Presentación de cuentas anuales e impuesto sobre sociedades
Soluciones Expertas para tus necesidades contables
Aprovecha nuestros conocimientos especializados y experiencia para:
- Preparar y depositar tus cuentas anuales.
- Presentar el Impuesto sobre Sociedades (Modelo 200 y otros).
- Tener tu propio gestor y asesoría personalizada.
Contratar Nuestros Servicios Es...
No más confusión
Eliminamos todo el tedioso papeleo y te guiamos en cada paso
Servicio 100% Online
Ni siquiera necesitas salir de casa para realizar con éxito los trámites que deseas
Precios Todo Incluido
No hay sorpresas. Los precios que ves son los precios finales.
Obligaciones financieras y jurídicas esenciales para empresas que operan en España
Información clave en la Presentación de cuentas anuales e impuesto sobre sociedades
Entre Trámites
Experimentados en el Impuesto sobre Sociedades y las Cuentas Anuales en España
Depósito de Cuentas Anuales:
Las cuentas anuales se refieren a los estados financieros que proporcionan una visión global de la evolución financiera de una empresa, incluidos sus activos, pasivos, ingresos y gastos.
Las empresas deben elaborar sus cuentas anuales dentro de los tres meses siguientes al cierre del ejercicio y depositarlas en el Registro Mercantil dentro del mes siguiente a su aprobación.
Impuesto sobre Sociedades:
El Impuesto sobre Sociedades es un impuesto que grava la renta imponible de las empresas que operan en España.
El plazo de presentación de las declaraciones del Impuesto sobre Sociedades, utilizando en España el Modelo 200, suele estar comprendido entre el 1 y el 25 de julio del año siguiente al ejercicio fiscal.
¿Quién debe presentar las cuentas anuales y el impuesto sobre sociedades?
- Sociedad de Responsabilidad Limitada (S.L.)
- Sociedad Anónima (S.A.)
- Sociedad Colectiva
- Sociedad Comanditaria Por Acciones
- Pequeñas y medianas empresas (PYME)
- Otras empresas obligadas por ley a presentar sus cuentas anuales.
¿Hay sanciones si no las presento?
Sí, esto puede acarrear sanciones y consecuencias para las empresas. Las sanciones pueden incluir multas, recargos e incluso acciones legales. Es fundamental respetar los plazos para evitar responsabilidades innecesarias.
¿Cuáles son los tipos impositivos actuales del Impuesto sobre Sociedades?
El tipo estándar del impuesto sobre sociedades es del 25%, pero hay diferentes tipos que se aplican en escenarios específicos:
- Las entidades de nueva creación están sujetas a un tipo impositivo del 15% durante el periodo impositivo inicial en el que generan beneficios y en el siguiente.
- Las cooperativas fiscalmente protegidas tributan a un tipo del 20%. Sin embargo, si obtienen ingresos fuera de sus actividades cooperativas, dichos ingresos estarán sujetos al tipo general.
- Si han solicitado acogerse a la Ley 49/200, las entidades sin ánimo de lucro tributan a un tipo del 10%. En caso contrario, tributan a un tipo del 25%.
- Las entidades de fondos de inversión colectiva están sujetas a un tipo impositivo del 1%.
- En cambio, los fondos de pensiones están exentos.
¡Resuelve todas tus dudas con nuestros especialistas!
nuestros servicios profesionales incluyen
¡Obtén apoyo en la preparación y presentación de las cuentas anuales y el impuesto de sociedades en España!
Nos aseguramos de que tus obligaciones financieras se cumplan con precisión y eficacia, permitiéndote centrarte en las operaciones de tu negocio.
¿Alguna duda?
- Echa un vistazo a las Preguntas Frecuentes.
Tus impuestos sin problemas
Cumplimiento de plazos para evitar sanciones
Confidencialidad y seguridad de datos
Apoyo y orientación continua
Comprueba cuál de nuestros planes se adapta mejor a ti
Y elige las características específicas que deseas obtener
Cuentas Anuales
-
Depósito de las Cuentas Anuales (sólo legalización).)
