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Empadronamiento
Alicante

El certificado de empadronamiento es un documento expedido por tu ayuntamiento que indica tu residencia y domicilio habitual y que sirve para acreditar que estás empadronado en Alicante.

Actualmente este documento es muy importante para realizar diversos trámites como solicitar ayudas, becas o prestaciones.

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Alicante

¿Qué es el certificado de empadronamiento?

El certificado de empadronamiento no es más que un trata de un documento que recoge los datos de residencia que constan en el padrón del municipio en el que resides, en caso de estar dado de alta en el mismo.

Sin embargo, es importante distinguir el certificado de empadronamiento del volante de empadronamiento, ya que este último es un documento meramente informativo, no acreditativo. Por lo que si en algún trámite se requiere certificar el domicilio de una persona, la única forma de acreditarlo es mediante el certificado de empadronamiento. Cada municipio define las normas, obtención, utilidad y validez del certificado de empadronamiento. Aunque habitualmente su validez sea de seis meses pero depende del organismo que lo solicite y para lo que vaya destinado. Por ejemplo, puede desde aumentar su vigencia hasta un año hasta reducirla a tres o cuatro meses.

¿Para qué sirve estar empadronado?

La ley exige a todas las personas residentes en España que estén empadronadas en el municipio en el que residen, ya que es un requisito indispensable para acceder a determinados derechos y solicitar ayudas como el IMV o la RAI. Además, es necesario estar empadronado en el municipio de residencia para votar en las elecciones, recibir asistencia sanitaria o matricular a los hijos en colegios del municipio.

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¿Qué documentos necesito para el empadronamiento Alicante?

Para el empadronamiento Alicante, podrás hacerlo a través de la sede electrónica del Ayuntamiento de Alicante o puedes acudir al consistorio o las oficinas municipales y deberás aportar la siguiente documentación:

  • Fotocopia y original del DNI, pasaporte o tarjeta de residencia.
  • Fotocopia y original de las escrituras de la vivienda si la tienes en propiedad o contrato de alquiler donde estés viviendo.
  • La hoja de inscripción facilitada por el padrón municipal en la que solicitarán los datos y firma de la persona que lo autoriza.
  • En caso de querer empadronar a tus hijos, es necesaria la fotocopia de los documentos de identidad y del libro de familia.

¿Cómo y dónde solicitar el empadronamiento Alicante?

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En primer lugar debes saber que si te han solicitado un certificado de empadronamiento para realizar cualquier trámite con otra Administración diferente al Ayuntamiento, puedes sustituir este documento en el trámite por una autorización, ya que tal y como figura en el artículo 28.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, «las Administraciones Públicas no requerirán a los interesados datos o documentos no exigidos por la normativa reguladora aplicable o que hayan sido aportados anteriormente por el interesado a cualquier Administración. A estos efectos, el interesado deberá indicar en qué momento y ante qué órgano administrativo presentó los citados documentos, debiendo las Administraciones Públicas recabarlos electrónicamente a través de sus redes corporativas o de una consulta a las plataformas de intermediación de datos u otros sistemas electrónicos habilitados al efecto, salvo que conste en el procedimiento la oposición expresa del interesado o la ley especial aplicable requiera su consentimiento expreso. Excepcionalmente, si las Administraciones Públicas no pudieran recabar los citados documentos, podrán solicitar nuevamente al interesado su aportación».

 

Si pese a esto necesitas aportar el certificado de empadronamiento individual, histórico o colectivo, en el caso del Ayuntamiento de Alicante puedes solicitarlo a través de su Sede Electrónica (con certificado digital) aquí: https://sedeelectronica.alicante.es/servicios.php 

Si deseas hacer la solicitud del certificado de empadronamiento presencialmente, deberás coger cita previa y acudir a las Oficinas de Atención Ciudadana (OAC) y en las Juntas de Distrito. Las citas previas para OAC ‘Cervantes’ (C/Cevantes, 3) se pueden solicitar en los Tel. 010 / 966 900 886 y para OAC ‘Séneca’ (C/Portugal, 17) y OAC ‘Gastón Castelló’ (C/Pino Santo, 1) por Internet en el siguiente enlace: https://citaprevia.alicante.es.

El trámite de solicitud del certificado de empadronamiento puede tardar hasta un máximo de tres días hábiles y lo recibirás por correo electrónico, en el caso de haberlo tramitado por internet, o de forma presencial con cita previa en las Oficinas de Atención Ciudadana (OAC) o Juntas de Distrito.

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