La incertidumbre de quedarse sin ingresos cuando la prestación por desempleo llega a su fin es una preocupación real para miles de personas en España. Sin embargo, no todo está perdido. El subsidio por agotamiento de la prestación contributiva emerge como un salvavidas esencial, ofreciendo un soporte económico fundamental mientras se busca activamente una nueva oportunidad laboral. Si tu prestación contributiva está a punto de extinguirse o ya lo ha hecho, esta guía te ofrecerá claridad y los pasos necesarios para asegurar tus ingresos.
¿Qué es el Subsidio por Agotamiento de la Prestación Contributiva?
El subsidio por agotamiento de la prestación contributiva es una ayuda económica destinada a aquellas personas desempleadas que han consumido por completo su prestación por desempleo (el «paro» contributivo) y que, por su situación familiar y de ingresos, cumplen con unos requisitos específicos. No es una prórroga del paro, sino una ayuda asistencial que garantiza un mínimo vital hasta que el beneficiario consiga reincorporarse al mercado laboral. Es gestionado por el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) y se configura como un apoyo crucial en la transición hacia un nuevo empleo.
¿Quiénes Pueden Solicitarlo? Requisitos Clave
No todos los desempleados pueden acceder a este subsidio; está diseñado para quienes se encuentran en una situación de mayor vulnerabilidad económica tras agotar su prestación contributiva. Aquí te detallamos los requisitos indispensables:
- Haber agotado la prestación contributiva por desempleo: Este es el punto de partida. Es fundamental haber consumido la totalidad del tiempo de paro al que se tenía derecho.
- Estar en situación legal de desempleo: Debes estar inscrito como demandante de empleo en el Servicio Público de Empleo de tu comunidad autónoma y mantener activa tu tarjeta de demanda de empleo (DARDE). Esto implica sellar el paro periódicamente y cumplir con los compromisos de búsqueda activa de empleo.
- Carecer de rentas superiores al 75% del Salario Mínimo Interprofesional (SMI): Este es un requisito económico fundamental. Tus ingresos brutos mensuales, incluida la parte proporcional de pagas extras si las hubiera, no pueden superar el 75% del SMI vigente. En 2025, con un SMI de 1.184 euros brutos al mes en 14 pagas, el límite de rentas se sitúa en 888 euros mensuales. Si convives con familiares, se considerarán las rentas de la unidad familiar (cónyuge e hijos menores de 26 años o mayores con discapacidad) divididas entre el número de miembros. Por ejemplo, si una pareja con un hijo menor no supera en conjunto los 2.664 euros brutos mensuales (3 x 888 euros), podrían cumplir este requisito.
- No haber rechazado ofertas de empleo adecuadas ni cursos de formación: Debes demostrar una actitud activa en la búsqueda de empleo. Rechazar ofertas de empleo o cursos de formación sin causa justificada puede suponer la denegación o suspensión del subsidio por agotamiento de la prestación contributiva.
- No tener derecho a otras prestaciones o subsidios: Este subsidio es subsidiario; es decir, solo se concede si no tienes derecho a otras ayudas de desempleo, como la Renta Activa de Inserción (RAI) o el subsidio para mayores de 52 años, a menos que el subsidio por agotamiento sea más favorable en tu situación específica.
Documentación Necesaria: Prepara tu Expediente
Para solicitar el subsidio por agotamiento de la prestación contributiva, necesitarás presentar una serie de documentos que acrediten tu situación personal y económica. Aunque el SEPE puede variar ligeramente los requisitos, estos son los más comunes:
- Modelo oficial de solicitud: Disponible en la web del SEPE o en sus oficinas.
- Documento Nacional de Identidad (DNI) o NIE: Vigente, tanto del solicitante como de los hijos o cónyuge que convivan con él y que figuren en la solicitud.
- Libro de Familia o Certificado de Nacimiento: Para acreditar las cargas familiares.
- Certificado de empresa: Aunque en muchos casos el SEPE ya dispone de la información, si tu última empresa no lo ha comunicado telemáticamente, podrías necesitarlo.
- Justificantes de rentas: Documentos que acrediten los ingresos de todos los miembros de la unidad familiar, como nóminas, certificados de prestaciones, declaraciones de la renta (IRPF), etc. El SEPE suele consultar directamente a la Agencia Tributaria, pero tenlos a mano por si acaso.
- Cualquier otro documento que el SEPE te pueda requerir para verificar tu situación.
Duración y Cuantía: ¿Cuánto y Por Cuánto Tiempo?
La cuantía del subsidio por agotamiento de la prestación contributiva ha sido modificada con la entrada en vigor del Real Decreto-ley 2/2024, de 21 de mayo. Actualmente, la cuantía es la siguiente.
- Primeros 6 meses: 95% del IPREM, es decir, 570 euros mensuales.
- Siguientes 6 meses: 90% del IPREM, es decir, 540 euros mensuales.
