La mayoría de las personas desean quedarse en España por más tiempo del estimado y, para ello, es importante conocer cuál es el tiempo máximo permitido para estar fuera del país con una tarjeta de residencia en vigor. En este artículo, te proporcionaremos la información necesaria al respecto. Si tienes alguna duda adicional, no dudes en comunicarte con Entre Trámites, ¡te ayudaremos! Además, ¡puedes gestionar tu nacionalidad española con nosotros y agendar una asesoría gratis!
¿Cuánto tiempo se puede estar fuera de España con la tarjeta de residencia?
Las tarjetas de residencia permanente se otorgan por un período de 10 años, ya sea en el régimen general o comunitario. El tiempo máximo permitido fuera de España con este tipo de residencia no debe superar los 12 meses de forma continua ni más de 30 meses en los últimos 5 años.
¿Qué sucede si se pasa más de 6 meses fuera de España?
La autorización de residencia temporal (por dos años) se extinguirá «por la permanencia fuera de España durante más de seis meses en un período de un año» (Art. 162, 2 e). La validez de la autorización de residencia de larga duración se extinguirá «por la permanencia fuera de España durante más de 12 meses consecutivos».
¿Qué ocurre si se sale de España después de los 3 meses?
Si se excede el tiempo permitido, se entraría en situación irregular desde el punto de vista legal. Es decir, según la ley de extranjería, se estaría cometiendo una infracción grave que podría acarrear sanciones importantes. Por lo general, estas sanciones suelen ser multas que oscilan entre 500 y 1000€.
¿Es posible recuperar la residencia si se ha estado fuera de España más del tiempo permitido?
En muchos casos, debido a desconocimiento de los plazos, los extranjeros permanecen fuera del territorio nacional por más tiempo del permitido. En estos casos, lo primero que se debe tener en cuenta es que se podrá regresar a España sin problema, ya que no se prohibirá la entrada, dado que se sigue dentro del plazo de residencia. Sin embargo, pueden ocurrir dos situaciones:
- Si las autoridades detectan que se ha estado fuera más del tiempo permitido, podrían iniciar un procedimiento de extinción de la tarjeta. Durante este procedimiento, se podrían presentar alegaciones para mantener la tarjeta, es decir, se tendría la opción de justificar las salidas. Sin embargo, si estas alegaciones no son suficientemente convincentes o válidas, la tarjeta se extinguiría definitivamente.
- En el caso contrario (lo más común), al intentar renovar la residencia, no se permitiría hacerlo debido a la superación de los plazos establecidos.
En cualquiera de estos dos casos, se perdería la tarjeta y, por ende, la residencia.
¿Es posible recuperarla?
En cuanto a la tarjeta de larga duración, se podría recuperar sin problema, ya que lo que caduca o se extingue no es el derecho a residir en el país (eso está garantizado de manera indefinida), sino la tarjeta física. Esto se puede hacer tanto en la Oficina de Extranjería en España como en el consulado español si se está en el país de origen.
Sin embargo, en el caso de una tarjeta temporal, no se puede hacer lo mismo. En estos casos, si se permanece fuera más de 6 meses, la tarjeta se extinguirá y no se podrá recuperar, lo que implicaría reiniciar el proceso de solicitud desde cero.
Tarjetas temporales bajo el régimen general
En este caso, se incluyen la mayoría de las residencias existentes, como el arraigo, la residencia no lucrativa, el permiso de trabajo regular, entre otros.
En cualquiera de estos casos, se puede estar fuera de España un máximo de 6 meses dentro de un período de un año. Si se excede este plazo, no será posible renovar la residencia.
Residencia por régimen comunitario (temporales)
En este caso, nos referimos a la tarjeta como familiar de comunitario, la cual se obtiene al ser familiar de un ciudadano europeo. En este caso, a pesar de tener una tarjeta válida por 5 años, no se trata de una tarjeta de larga duración, sino temporal.
Por lo tanto, también se dispone de un máximo de 6 meses dentro de un año para salir y viajar fuera del país antes de que la tarjeta se extinga. Sin embargo, la diferencia en este caso es que estos 6 meses pueden ampliarse hasta 12 en algunos supuestos específicos, como situaciones de necesidad real que obliguen a abandonar el país debido a motivos laborales, embarazo, traslado de un familiar o enfermedad.
Es importante tener en cuenta estos plazos y restricciones para asegurarse de cumplir con las regulaciones migratorias en España y evitar problemas legales. Recuerda siempre consultar fuentes oficiales o buscar asesoramiento profesional en caso de tener dudas específicas sobre tu situación migratoria.
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