constitución de asociación en españa
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¿Cómo iniciar una asociación en España?
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¿Cuál es el Proceso de Constitución de Asociación en España?
El proceso de crear una asociación en España involucra varios pasos esenciales:
- Planificación Inicial: Define los objetivos de la asociación, así como la estructura de liderazgo, su denominación social, la cantidad de miembros (mínimo 3, ya sean persona natural o de personalidad jurídica con representante legal en España) y sus roles clave.
- Reunión para redacción de los Estatutos y aprobación del Acta Fundacional: Con ello se establecerán las normas que guiarán el funcionamiento de la asociación así como para componer el órgano directivo. ¿Qué otros documentos son necesarios?
- Determina en qué Registro se hará la inscripción: Dependiendo del rango de actividad de la asociación podrá ser en el Registro de Asociaciones Autonómico o en el Registro Nacional de Asociaciones.
- Plazo de respuesta: El Registro tiene la obligación de responder en un plazo de tres meses; en caso de ausencia de respuesta, se considerará que la solicitud de inscripción ha sido aprobada.
- Pasos adicionales: Al finalizar la constitución, se pueden realizar otras gestiones dependiendo de las actividades planificadas. Esto podría incluir la solicitud de un NIF ante Hacienda, obtener el certificado digital para tu asociación, apertura de la cuenta bancaria o inscripciones en registros específicos.
Requisitos y Documentación necesaria
- Acta Fundacional: Registro de la reunión en la que se aprueban los estatutos y se elige la junta directiva.
- Estatutos: Contienen información esencial como la denominación, el ámbito territorial, los fines y actividades, requisitos de admisión y baja de socios, régimen de administración y contabilidad, entre otros.
- 2 Copias de Acta Fundacional y Estatutos (todas las hojas deben estar firmadas por todos los promotores).
- Solicitud de inscripción del Registro de Asociaciones correspondiente, cumplimentado y firmado.
- Identificación de Promotores: Nombres y apellidos (en el caso de personas físicas) o la denominación social (en el caso de personas jurídicas), junto con su domicilio, nacionalidad y NIF.
- El abono de las tasas correspondientes al Registro donde se realizará la inscripción.
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¿Alguna duda?
- Echa un vistazo a estas Preguntas Frecuentes.
Constitución de la Asociación
Inscripción Oficial en el Registro
Preparación de la Documentación
Trámites Adicionales de Interés
Esto Es Lo Que Dicen Nuestros Clientes
Manuel Schutte Zúñiga15/11/2024El servicio de Entre Trámites es excelente y la calidad de profesionalismo de su equipo es genial. Recomiendo trabajar con ellos para gestión de autónomos. MUCHAS GRACIASLuciano Tesone14/11/2024Fernando Moreno Navarro13/11/2024El primer contacto lo hice con Luisa Morales, la cual me ofreció su asesoramiento de una manera muy profesional concisa y clara por lo que le estoy muy agradecidoMiguel Landron29/10/2024Muy profesionalesShane Hickey23/10/2024I had a free consultation with Nicolas and he was extremely knowledgeable and helpful. I will be using their services going forward.miriam14/10/2024Reserve una cita para contable (Laura Hernández )y para una asesoría referente derechos laborales (Juan Bolaños) y ambas personas me ayudaron muchísimo y me resolvieron todas las dudas que tenía! Un trato super profesional!! Destacar también la ayuda de Jennifer que estuvo siempre encima para asegurarse que siempre que contactara a la persona adecuada!Harry Alnaimi10/10/2024Great people and adviceStalyn Coello10/10/2024Muy atentos y certeros a l hora de brindarte la información, agradezco mucho a por personas como ustedes que se toman la molestia de asesorar a muchos que estamos tratando de regularizarnos en EspañaMarisol Senlle08/10/2024Todo perfecto, graciasLa evaluación general en Google es 4.7 de 5, en base a 335 reseñas
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Preparación del Modelo de Estatuto y del Acta Fundacional.
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Solicitud del Certificado de Denominación Social.
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Solicitud del Certificado Digital de persona física.
