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Descarga el modelo 145 Retención IRPF oficial en formato PDF sobre Retenciones sobre rendimientos del trabajo y comunicación de datos al pagador; facilitado por la Agencia Tributaria. 

El modelo 145 es un formulario de la Agencia Tributaria relacionado con el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF). A través del cual, el contribuyente comunica a su pagador (normalmente, su empresa) y su situación personal y familiar. Esto determinará el porcentaje de retención del IRPF que se aplique en su nómina.

El modelo 145  es el impreso de Hacienda en el que el autónomo o la pyme debe recabar la información necesaria, con el fin de calcular las retenciones del IRPF a practicar en la nómina de un trabajador. Este último, es quien cual está obligado a facilitar los datos personales requeridos.

¿Para qué sirve el modelo 145?

Se trata de un documento que será clave en tu declaración de la renta. Ya que servirá para calcular la retención de IRPF que será aplicada en tu nómina cada mes. De ahí que la precisión con la que completes el modelo 145 será fundamental para recibir un mayor o menor salario.

Tu pagador, o sea, la compañía para la que trabajas, está obligada a retener un porcentaje de tus ingresos. En previsión de los impuestos que deberás pagar en la declaración de la renta. En este sentido, tu situación familiar (si tienes personas a tu cargo o eres familia numerosa), o personal (por ejemplo, si tienes una discapacidad), influirá a la hora de establecer el porcentaje de retención.

¿Quién y cuándo se debe rellenar el modelo 145?

Lo más habitual es que completes el modelo 145 cuando empiezas a trabajar en una empresa. Así mismo, como cuando se produce alguna modificación en las circunstancias personales y familiares que habías comunicado anteriormente. De hecho, la comunicación de datos debe efectuarse con anterioridad al primer día de cada año o del inicio de la relación contractual con la empresa. Se debe reflejar tu situación personal y familiar de ese momento.

Sin embargo, como a muchos empleados se les olvida informar a la empresa sobre estos cambios, no saben que deben hacerlo o desconocen cómo hacerlo, muchas compañías suelen pedir a sus trabajadores que lo completen a final de año, para recoger las variaciones que puedan haberse producido y que puedan dar lugar a un cambio en la retención del IRPF en tu nómina.

Si no se producen variaciones en las circunstancias familiares o personales, no será necesario reiterar en cada ejercicio la comunicación de datos al pagador.

Presentación en caso de variación de datos

Si cambian tus circunstancias personales y familiares una vez presentado el modelo 145, y estas supongan un menor tipo de retención, por ejemplo, el nacimiento de un hijo, podrás presentar de nuevo el modelo. Las modificaciones surtirán efecto desde la fecha de comunicación, siempre que queden al menos cinco días para la confección de la siguiente nómina.

Si se produce un cambio en tu situación personal o familiar que suponga la aplicación de un mayor tipo de retención, deberás comunicarlo en el plazo de 10 días. El nuevo porcentaje de retención del IRPF se te aplicará en la siguiente nómina, siempre que restasen al menos cinco días para la confección de la misma.

¿Qué pasa si no se presenta el modelo 145?

Si prefieres no comunicar a tu pagador alguno de los datos que se solicitan en el modelo 145, la retención del IRPF que te practique tu empresa podría resultar superior a la que te corresponde. En tal caso, al presentar la declaración de la renta de ese ejercicio, si te han retenido más dinero del que te tocaría por tus circunstancias, podrías recuperar la diferencia.

Además, ten en cuenta que si incluyes datos falsos, incompletos o inexactos en el modelo 145, o no comunicas variaciones en tu situación personal o familiar que, de haber sido conocidas por el pagador, hubieran determinado una retención superior, estás cometiendo una infracción tributaria que puede ser sancionada con una multa del 35% al 150% de las cantidades que te hubieran dejado de retener por esta causa.

Recuerda que si hay cualquier dato incorrecto en el modelo 145 serás tú quien tenga que asumir las consecuencias y no la empresa, cuyo único deber es calcular correctamente el porcentaje de retención según la información que has presentado.

¿Cómo se rellena el modelo 145?

El modelo 145 es relativamente sencillo de rellenar y consta de siete apartados que servirán para aclarar tu situación personal y familiar a la empresa.

Apartado 1: identificación y situación familiar

Este apartado comienza con tus datos personales, es decir, tu identificación con información básica como nombre, apellidos, DNI y fecha de nacimiento

  1. Situación familiar: identifica hasta tres posibilidades. Solo debes marcar una opción y tiene que ser la que describa tu estado.
  2. Discapacidad: deberás marcar la casilla correspondiente si posees un grado de discapacidad superior al 33% e inferior al 65%, igual o superior al 65% o si necesitas ayuda de terceras personas o tienes movilidad reducida.
  3. Movilidad geográfica: marcarás este punto en el caso de que, estando anteriormente en el paro, hayas encontrado trabajo y hayas tenido que trasladar tu domicilio habitual.
  4. Obtención de rendimientos con período de generación superior a dos años durante los cinco períodos impositivos anteriores: deberás marcar esta casilla si, por ejemplo, te despidieron en 2017 y pactaste que la indemnización te la abonaran durante ese año y el siguiente.

Apartado 2: hijos y otros descendientes

Deberás rellenar este apartado con los datos correspondientes si tienes hijos u otros descendientes (por ejemplo, nietos), menores de 25 años o discapacitados de cualquier edad, que convivan contigo y no tengan rentas superiores a los 8.000 euros anuales.

Si los descendientes conviven solamente contigo y no hay custodia compartida, es decir en caso de familias monoparentales, debes marcar la casilla “Cómputo por entero de hijos o descendientes”.

Apartado 3: ascendientes

Este punto está reservado para los ascendientes (padres y abuelos), mayores de 65 años, que se encuentren a tu cargo y que no tengan rentas anuales superiores a los 8.000 euros. También deberán consignarse aquí los ascendientes con alguna discapacidad que convivan contigo, aunque sean menores de 65 años.

Apartado 4: pensiones y anualidades por alimentos

En caso de que tengas que pagar una pensión alimenticia a tus hijos o una compensatoria a tu cónyuge, deberás indicarlo en este apartado, siempre que estas estén fijadas por decisión judicial.

Apartado 5: deducción por financiación ajena para la vivienda habitual

Este apartado del modelo 145 deberás marcarlo si realizas algún tipo de pago por la compra o rehabilitación de tu vivienda habitual, usando financiación ajena, es decir, a través de una hipoteca. Eso sí, solo deberás rellenarla si compraste la vivienda antes de 2013 y si no ganas más de 33.007,2€.

Apartados 6 y 7: firma, fecha y acuse de recibo

Los dos últimos apartados se refieren sencillamente a la inclusión de la firma por parte de la empresa y del trabajador. En este caso se añade un acuse de recibo, porque la obligación de retener corresponde a la empresa y es importante reflejar que le has entregado el modelo 145, para que lo haga según los datos que figuran en el mismo.

¿Dónde hay que presentar el modelo 145?

El modelo 145 no se presenta ante la Agencia Tributaria, sino que se entrega cumplimentado a la empresa o entidad pagadora.  Será la empresa quien conserve una copia del mismo para ponerlo a disposición de Hacienda si se lo solicita.

Puedes hacerlo tú o casi mejor contar con el apoyo nosotros, siempre es bueno dejar los temas fiscales en manos de especialistas.