanales.
- NIF del empleador y, en su caso, escritura de constitución de la empresa.
- Acreditación de la capacitación o cualificación profesional para ejercer el puesto.
- Documentación que justifique la viabilidad económica del empleador (declaración de IRPF, IVA, Impuesto de Sociedades, informe VILE, etc.).
- Memoria descriptiva del puesto de trabajo y tareas a realizar.
- Se permite aportar varios contratos de diferentes empleadores, siempre que cumplan con el mínimo conjunto de jornada y duración exigidos.
Si trabajas por Cuenta Propia:
- Proyecto del establecimiento o actividad, con inversión prevista, rentabilidad y puestos de trabajo que se puedan generar.
- Documentación que acredite la capacitación profesional.
- Acreditación de que se cuenta con inversión suficiente o apoyo institucional (como avales o cartas de respaldo de ATA, UPTA u otras entidades).
Documentos en común para solicitar el arraigo social
- Modelo EX10 cumplimentado y firmado.
- Copia completa del pasaporte vigente (mínimo 4 meses de validez).
- Certificado de antecedentes penales de los últimos 5 años del país de origen y países donde se haya residido.
- Documentación que acredite la permanencia en España durante tres años: empadronamientos, citas médicas, certificados educativos o de atención social, entre otros.
- Informe de integración social (si no hay vínculo familiar directo).
- En caso de que haya vínculos familiares, documentación acreditativa (certificados de nacimiento, matrimonio, etc.).
¿Aún tienes dudas sobre los requisitos específicos para tu caso?
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Preguntas Frecuentes
Proceso
- Evaluación: Nuestro equipo de expertos evaluará tus circunstancias personales y determinará el procedimiento más adecuado para ti.
- Documentación: Te ayudaremos a reunir toda la documentación e información necesaria requerida.
- Solicitud: Completaremos y presentaremos tu solicitud a las autoridades españolas pertinentes en tu nombre.
- Seguimiento: Nuestro equipo también supervisará el progreso de tu solicitud y te proporcionará actualizaciones sobre su estado. Te ayudaremos con cualquier requisito adicional o pregunta de las autoridades.
En nuestros servicios NO está incluido:
- Traducción de documentos o solicitud de antecedentes penales (sin embargo, puedes solicitar este servicio por separado).
- El coste de las tasas administrativas (sólo se ofrece por separado para la tasa 790-052), el coste de apostillas o legalizaciones, y el coste de la documentación acreditativa del vínculo familiar.
- Tampoco se contempla en el servicio el acompañamiento presencial a las citas.
Se debe presentar una solicitud ante la Oficina de Extranjería de la provincia de residencia, personalmente o por el representante legal en el caso de que el arraigo familiar sea solicitado por un menor o incapaz. En nuestra sección de blog encontrarás mas información relacionada con el arraigo social.
Aunque no podemos garantizar que tu solicitud sea aprobada, podemos ayudarte a preparar tu solicitud y orientarte sobre cómo hacerla lo más sólida posible.
Tenemos experiencia interactuando con las oficinas de inmigración españolas, y podemos ayudarte a navegar el proceso de la solicitud, asegurándonos de que todos los documentos necesarios se presenten correctamente.
Si tu solicitud es denegada, tienes derecho a apelar la decisión o volver a solicitarla con la documentación adicional. Nuestro equipo puede ayudarte con este proceso y orientarte sobre cómo proceder.
No obstante, ten en cuenta que no podemos garantizarte un resultado satisfactorio, ya que la decisión corresponde en última instancia a las autoridades españolas.
El arraigo social se enfoca en tu integración y participación en la sociedad española, mientras que el arraigo familiar está relacionado con la presencia de familiares directos en España que son residentes legales. La elección entre estas vías dependerá de tu situación personal y las circunstancias que mejor se adapten a tus necesidades.
Pago
Puedes ver los precios que manejamos en nuestra sección de precios.
Los pagos deben realizarse con tarjeta de débito o crédito.
Nuestros precios son justos y transparentes: solo pagas por lo que necesitas.
Sí, puedes solicitar la baja del servicio siempre y cuando tu abogado NO haya empezado a gestionar tu documentación para iniciar el trámite. El dinero se reembolsará a tu tarjeta en un plazo inferior a 14 días.
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Podrás comunicarte en cualquier momento (siempre que sea en horario comercial y sobre los servicios que hayas contratado) por correo electrónico o por teléfono, lo que te resulte más cómodo.
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Queremos escucharte y conocer cuáles son tus dudas o lo que necesitas en relación a nuestro servicio para solicitar el permiso de estancia por estudios o el visado de estudiante en España. Cuenta con la asesoría de nuestros expertos para aclarar todas tus dudas.
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