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Se reactivan los juzgados en el Estado de Alarma

Se reactivan los juzgados en el Estado de Alarma
Se reactiva la actividad de los juzgados por medios telemáticos tras la suspensión total, el pasado 14 marzo, de todas sus actuaciones y plazos procesales.

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Se reactiva la actividad de los juzgados por medios telemáticos tras la suspensión total durante el Estado de Alarma: todas sus actuaciones y plazos procesales.

Se permite la presentación de escritos de manera telemática

El pasado 14 de marzo de 2020, se acordó la suspensión de las actuaciones judiciales y de los plazos procesales en todo el territorio nacional. Sin embargo, se garantizaba los servicios esenciales de la Administración de Justicia.

Días después, el 18 de marzo de 2020, el CGPJ ordenó que durante el estado de alarma solo podrán presentarse escritos procesales vinculados a actuaciones judiciales urgentes. Siempre a través de LexNET o de los sistemas telemáticos equivalentes habilitados en Navarra, Aragón, Cantabria, Cataluña y el País Vasco. En ningún caso se podían presentar escritos de manera presencial.

Colapso en los juzgados durante el Estado de Alarma

En esta situación de paralización casi total muchas voces del sector jurídico empezaron a denunciar la situación de colapso y paralización de la administración de justicia, con la consiguiente merma de derechos e intereses y particulares.

En los últimos días, y en el nuevo escenario en el que ya no se aplican los criterios de confinamiento cualificado, el Ministerio de Justicia, de forma consensuada con el CGPJ, aprobó el pasado lunes una resolución para adaptar los servicios judiciales a la situación actual.

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Se reanuda la actividad por medios telemáticos

La norma, que entra en vigor hoy miércoles 15 de abril, acuerda levantar las limitaciones establecidas el pasado 18 de marzo a la presentación de escritos por medios telemáticos. En concreto:

  • Se levanta la suspensión de presentación de escritos de demanda, recursos de apelación o casación, o de mero trámite: “El registro de todos los escritos presentados en las oficinas judiciales y fiscales de forma telemática (Lexnet o sistemas equivalentes en País Vasco, Cataluña, Navarra, Cantabria y Aragón), y su reparto a los órganos competentes, para asegurar el adecuado funcionamiento de juzgados y tribunales; recomendándose a estos efectos a abogados, procuradores y graduados sociales una ponderación o moderación en la presentación de escritos para hacer más viable el reparto”; y
  • Se gestionará y tramitará “La llevanza de todos aquellos procedimientos no enmarcados en la categoría de servicios esenciales siempre que lo permitan los medios disponibles”.

Todo ello sin perjuicio, del mantenimiento de la suspensión de los plazos procesales durante la vigencia del estado de alarma.

Sin duda se trata de una medida bienvenida y necesaria, pero insuficiente para desatascar nuestro ya maltrecho sistema de administración de justicia.

Fuente: GD Legal

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