Cuentas Anuales Premium
-
Depósito de las Cuentas Anuales.
-
Preparación de Cuentas Anuales.
Full Pack
Plan Contable para PYMES conperiodo de permanencia de 6 meses
-
Servicio contable para PYMEs (hasta 30 facturas). ¿Y si tengo más?
-
Mira más características del servicio mensual contable.
-
Preparación de Cuentas Anuales.
-
Depósito de las Cuentas Anuales.
-
Preparación del Impuesto sobre Sociedades.
-
Presentación del Impuesto sobre Sociedades.
**Los 6 meses del servicio deben pagarse por adelantado.
Impuesto sobre Sociedades
-
Preparación del Impuesto sobre Sociedades.
-
Presentación del Impuesto sobre Sociedades.
¿No sabes qué plan funcionaría mejor en tu caso?
Contacta con nosotros y nuestro equipo te ayudará!
Esto Es Lo Que Dicen Nuestros Clientes
Manuel Schutte Zúñiga15/11/2024El servicio de Entre Trámites es excelente y la calidad de profesionalismo de su equipo es genial. Recomiendo trabajar con ellos para gestión de autónomos. MUCHAS GRACIASLuciano Tesone14/11/2024Fernando Moreno Navarro13/11/2024El primer contacto lo hice con Luisa Morales, la cual me ofreció su asesoramiento de una manera muy profesional concisa y clara por lo que le estoy muy agradecidoMiguel Landron29/10/2024Muy profesionalesShane Hickey23/10/2024I had a free consultation with Nicolas and he was extremely knowledgeable and helpful. I will be using their services going forward.miriam14/10/2024Reserve una cita para contable (Laura Hernández )y para una asesoría referente derechos laborales (Juan Bolaños) y ambas personas me ayudaron muchísimo y me resolvieron todas las dudas que tenía! Un trato super profesional!! Destacar también la ayuda de Jennifer que estuvo siempre encima para asegurarse que siempre que contactara a la persona adecuada!Harry Alnaimi10/10/2024Great people and adviceStalyn Coello10/10/2024Muy atentos y certeros a l hora de brindarte la información, agradezco mucho a por personas como ustedes que se toman la molestia de asesorar a muchos que estamos tratando de regularizarnos en EspañaMarisol Senlle08/10/2024Todo perfecto, graciasLa evaluación general en Google es 4.7 de 5, en base a 335 reseñas
No te estreses por la complejidad de la contabilidad en España
Agenda una consulta GRATIS con nuestro especialista en impuestos y contabilidad en España para preguntar cualquier duda que tengas
Preguntas Frecuentes
Info
General
El plazo para presentar las cuentas anuales en España depende del cierre del ejercicio.
Por lo general, las empresas disponen de tres meses a partir del cierre del ejercicio para preparar sus cuentas anuales.
Tras la aprobación de las cuentas por los accionistas o socios, deben depositarse en el Registro Mercantil en el plazo de un mes.
No presentar las cuentas anuales en el plazo previsto puede acarrear sanciones y consecuencias jurídicas.
Las sanciones varían en función del retraso, el tamaño de la empresa y otros factores.
Además de multas monetarias, puede haber restricciones en las operaciones de la empresa, suspensión de ciertos derechos e incluso disolución en casos extremos.
El cálculo del Impuesto sobre Sociedades en España consiste en determinar la base imponible restando los gastos deducibles y aplicando los tipos impositivos correspondientes.
Las empresas deben tener en cuenta los ingresos procedentes de diversas fuentes, como las actividades empresariales, las inversiones y las plusvalías.
Las deducciones, bonificaciones e incentivos fiscales previstos en la legislación fiscal española también pueden influir en la cuota tributaria final.
