Descarga el Modelo oficial de instrucciones para cumplimentar el modelo 347, declaración anual de operaciones con terceras personas en formato PDF facilitado la Agencia Tributaria. En el siguiente video te presentamos el paso a paso para rellenar el modelo 347.
Este es uno de los formularios que más información de tu actividad le da a Hacienda así que es importante hacerlo bien. Te recomendamos que lo presentes con nosotros o que busques la ayuda de otra asesoría fiscal online.
¿Qué es el modelo 347?
El Modelo 347 es la declaración anual de operaciones con terceras personas que se presenta en febrero de cada año, y permite a Hacienda cruzar datos informados de operaciones económicas entre proveedores y clientes.
Las operaciones que en su conjunto tengan un importe superior a 3.005,06 euros, deben declararse en este Modelo:
- Subvenciones y ayudas no reembolsables.
- Operaciones de entidades aseguradoras.
- Anticipos de clientes y proveedores.
- Arrendamientos no sujetos a retención.
- Entregas y adquisiciones de bienes y servicios, tanto las sujetas y no exentas del IVA como las no sujetas o las exentas de dicho impuesto.
- Operaciones inmobiliarias.
¿Quién está obligado a presentarlo?
El modelo 347 de Hacienda lo presentan tanto autónomos como sociedades, ya sean públicas o privadas, que en su actividad profesional o empresarial facturan operaciones por un importe superior a los 3.005,06 € anuales independientemente de su naturaleza.
El modelo 347 lo presentan tanto proveedores como clientes, de forma que la Administración cruza los datos y puede validar que la información declarada es correcta.
Quedan fuera de la presentación del modelo 347 los siguientes casos:
- Aquellos que realicen actividades empresariales o profesionales en España sin tener en territorio español la sede de su actividad económica y en el caso de entidades en régimen de atribución de rentas constituidas en el extranjero, sin tener presencia en territorio español.
- Quienes estén obligados a llevar los Libros registro de IVA a través de la sede electrónica de la AEAT mediante el Suministro Inmediato de Información (SII).
- Los que no hayan realizado operaciones que en total respecto de otra persona o entidad hayan superado la cifra de 3.005,06€ durante el año natural en curso o de 300,51€ en ese mismo periodo cuando realicen el cobro por cuenta de terceros.
- Cuando se haya realizado de forma exclusiva operaciones no sometidas al deber de declaración.
- Todos aquellos que tienen obligación de informar sobre las operaciones incluidas en los libros registro del IVA (excepto los que resultan obligados por aplicación del artículo 36 del REAL DECRETO 1065/2007, de 27 de julio).
- Personas físicas y entidades en atribución de rentas en el IRPF (por actividades que tributen en el IRPF en estimación objetiva) y en el IVA por los regímenes especiales simplificado o de la pesca, ganadería y agricultura.
¿Cuál es el plazo de presentación del modelo 347?
El mes de febrero. A partir de la declaración correspondiente al ejercicio 2018, a presentar en 2019, la fecha de presentación será febrero.
¿Qué se declara en este modelo?
En este modelo tienes que declarar todas las operaciones que superen esa cantidad excepto:
- Las operaciones realizadas por entidades de carácter social
- Los arrendamientos de bienes exentos del Impuesto sobre el Valor Añadido realizados por personas físicas o entidades sin personalidad
- Las operaciones realizadas de forma gratuita o en las que no se emita factura o en la misma no se identifique al destinatario
¿Cómo se presenta?
El importe que tienes que declarar en el modelo 347 es el total de lo cobrado o pagado en cada operación teniendo en cuenta el IVA.
Este formulario lo puedes presentar online descargándote el programa de ayuda directamente de la página de Hacienda. Recuerda que para presentarlo necesitas disponer de un certificado de firma digital o bien obtener la clave PIN.
Y sobre todo recuerda, cuando termine Enero y hayas hecho tus impuestos de resúmenes anuales no se acaban tus obligaciones. El modelo 347 se presenta en Febrero.
Somos muchos los autónomos que se nos pasa y este impuesto es realmente determinante porque lo usa Hacienda como herramienta contra el fraude, porque cruza tus datos con los de tus proveedores para ver que las cantidades de esas operaciones coinciden.