- Resto del periodo: 80% del IPREM, es decir, 480 euros mensuales.
La duración del subsidio varía en función de tu situación familiar y la duración de la prestación contributiva agotada. En general, la duración máxima es de 30 meses, aunque puede variar según las circunstancias personales. Para cada prórroga, deberás solicitarla y demostrar que sigues cumpliendo los requisitos de rentas y cargas familiares.
Es crucial recordar que, durante el periodo de percepción del subsidio, el SEPE cotiza por ti a la Seguridad Social para la prestación de jubilación, lo cual es un punto muy importante a considerar para tu futuro.
Dónde y Cómo Solicitarlo: Pasos Sencillos
El plazo para solicitar el subsidio por agotamiento de la prestación contributiva es crucial: tienes 15 días hábiles desde el día siguiente al agotamiento de tu prestación contributiva o desde que cumples el requisito de carencia de rentas si no lo cumplías antes.
Puedes presentar la solicitud de varias maneras:
- Sede electrónica del SEPE: Es la vía más rápida y recomendada si dispones de certificado digital, DNI electrónico o Cl@ve. Accede al apartado «Personas» y busca «Solicitud de prestaciones».
- Oficinas del SEPE: Pide cita previa a través de la web o el teléfono del SEPE.
- Oficinas de Registro Públicas: Puedes presentar la solicitud en cualquier oficina de registro de la Administración General del Estado, comunidades autónomas o ayuntamientos.
- Por correo administrativo: Enviando la solicitud y la documentación a la Dirección Provincial del SEPE correspondiente.
Una vez presentada la solicitud, el SEPE tiene un plazo de 15 días para resolver. En caso de no recibir respuesta en ese tiempo, se entenderá por silencio administrativo negativo. Si la resolución es favorable, empezarás a cobrar el subsidio a partir del día siguiente al de tu solicitud.
Un consejo importante: Si percibes el subsidio y encuentras un trabajo a tiempo parcial, es posible compatibilizarlo bajo ciertas condiciones, reduciéndose la cuantía del subsidio en proporción a las horas trabajadas. Siempre informa al SEPE de cualquier cambio en tu situación laboral para evitar problemas. Puedes encontrar más detalles sobre la compatibilidad en la web oficial del SEPE.
Preguntas Frecuentes (FAQs)
¿Puedo solicitar el subsidio por agotamiento de la prestación contributiva si ya tengo un empleo a tiempo parcial?
Sí, es posible, pero con matices. Si tu contrato a tiempo parcial comenzó después de agotar la prestación contributiva, la cuantía del subsidio por agotamiento de la prestación contributiva se reducirá proporcionalmente a la jornada que realices en tu nuevo empleo. Es decir, si trabajas el 50% de la jornada, cobrarás el 50% del subsidio. Es crucial que comuniques esta nueva situación al SEPE de inmediato, ya que el incumplimiento podría acarrear sanciones. El SEPE evaluará tu situación y ajustará la cuantía para asegurar que no superes el límite de rentas establecido.
¿Puedo viajar al extranjero mientras cobro el subsidio por agotamiento?
Sí, pero con limitaciones y obligaciones de comunicación. Desde el 1 de noviembre de 2024, todas las salidas al extranjero deben comunicarse previamente al SEPE, independientemente de su duración o motivo.
- Si el viaje es por un periodo inferior a 30 días naturales al año, puedes comunicarlo y seguir cobrando el subsidio, siempre que notifiques tu salida y te presentes en la oficina de empleo al volver.
- Para viajes de más de 30 y hasta 90 días, se requiere autorización previa y se suspenderá el abono del subsidio durante tu ausencia.
- Si el viaje supera los 90 días, el subsidio se extinguirá salvo que se trate de motivos laborales, de formación o cooperación internacional autorizados.
Hay excepciones para viajes por motivos de búsqueda de empleo, formación o tratamiento médico, pero siempre deben estar autorizados previamente por el SEPE.
El subsidio por agotamiento de la prestación contributiva es una herramienta valiosa que el sistema de protección social español pone a tu disposición para mitigar el impacto del desempleo prolongado. Conocer sus requisitos, duración, compatibilidades y tus obligaciones, como las relativas a salidas al extranjero, te permitirá afrontar este periodo con mayor seguridad y concentración en tu objetivo principal: encontrar un nuevo empleo. No dejes pasar esta oportunidad y asegúrate de cumplir con todos los pasos para acceder a esta ayuda vital. Tu tranquilidad y estabilidad económica pueden depender de ello.
¿Necesitas ayuda personalizada para solicitar el subsidio por desempleo o resolver dudas con el SEPE? En Entre Trámites ofrecemos servicios de gestoría y asesoría para trabajadores en situación de desempleo. Puedes contactarnos a través de este formulario de contacto para que te llamemos, o si lo prefieres, puedes agendar una asesoría gratuita o escribirnos por WhatsApp. Estamos aquí para acompañarte en cada paso del proceso.