Aplicación a la Ley Beckham

Trabaja y vive en España optimizando tus impuestos con la Ley Beckham

Ley Beckham

¿Qué es la Ley Beckham?

La Ley Beckham es un régimen fiscal especial diseñado para atraer talento a España. Permite a los extranjeros que se trasladan al país tributar por sus rentas del trabajo a un tipo fijo del 24% (hasta 600.000 €, tributando al 47% a partir de esa cantidad), en lugar de estar sujetos al tipo progresivo habitual, que puede llegar a restarte hasta un 48% de tus ingresos.

A efectos fiscales, serás tratado como un «no residente». Esto significa que pagarás muchos menos impuestos por tu salario y estarás exento de tributar en España por la mayoría de los ingresos que generes en el extranjero (como alquileres o dividendos en otros países).

¿Cumples todos los requisitos?

Requisitos clave

¿Para quién está diseñada la Ley Beckham?

Un trabajador desplazado

Extranjeros que acaban de trasladarse a España con un contrato laboral.

Nómada Digital (Trabajador Remoto)

Empleados de empresas extranjeras que teletrabajan desde España (ideal si cuentas con la Visa de Nómada Digital).

Profesional altamente cualificado

Que preste servicios a empresas emergentes (Startups) registradas en España.

Administrador de una empresa

Que trabaje para una empresa española (sin límite de participación, salvo que sea una sociedad patrimonial, donde debe ser inferior al 25%).

Emprendedor

Con un proyecto innovador certificado como de especial interés económico para España.

Expatriados

con cargos directivos y rentas altas.

Para quien la Ley beckham

Proceso paso a paso

Regístrate en la Agencia Tributaria

Antes de iniciar el proceso de solicitud, debes estar dado de alta en el Censo de Obligados Tributarios a través del Modelo 030.

Envía tu documentación

Revisamos tu caso particular y preparamos el Modelo 149, el formulario específico de la Agencia Tributaria para la Ley Beckham.

Gestión de notificaciones

La AEAT puede contactar para aclarar aspectos de la solicitud en un plazo de 10 días. Nosotros recibimos y respondemos a estos requerimientos por ti.

Resolución favorable

Obtendrás un certificado oficial que deberás remitir a tu empleador o clientes para que comiencen a aplicarte el tipo de retención reducido (24%).

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Aplicación para la
Ley Beckham

281
  • Gestionaremos tu proceso de aplicación para la Ley Beckham.
  • Lee más información sobre este proceso.

Declaración de Renta Básica

94
  • Presentación de tu declaración de la renta.
  • Si tienes sólo un salario.
  • Sólo declararás intereses bancarios.

Declaración de Renta Compleja

185
  • Presentación de tu declaración de la renta.
  • Si tienes más de un salario.
  • Necesidad de declarar otros ingresos patrimoniales en España (como alquiler de inmuebles, dividendos, plusvalías u otros).

Baja de la Ley Beckham (renuncia)

281
  • Gestionaremos tu proceso de baja de la Ley Beckham.
  • Lee más información sobre este proceso.

Aviso legal: La información contenida en esta página es de carácter orientativo y divulgativo. La aprobación de la Ley Beckham y la aplicación del tipo fijo del 24% están sujetas al cumplimiento de todos los requisitos legales vigentes y a la resolución definitiva de la Agencia Tributaria (AEAT) tras evaluar cada expediente particular.

Lee lo que dicen sobre nosotros

Preguntas frecuentes

Info general

¿Cuál es el plazo exacto para solicitarla?

Tienes un máximo de 6 meses desde la fecha en que te das de alta en la Seguridad Social en España o desde la fecha de inicio de tu contrato. Si presentas la solicitud fuera de este plazo, la Agencia Tributaria la denegará automáticamente.

El beneficio fiscal tiene una duración máxima de 6 años: el año en el que te trasladas a España (y te conviertes en residente fiscal) más los 5 años consecutivos siguientes.

No. Al aplicar a la Ley Beckham, Hacienda te trata como un «no residente». Esto significa que solo tributas por los ingresos generados en España (como alquileres de pisos en territorio español) y por tu salario global. Tus inversiones extranjeras, dividendos internacionales o propiedades fuera de España quedan libres de la tributación española, eximiéndote también de presentar el Modelo 720.

Proceso

¿Cómo trabajamos?
  1. Uno de nuestros expertos se pondrá en contacto contigo rápidamente para comenzar a analizar tu caso en profundidad e indicarte el mejor proceso a seguir, paso a paso.
  2. Sabrás cuál es la documentación necesaria que debes aportar y también podrás ponerte en contacto con nosotros para resolver cualquier duda que te tengas.
  3. Iniciaremos el procedimiento de inmediato y le informaremos de cómo va, manteniéndole siempre al corriente de cualquier notificación.

Según cada caso, la documentación a aportar es diferente.

En el momento en que contrates uno de los planes analizaremos tu caso y nos pondremos en contacto contigo para indicarte la documentación exacta que debes aportar.

Pago

¿Cuál es el precio y método de pago?

Los precios que ves en nuestra sección de precios son los definitivos (+ el 21% de IVA).

Los pagos deben realizarse con tarjeta de débito o crédito.

, puedes solicitar la baja del servicio siempre y cuando tu gestor personal NO haya comenzado a trabajar en tu documentación para iniciar el trámite solicitado.

El dinero se reembolsará a tu tarjeta en un plazo inferior a 14 días. Consulta nuestras Condiciones de Contratación.

Nuestro equipo

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