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¿Qué es el CUE (NIE verde) y cuál es el paso a paso para conseguirlo?

Conoce aquí el paso a paso para tramitar el CUE
El CUE o “NIE verde” es el documento que permite a un extranjero miembro de la UE residir en España, bajo unos requisitos. ¿Cómo se obtiene? ¡Aquí te contamos cómo, según seas trabajador, estudiante o persona natural!

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El Certificado de Registro de Ciudadano de la Unión Europea (CUE) es la identificación que acredita la inscripción en el Registro Central de Extranjeros de los ciudadanos extranjeros de un Estado miembro de la Unión Europea o de otro Estado parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo; y que residirán en España por un periodo superior a 3 meses, según define la Policía Nacional.

Este es un documento obligatorio que se solicita personalmente ante la Oficina de Extranjeros de la provincia española donde pretenda permanecer o residir, o en su defecto, también puede solicitarse ante la Comisaría de Policía correspondiente.

Pero, ¿Cómo se obtiene? ¿Qué requisitos se necesitan? ¿Qué documentación? ¡Aquí te contaremos el paso a paso sobre cómo tramitar el CUE, sigue leyendo! Y, si te quedan dudas, ¡puedes comunicarte con Entre Trámites con una asesoría gratuita… podemos gestionar este papel por ti!

¿Quiénes deben solicitar el CUE?

Todos los ciudadanos de los siguientes países deben tramitar el CUE si desean residir en España por un periodo superior a 3 meses.

Requisitos para obtener el CUE

Para obtener el CUE o NIE verde, en primer lugar debes solicitar una cita previa con la Administración Pública (te indicamos este paso más abajo) y acreditar una de las siguientes condiciones:

  • Eres trabajador por cuenta ajena en España
  • Eres trabajador por cuenta propia en España
  • Dispones de recursos económicos suficientes para mantenerte a ti y a los miembros de tu familia (si es el caso). También debes contar con un seguro de enfermedad público o privado, contratado en España o en otro país, que cubra en España pólizas contratadas en la modalidad de copago.
  • Eres estudiante y estás matriculado en un centro público o privado español reconocido o financiado por la administración educativa para cursar estudios o formación profesional. Además, de declarar que se poseen recursos suficientes para sí y contar con un seguro de enfermedad público o privado contratado en España u otro país que proporcione cobertura completa en España. En este caso, no se admiten pólizas contratadas por copago.
  • Ser nacional de un Estado miembro, familiar que acompaña o se reúne con un ciudadano de la Unión que cumple alguna de las condiciones anteriores. El familiar puede ser: cónyuge, pareja de hecho, hijos menores o mayores de 21 que vivan a su cargo, ascendientes o descendientes directos o los de su cónyuge o pareja que vivan a su cargo. 

En los casos donde deba declarar que posee de suficientes medios económicos, se valorará la suficiencia teniendo en cuenta la situación personal y familiar del solicitante. Los recursos deben ser superiores al importe que cada año fije la Ley de Presupuestos Generales del Estado para generar el derecho a recibir una prestación no contributiva, teniendo en cuenta la situación personal y familiar del interesado. 

Documentación a presentar

Todas y todos los solicitantes deben presentar el siguiente papeleo:

  • Original y copia del Modelo oficial EX-18 impreso, debidamente cumplimentado y firmado por el ciudadano de la Unión.
  • Copia del pasaporte en vigor, principalmente de la hoja que incorporen datos (biográficos sellos), título de viaje a cédula de inscripción o documento de identidad si el solicitante es ciudadano de la Unión.
  • Certificado de empadronamiento actualizado (menos de 3 meses) de toda la unidad familiar (colectivo). 
  • Tasa Modelo 790 Código 012 pagada.

Pero, si eres trabajador, estudiante, familiar o si no ejerces actividad laboral en España, debes presentar estos documentos adicionales:

Trabajador por cuenta ajena

Debes aportar la resolución de reconocimiento de alta en Seguridad Social o comunicación de alta o consentimiento de la comprobación de los datos en los ficheros de la Tesorería General de la Seguridad Social, más un contrato de trabajo de mínimo 3 meses. 

