Descargar el modelo 111 oficial de auto liquidación de retenciones e ingresos a cuenta. Rendimientos del trabajo y de actividades económicas, premios y determinadas ganancias patrimoniales e imputaciones de Renta.
El modelo 111 están obligados a presentarlo durante los veinte primeros días naturales de los meses de abril, julio, octubre y enero, las personas y entidades obligadas a retener o ingresar a cuenta, que satisfagan o abonen rentas, dinerarias o en especie, correspondientes a alguna de las siguientes clases:
- Rendimientos del trabajo.
- Premios por la participación en juegos, concursos, rifas o combinaciones aleatorias.
- Rendimientos que sean contraprestación de las siguientes actividades económicas: actividades profesionales, actividades agrícolas y ganaderas y actividades forestales, actividades empresariales en estimación objetiva.
- Rendimientos procedentes de la propiedad intelectual e industrial, de la prestación de asistencia técnica, del arrendamiento de bienes muebles, negocios o minas, del
- subarrendamiento sobre los bienes anteriores y de la cesión del derecho a la explotación del derecho de imagen.
- Ganancias patrimoniales como consecuencia de los aprovechamientos forestales en montes públicos.
- Contraprestaciones que sean consecuencia de cesiones de derechos de imagen.
¿Cuándo se presenta el modelo 111?
Como te decía antes, el modelo 111 no siempre debes de presentarlo. Te explico las reglas para saber cuando debes de presentarlo y hacerlo bien si:
- Durante un trimestre no has recibido ninguna factura de proveedores autónomos que llevan IRPF, y para el caso de que no tengas trabajadores, el modelo 111 no lo vas a tener que presentar.
- Si durante un trimestre has recibido facturas de proveedores autónomos que llevan IRPF o tienes trabajadores a tu cargo, deberás de presentar el modelo 111
- Tienes trabajadores a tu cargo por un trimestre, por los motivos que sean, no les has retenido nada en sus nóminas, deberás de presentar el modelo 111 negativo, o sea, a 0.
- Si durante el trimestre no has recibido facturas de proveedores autónomos que llevan IRPF pero resulta que cuando te diste de alta en Hacienda, al rellenar el modelo 037, marcaste la casilla 701 deberás presentarlo negativo, o sea, a 0.
La casilla 701 marca la “Obligación de realizar retenciones o ingresos a cuenta sobre rendimientos de actividades profesionales, agrícolas, ganaderas, forestales u otras actividades económicas, premios, determinadas imputaciones de renta o determinadas ganancias patrimoniales (modelos 111)”.
Fechas de presentación
Recuerda que como tu eres un autónomo y no una mega empresa que factura una pasta tienes que presentar el modelo 111 cada trimestre.
Las fechas son estas:
- Primer trimestre: del 1 al 20 de abril
- Segundo trimestre: del 1 al 20 de julio
- Tercer trimestre: del 1 al 20 de octubre
- Cuarto trimestre: del 1 al 30 de enero