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Residencia para Audiovisuales en españa
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¿Para Quién Es Esta Autorización De Residencia Dentro Del Sector Audiovisual?
Este permiso está dirigido a profesionales extranjeros que trabajan en actividades artísticas o técnicas dentro del sector audiovisual, tanto en presentaciones ante el público como en grabaciones para su difusión.
Hay tres modalidades según la duración del trabajo:
- Estancia (hasta 90 días dentro de un periodo de 180).
- Visado de estancia (entre 90 y 180 días).
- Permiso de residencia (más de 180 días hasta 3 años, renovables).
Si se necesita extender el periodo, se puede pasar de visado a autorización de residencia, iniciando el proceso al menos 30 días antes de cumplir los 90 días.
Requisitos y Documentación necesaria
- Documentación para solicitar la estancia de hasta 90 días:
- NIE (identificación como extranjero).
- Alta en la Seguridad Social.
- Si vienes de un país que SÍ requiere visado, deberás presentar :
- Visado de turista.
- Documentación para solicitar el visado de estancia:
- Fotografía tamaño carné, con fondo blanco.
- Pasaporte.
- Documentación que demuestre que existe la relación laboral o profesional.
- Documentación que certifique que el solicitante efectivamente forma parte de un proyecto y realiza tareas dentro del sector audiovisual.
- Seguro médico público o privado.
- En el caso de venir con familiares, debes presentar un documento que demuestre dicha relación familiar.
- Declaración responsable por parte de la empresa que contrata o traslada certificando que está inscrita en la Seguridad Social.
- Documentación para solicitar la autorización de residencia (más de 180 días):
- Formulario de solicitud (como traslado intraempresarial).
- Pasaporte válido y en vigor.
- Pago de la Tasa 790.
- Documento que pruebe la relación laboral o profesional con la empresa que contrata o traslada al extranjero.
- Documentación que acredite que el extranjero forma parte de un proyecto de producción en el sector audiovisual.
¿Aún tienes dudas sobre los requisitos específicos para tu caso?
Solicitud de autorización de residencia dentro del sector audiovisual
Nuestros Servicios
Documentación y Eligibilidad
Nos aseguraremos de que cumplas con todos los requisitos y documentos a entregar.
Preparación de Formularios Oficiales
Nos encargamos de preparar el formulario de solicitud y el formulario de pago de la tasa correspondiente.
Presentación online de la solicitud
¡Realizamos la solicitud de la autorización por ti! Te enviaremos el justificante de registro y haremos el seguimiento de tu solicitud
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Revisión de toda la documentación requerida.
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** Si deseas que realicemos el pago de la tasa serán 38,28€ extra por cada solicitante.
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Jo Gent17/03/2025 We are an American retired couple moving to Spain who got tax-related advice from Louis Williams--and it was incredibly thorough, complete, and helpful! We had spreadsheets in our inbox before we ended the call. He is both friendly and professional. We would strongly recommend Louis and his company, and in fact we intend to contact them again in the future. Maggie Rodarte17/03/2025 Excellent exploratory meeting with Louis to discuss the tax implications of my family's move to Spain. I feel so much more confident in the path we need to take after just a 30 minute meeting. Will definitely be using Entre Trámites for our filing needs. Marta Santoni14/03/2025 The first call I had with them was super clear and professional. I hope will continue in this way using their services! Good Job Joako Iberra13/03/2025 Excelente entrevista...Juan en genioooo...Dios los bendiga siempre x ayudar Gary Kenny11/03/2025 Very impressed with their advice and vast knowledge Maureen LaFevre10/03/2025 Louis is excellent. He quickly gave us a summary of what our tax situation will look like in Spain and patiently answered all our questions. We plan to hire Louis once we get to Spain this summer. I highly recommend working with him - he is very knowledgeable. Emilio Zuñiga07/03/2025 Me gustaría dejar un comentario positivo por toda la ayuda recibida por entre trámites cuando tuve una consulta con ustedes, muy eficientes y comprensivos. Gracias también a Maria Ignacia Mardones, muy amable y proactiva en su trabajo! Josefina Alcalde06/03/2025 Recomiendo su servicio 100%, muy formales, transparentes y buena disposición. Además ofrecen buenos precios. Angie Julieth Ramos06/03/2025 Gracias por ayudarme con trámites de extranjería para mi familia. Excelente ServicioLa evaluación general en Google es 4.6 de 5, en base a 387 reseñas
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Preguntas Frecuentes
Proceso
En el caso de tratarse de la estancia de corta duración o visado de hasta 180 días, la solicitud se tramitará en la Misión Diplomática u Oficina Consular del país en el que el extranjero esté residiendo.
Por otro lado, para solicitar la autorización de residencia de más de 180 días, será la empresa española quien presente la solicitud de manera online en la sede electrónica del Ministerio de Migraciones
Si es posible incluir a tu familiar dentro de la solicitud siempre y cuando sea:
- Cónyuge o pareja de hecho.
- Hijos (siempre que sean menores de edad y dependan económicamente del solicitante principal).
- Padres que estén a cargo del principal.
- Los progenitores o tutores legales del menor de edad (en el caso de que el extranjero que ejerce la actividad sea menor).
Puede ir desde los 90 días en el caso de la estancia de corta duración, hasta los 3 años.
Lo más habitual es encontrar extranjeros en el primer caso, soliciten el visado para un plazo de 90 días dentro de un periodo total de 180.
Nota:Esta autorización sí permite quedarse en España y trabajar de manera legal, ya que este permiso lleva implícito el derecho a trabajar y realizar dichas actividades artísticas dentro del sector audiovisual.
Pago
Puedes ver los precios que manejamos en nuestra sección de precios.
Los pagos deben realizarse con tarjeta de débito o crédito.
Nuestros precios son justos y transparentes: solo pagas por lo que necesitas.
Sí, puedes solicitar la baja del servicio siempre y cuando tu abogado NO haya empezado a gestionar tu documentación para iniciar el trámite. El dinero se reembolsará a tu tarjeta en un plazo inferior a 14 días.
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Podrás comunicarte en cualquier momento (siempre que sea en horario comercial y sobre los servicios que hayas contratado) por correo electrónico o por teléfono, lo que te resulte más cómodo.
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