Tienen varias responsabilidades, entre ellas, velar por la correcta y puntual elaboración de las cuentas anuales, presentar la declaración del Impuesto sobre Sociedades y depositar las cuentas anuales aprobadas en el Registro Mercantil.
La reducción de este impuesto puede lograrse mediante diversas estrategias fiscales.
Algunos métodos comunes incluyen aprovechar las deducciones, desgravaciones e incentivos aplicables previstos por la legislación fiscal.
Estos pueden incluir deducciones por investigación y desarrollo (I+D), deducciones por inversión o incentivos para industrias o regiones específicas.
Es aconsejable consultar con profesionales fiscales o contables para explorar todas las opciones disponibles para la optimización fiscal.
La declaración del Impuesto sobre Sociedades (Modelo 200) debe presentarse ante la Agencia Tributaria por Internet a través de su plataforma en línea o utilizando un programa informático de presentación de declaraciones autorizado.
Las cuentas anuales deben depositarse en el Registro Mercantil correspondiente, que suele ser el del domicilio social de la empresa.
Proceso
En este caso concreto, el precio aumenta un poco:
Si tienes más de 30 facturas tendrías que pagar 750€ + IVA (907,50€ en total).
El resto del servicio incluiría las mismas características presentadas anteriormente más las detalladas en nuestros planes para PYMES (también detallados más abajo).
- Registro de tus facturas.
- Alta en la Seguridad Social.
- Gestor personal con asesoría ilimitada.
- Alta o baja censal.
- Gestión de los impuestos que apliquen en tu caso como: IVA, retenciones sobre rendimientos del trabajo (IRPF), Declaraciones intracomunitarias, declaración de operaciones con terceros, Impuesto de Actividades Económicas (IAE), ¡y mucho más!*.
- Gestión de notificaciones (Agencia Tributaria, Seguridad Social).
- Seguimiento online.
- Asesoría ilimitada.
* Esto excluye la presentación de tu Declaración de la Renta individual. Pero, al ser nuestro cliente, te ofreceremos un descuento especial a la hora de presentarla.
Además de las ventajas de cada plan, también obtendrás:
- Organización de la documentación requerida.
- Seguimiento online.
- Tu propio gestor personal.
- Asesoría ilimitada.
Según cada caso, la documentación a aportar es diferente.
En el momento en que contrates uno de los planes analizaremos tu caso y nos pondremos en contacto contigo para indicarte la documentación exacta que debes aportar.
- Uno de nuestros expertos se pondrá en contacto contigo rápidamente para comenzar a analizar tu caso en profundidad e indicarte el mejor proceso a seguir, paso a paso.
- Sabrás cuál es la documentación necesaria que debes aportar y también podrás ponerte en contacto con nosotros para resolver cualquier duda que te tengas.
- Iniciaremos el procedimiento de inmediato y le informaremos de cómo va, manteniéndole siempre al corriente de cualquier notificación.
Pago
Los pagos deben realizarse con tarjeta de débito o crédito.
Sí, puedes solicitar la baja del servicio siempre y cuando tu gestor personal NO haya comenzado a trabajar en tu documentación para iniciar el trámite solicitado.
Sin embargo, si eliges nuestro Plan Full Pack (con obligación de permanencia de 6 meses) y ha transcurrido 1 mes desde la contratación del servicio, no hay posibilidad de devolución.
El dinero se reembolsará a tu tarjeta en un plazo inferior a 14 días. Consulta nuestras Condiciones de Contratación.
Nuestro
Equipo
Podrás comunicarte en cualquier momento (siempre que sea en horario comercial y sobre los servicios que hayas contratado) por correo electrónico o por teléfono, lo que te resulte más cómodo.
Queremos escucharte y conocer cuáles son tus dudas o lo que necesitas en relación al servicio contable para restaurantes. Cuenta con el asesoramiento de nuestros expertos para aclarar todas tus dudas.
Escríbenos a [email protected] y nos pondremos en contacto contigo lo antes posible o, si lo prefieres, llámanos.