Visado Nómada Digital: Países que aceptan el certificado de cobertura en España

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¿Eres Nómada Digital? Descubre qué países aceptan el certificado de cobertura en España para el Visado DNV

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¿Qué es el certificado de cobertura y por qué es clave para el Nómada Digital?

Si estás planeando convertirte en Nómada Digital y teletrabajar desde España, has escuchado hablar del visado para teletrabajadores internacionales (la famosa Digital Nomad Visa, o DNV). Este permiso es una maravilla, pero tiene un punto crucial que genera muchísimas dudas: la cobertura sanitaria y de Seguridad Social.

Aquí es donde entra en juego el certificado de cobertura.

Hablamos de un documento, a menudo denominado Formulario A1 o similar (dependiendo del país), que acredita ante la Seguridad Social española que ya estás cotizando en tu país de origen y que esa cobertura se mantiene mientras teletrabajas temporalmente desde aquí. En términos técnicos, te permite aplicar la normativa internacional de coordinación de sistemas de seguridad social.

Ojo, ¡esto es vital! Si tu país tiene un convenio bilateral con España y puedes aportar este certificado, te ahorras el alta obligatoria en el Régimen General o el RETA (Régimen Especial de Trabajadores Autónomos) durante el tiempo que te cubra dicho certificado. Es un requisito documental indispensable que puede simplificar enormemente el trámite. Si no lo tienes, o tu país no está en la lista de convenios, tendrás que buscar otras vías, como veremos.

Importante: La normativa que regula estos convenios está recogida por los organismos del Gobierno de España (normalmente la Tesorería General de la Seguridad Social), y puede variar según los acuerdos vigentes. Por ello, la doble verificación con fuentes oficiales siempre es obligatoria.

La lista de países clave: ¿quién sí y quién no en 2025?

En 2025, la Seguridad Social española está siendo muy estricta al aplicar las excepciones y los convenios. Específicamente, para los trabajadores por cuenta ajena (empleados) que solicitan el visado y quieren aportar el certificado de cobertura de su país, la situación actual es muy clara.

Hemos recopilado la información más reciente que manejan las autoridades consulares y la Unidad de Grandes Empresas (UGE) para que sepas si tu documentación será aceptada o rechazada de antemano.

certificado de cobertura

Fuente: Información operativa de expertos en Extranjería y Seguridad Social, verificada contra la normativa de convenios bilaterales de la Seguridad Social.

Alternativas si tu certificado de cobertura no es válido

Si eres de Estados Unidos o de otro país cuyo certificado de cobertura sea denegado, tienes que buscar una solución alternativa. La DNV exige, como hemos dicho, que tengas cobertura sanitaria en España.

Hay dos vías principales para resolver esta situación y no paralizar tu solicitud:

1. Dar de alta a tu empresa en España

Esta es la alternativa más directa, aunque implica más burocracia para tu empleador extranjero.

  • ¿En qué consiste? Tu empresa extranjera debe inscribirse como empleador en la Seguridad Social española (solicitando un Código de Cuenta de Cotización). Una vez inscrita, deberá darte de alta a ti, el trabajador, en el Régimen General de la Seguridad Social.
  • Ventajas: Cumples al 100% con la exigencia de cobertura sanitaria pública y cotización en España.
  • Desventajas: El proceso puede ser complejo para la empresa extranjera y requiere asesoramiento especializado. Además, implica el pago de las cotizaciones sociales en España.

2. Cambiar tu relación contractual a modelo freelance

Si tu empresa no quiere o no puede darse de alta en España, puedes negociar un cambio en tu contrato para pasar de ser empleado (worker) a ser consultor o autónomo (freelancer).

  • ¿En qué consiste? Pasas a trabajar bajo un contrato mercantil (en lugar de laboral) y te das de alta en España como autónomo extranjero (en el RETA) inmediatamente después de la resolución favorable de tu visado/autorización de residencia.
  • Ventajas: La empresa extranjera se desvincula de las obligaciones de la Seguridad Social española. Como autónomo, te beneficiarás de la tarifa plana durante el inicio de tu actividad.
  • Desventajas: La DNV requiere que la relación laboral tenga una antigüedad mínima de tres meses con la empresa/cliente que te autoriza a teletrabajar. Asegúrate de que este cambio contractual no afecte la justificación de esa antigüedad y, sobre todo, que tu empresa lo acepte.

