Descarga el impreso oficial de solicitud de la capitalización del desempleo o pago único de la prestación contributiva.
Conseguir la prestación del paro en un pago único puede convertirse en una opción interesante para probar el autoempleo.
¿Qué es el Pago Único?
Se trata de una medida para fomentar y facilitar iniciativas de empleo autónomo. Sobre todo entre personas que estén percibiendo la prestación por desempleo de nivel contributivo. De esta manera, se abona el valor actual del importe de la prestación total:
- Incorporarse de forma estable como socios/as trabajadores/as o de trabajo en cooperativas o en sociedades laborales ya constituidas, o constituirlas.
- Desarrollar una actividad como personas trabajadoras autónomas.
- Destinar el importe a realizar una aportación al capital social de una entidad mercantil de nueva creación o creada en un plazo máximo de 12 meses anteriores a la aportación.
Requisitos para pedir el Pago Único
- Ser persona beneficiaria de una prestación contributiva por desempleo por cese total y definitivo de una relación laboral.
- No haber cobrado el pago único, en cualquiera de sus modalidades, en los cuatro años inmediatamente anteriores.
- Iniciar la actividad en el plazo máximo de un mes desde la resolución que conceda el pago único.
- Quienes en los 24 meses anteriores a la solicitud del pago único hayan compatibilizado el trabajo por cuenta propia con la prestación por desempleo de nivel contributivo, no tendrán derecho a obtener el pago único para constituirse como trabajadores o trabajadoras por cuenta propia o como personas trabajadoras autónomas socias de una sociedad mercantil.
- Si la cooperativa prevé en sus estatutos la posibilidad de que los socios o socias tengan que superar un periodo de prueba, haber superado dicho periodo.
También puede acudir a un Punto de Asesoramiento e Inicio de la Tramitación (PAIT), donde se le informará acerca del proceso y los trámites de creación de su empresa, o acceder a CIRCE.
¿Cómo solicitar esta prestación?
La podrá presentar a través de:
- La sede electrónica del SEPE.
- En la oficina de prestaciones (pidiendo cita previa en la sede electrónica del SEPE).
- En cualquier oficina de registro público.
- Por correo administrativo.
La fecha de la solicitud debe ser anterior a la fecha de incorporación a la cooperativa o sociedad laboral o a la del inicio de la actividad como persona trabajadora autónoma o como socio o socia de la entidad mercantil. Se considera fecha de inicio la que figura como tal en la solicitud de alta de la persona trabajadora en la Seguridad Social.
Si necesitas algún tipo de asesoría con los trámites de la Seguridad Social, puedes ponerte en contacto con nosotros! Siempre es bueno dejar los temas burocráticos en manos de especialistas.