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Solicitud del NIF de la Asociación.
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Apertura de la cuenta bancaria de la asociación.
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Registro del IAE de la asociación con Agencia Tributaria (si se ejercerá una actividad económica).
-
Seguimiento en línea.
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** No se incluye el valor de las tasas a pagar ni de los honorarios de Notaría y Registro.
Preguntas frecuentes
Info
La inscripción se realiza en el Registro de Asociaciones Autonómico si la actividad es local o regional, y en el Registro Nacional de Asociaciones si la actividad afecta a más de una comunidad autónoma.
El Registro tiene hasta tres meses para responder a la solicitud de inscripción. Si no hay respuesta en ese plazo, se considera estimada la solicitud. Igualmente, el plazo varía dependiendo de la Comunidad Autónoma en donde se constituya la asociación.
Los costos pueden variar según la Comunidad Autónoma y el alcance de la asociación, pero generalmente incluyen tasas de inscripción en el registro, honorarios profesionales si se consulta a un abogado, posibles gastos de notaría y otros trámites administrativos.
Sí, tanto ciudadanos españoles como extranjeros pueden formar y/o crear una asociación en España.
Los requisitos para extranjeros son similares a los de los ciudadanos españoles e incluyen la firma del acta fundacional, la aprobación de los estatutos y la presentación de la documentación requerida en el registro correspondiente. Los extranjeros deben proporcionar su pasaporte o tarjeta de residencia, y en algunos casos, podrían necesitar un Número de Identificación de Extranjero (NIE).
Si tienes dudas de la documentación requerida en tu caso, consulta con nuestros expertos.
Una asociación en España deberá cumplir con:
- Obtención del NIF ante la Agencia Tributaria.
- Declaración de Actividades Económicas (IAE): Es obligatorio si la asociación realiza actividades económicas. Deben darse de alta en el IAE y pagar la correspondiente cuota.
- Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA): Si realizan actividades sujetas a IVA (en su mayoría están exentas de este impuesto), deben registrarse y presentar declaraciones periódicas.
- Impuesto de Sociedades: Pueden estar sujetas a este impuesto si obtienen beneficios económicos.
- Cuentas Anuales: Obligadas a llevar registros contables y presentar cuentas anuales ante el Registro de Asociaciones.
- Obligaciones Laborales y Seguridad Social: Si tienen empleados, deben cumplir con las normativas laborales y de Seguridad Social.
Proceso
Según cada caso particular, la documentación a presentar es diferente.
En el momento en que contrates el servicio analizaremos tu caso y nos pondremos en contacto contigo para indicarte la documentación exacta que debes aportar.
- En un plazo máximo de un día laborable, uno de nuestros expertos se pondrá en contacto contigo para comenzar a analizar tu caso en profundidad e indicarte el mejor proceso a seguir, paso a paso.
- Sabrás cuál es la documentación necesaria que debes aportar y también podrás ponerte en contacto con nosotros para resolver cualquier duda que te tengas.
- Empezaremos a realizar el trámite y te informaremos de cómo va el proceso, manteniéndote siempre al día de cualquier notificación.
- Pago de tasas, apostillas y/o traducciones juradas, en el caso de ser necesario. Sin embargo, el servicio de Traducción Jurada se brinda por separado.
- Honorarios de notaría y Registro Mercantil.
Pago
Nuestros precios son transparentes. El precio que ves es el final (al cual se le debe aplicar el 21% de IVA).
El pago debe efectuarse con tarjeta de débito o crédito.
Sí, puedes solicitar la baja del servicio siempre y cuando tu gestor personal NO haya empezado a gestionar tu documentación para iniciar el trámite. El dinero se reembolsará a tu tarjeta en un plazo inferior a 14 días.
Consulta nuestras condiciones de contratación.
Nuestro Equipo
Siempre tendrás atención personalizada y contacto directo con tu gestor.
Podrás comunicarte en cualquier momento (siempre que sea en horario comercial y sobre los servicios que hayas contratado) por correo electrónico o por teléfono, lo que te resulte más cómodo.
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