En el caso de ser Trabajador desplazado, aportar el documento A1 y S1 o seguro médico privado.

Trabajador por cuenta propia

Presentar la resolución de reconocimiento de alta en la Seguridad Social o en una mutua profesional (médicos, abogados, etc.), además del compromiso de permanecer de alta como autónomo mínimo 3 meses.

Estudiante

  • Matrícula del centro de enseñanza público o privado, reconocido o financiado por la administración educativa.
  • Documento S1, tarjeta sanitaria europea, seguro médico público a privado.
  • Declaración de recursos suficientes para sí y su familia durante su residencia.

Familiar de ciudadano de la Unión

  • Documentación que acredite el vínculo familiar con el ciudadano de la Unión, aportando el CUE de éste.
  • Documentación acreditativa de la dependencia económica.
  • Acreditación de que el familiar es trabajador por cuenta propia o ajena, tiene medios de vida suficientes y seguro de enfermedad o de que es estudiante.
  • En caso de cónyuges o parejas: Certificado de matrimonio actualizado (menos de 6 meses), debidamente legalizado y traducido, Certificado de registro de ciudadano de la unión del cónyuge y Vida Laboral del cónyuge donde conste el alta como trabajador (si no trabaja, acreditar los medios económicos y cobertura sanitaria). 
  • En caso de menores de edad: Certificado de nacimiento debidamente legalizado y traducido (o libro de familia), Certificado de registro de ciudadano de la Unión del padre y/o madre; Vida Laboral del padre o madre donde conste el alta como trabajador (si no trabaja, acreditar los medios económicos y cobertura sanitaria); Autorización del otro progenitor en caso de residir únicamente con uno de ellos, mediante acta notarial o declaración ante funcionario público.

No ejerce actividad laboral en España

  • Documentación acreditativa de disponer de seguro de enfermedad público o privado contratado en España o en otro país, que proporcione una cobertura en España durante su residencia, equivalente a la proporcionada por el sistema nacional de salud. No se admiten pólizas contratadas en la modalidad de copago.
  • Acreditación de recursos suficientes para mantenerse a sí mismo y sus familiares en su residencia en España (títulos de propiedad, cheques certificados, obtención de rentas de capital, extracto de tarjetas de crédito, etc.)
  • Certificaciones bancarias de otros estados legitimadas notarialmente y debidamente traducidas al español.

¿Cómo obtener cita para mi CUE?

Para obtener tu Certificado de Registro de Ciudadano de la Unión (CUE), debes obtener una cita previa en la Sede Electrónica de la Administración Pública

Una vez en la página, seleccionas la provincia donde residirás y solicitarás el CUE; y en el tipo de trámite a solicitar clickeas en Certificado de Registro de Ciudadano de la UE. Luego, das click en ACEPTAR.

Cita previa Administración

Este te direccionará a otra página, bajas hasta el final de esta y clickeas en el botón Acceder al Procedimiento.

Administración Procedimiento

En la nueva página, vuelves a seleccionar tu provincia y clickeas en ACEPTAR.

Administración Aceptación

En la nueva página, seleccionas la comisaría más cercana a tu domicilio y el tipo de trámite.

Administración Oficinas
Administración Trámites

En la nueva página, ingresas tus datos personales (NIE, DNI o Pasaporte, nombre completo) y seleccionas la fecha y hora disponibles.

Administración Datos

Recomendación: En caso de no encontrar cita, revisar constantemente en la página día por día hasta que des con algún espacio.

¡Y eso es todo! Recuerda que este trámite es presencial, por lo que sugerimos tener lista toda la documentación necesaria con antelación para evitar inconvenientes y denegación del CUE en la Comisaría de Policía. 

Aunque, no necesariamente tienes que hacer todo este proceso por tu cuenta. ¡Entre Trámites puede gestionar tu CUE!

Ofrecemos asesoría gratuita para resolver todas tus dudas en este tema, te invitamos a conocer nuestros servicios de extranjería aquí

¡Contáctanos! Puedes comunicarte al 930 185 237, rellenar nuestro formulario de contacto, agendar tu asesoría o escríbenos a nuestro Whatsapp.

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