El paso a paso: ¿cómo afrontar el trámite sin dramas?

Una vez que tengas clara tu situación con respecto al certificado de cobertura, sigue estos pasos para asegurarte de que tu solicitud de Nómada Digital sea un éxito:

1. Revisa tu situación contractual.

  • Si eres empleado de Reino Unido, Canadá o Rusia, solicita ya el certificado de cobertura a la institución de Seguridad Social de tu país.
  • Si eres empleado de Estados Unidos, comienza a explorar inmediatamente las alternativas de alta de empresa o el cambio a autónomo. No pierdas tiempo.

2. Justifica la relación laboral.

Asegúrate de tener una carta de tu empleador extranjero que autorice el teletrabajo en España. Esta debe especificar los términos y condiciones de tu puesto, el sueldo y confirmar la relación de al menos tres meses de antigüedad.

3. Acredita los medios económicos.

Tienes que demostrar que tienes recursos suficientes. En 2025, el mínimo es el 200% del Salario Mínimo Interprofesional (SMI) en España. Para tu cónyuge o pareja y cada dependiente adicional, se requiere un porcentaje extra.

4. El seguro médico privado (si no tienes el certificado).

Si el certificado de cobertura no es una opción para ti, necesitarás contratar un seguro médico privado con una entidad que opere en España. Debe ser un seguro completo, sin copagos, ni periodos de carencia, y con las mismas coberturas que el Sistema Nacional de Salud.

Una vez que tu documentación esté lista, puedes solicitar el visado desde el Consulado de España en tu país (para un permiso de 1 año) o, si ya estás legalmente en España, directamente ante la UGE (para un permiso inicial de 3 años).

El camino para teletrabajar desde España es real y está a tu alcance. Con la información clara sobre tu certificado de cobertura y planificando con antelación, conseguirás resolver el trámite sin complicarte la vida. Lo más importante es empezar a preparar los documentos conociendo de antemano la postura de la administración española ante tu situación específica.

Preguntas Frecuentes

¿Qué pasa si mi país tiene un convenio bilateral, pero mi certificado no es aceptado por la Seguridad Social?

La aceptación final depende de cómo la Seguridad Social española interprete la aplicación de ese convenio para el teletrabajo. Si lo rechazan (como sucede actualmente con EE. UU.), deberás recurrir a la contratación de un seguro médico privado completo o, si eres empleado, tramitar tu alta en la Seguridad Social española (RETA o Régimen General) para cumplir el requisito de cobertura sanitaria.

Si aporto el certificado de cobertura, ¿puedo usar la sanidad pública en España?

Sí, si aportas un certificado de cobertura válido (como un Formulario S1 o similar) que acredite que mantienes tu derecho a asistencia sanitaria en tu país de origen conforme a los reglamentos internacionales, tendrás derecho a recibir asistencia sanitaria pública en España con cargo a tu país. Si no tienes este certificado, la cobertura la garantiza el seguro privado o el alta en la Seguridad Social española.

¿Debo pagar impuestos en España si mi certificado de cobertura fue aceptado?

La aceptación del certificado de cobertura solo resuelve tu obligación de cotizar a la Seguridad Social y la cobertura sanitaria. La residencia fiscal es un tema totalmente aparte. Si permaneces en España más de 183 días durante el año natural (el famoso criterio de permanencia), te convertirás en residente fiscal español y deberás declarar tus ingresos aquí, independientemente de dónde cotices a la Seguridad Social.

Si necesitas asistencia personalizada, en Entre Trámites ofrecemos servicios de gestoría y asesoría en temas de extranjería. Puedes contactarnos a través de este formulario de contacto para que te llamemos, o si lo prefieres, puedes agendar una asesoría gratuita o escribirnos por WhatsApp.

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