Empadronamiento
Valladolid
El certificado de empadronamiento es un documento expedido por tu ayuntamiento que indica tu residencia y domicilio habitual y que sirve para acreditar que estás empadronado en Valladolid.
Actualmente este documento es muy importante para realizar diversos trámites como solicitar ayudas, becas o prestaciones.
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¿Qué es el certificado de empadronamiento?
El certificado de empadronamiento no es más que un trata de un documento que recoge los datos de residencia que constan en el padrón del municipio en el que resides, en caso de estar dado de alta en el mismo.
Sin embargo, es importante distinguir el certificado de empadronamiento del volante de empadronamiento, ya que este último es un documento meramente informativo, no acreditativo. Por lo que si en algún trámite se requiere certificar el domicilio de una persona, la única forma de acreditarlo es mediante el certificado de empadronamiento. Cada municipio define las normas, obtención, utilidad y validez del certificado de empadronamiento. Aunque habitualmente su validez sea de seis meses pero depende del organismo que lo solicite y para lo que vaya destinado. Por ejemplo, puede desde aumentar su vigencia hasta un año hasta reducirla a tres o cuatro meses.
¿Para qué sirve estar empadronado?
La ley exige a todas las personas residentes en España que estén empadronadas en el municipio en el que residen, ya que es un requisito indispensable para acceder a determinados derechos y solicitar ayudas como el IMV o la RAI. Además, es necesario estar empadronado en el municipio de residencia para votar en las elecciones, recibir asistencia sanitaria o matricular a los hijos en colegios del municipio.
¿Qué documentos necesito para el empadronamiento Valladolid?
En Valladolid no es necesario solicitar cita previa para empadronarse.
Tanto si te diriges personalmente a la Oficina de Información del Ayuntamiento para pedir el empadronamiento, como si lo haces a través de Internet, tendrás que aportar los siguientes documentos:
- Hoja de solicitud de inscripción padronal, debidamente cumplimentada y firmada por todos los mayores de edad, con los datos personales de la persona solicitante y de los demás miembros que soliciten el alta
- Original y copia del documento acreditativo de la identidad de las personas inscritas:
- Españoles:
- DNI en el caso de los mayores de 14 años
- Libro de familia para menores de 14 años y la firma de los dos padres o del progenitor que tenga otorgada su custodia. En el caso de que la custodia sea compartida, deben firmar ambos.
- Extranjeros comunitarios:
- Certificado de inscripción en el Registro Central de Extranjeros (C/ Gerona).
- Pasaporte o documento que identifique su país de origen, vigente.
- Extranjeros no comunitarios:
- Tarjeta de Residencia, o bien;
- Pasaporte en vigor
- Españoles:
- Original y copia del documento acreditativo de la ocupación de la vivienda en la que se solicita la inscripción (escritura de propiedad, contrato de arrendamiento, contrato o recibo actual expedido por la compañía suministradora de del agua, el teléfono, la electricidad, etc.). Cuando el contrato no sea reciente, habrá que presentar una factura que sí lo sea.
Si estos documentos no están a tu nombre, debes presentar la autorización del titular de los mismos, junto con su documento de identidad y la factura o contrato de alquiler a nombre del dueño.
¿Cómo y dónde solicitar el empadronamiento Valladolid?
Hay dos formas de pedir el empadronamiento en Valladolid. Una de ellas es presentarte personalmente en la Oficina de Información del Ayuntamiento, en la siguiente dirección:
Plaza de la Rinconada s/n, 47001 Valladolid
Puedes hacerlo de las 8:30 a las 14:30 horas de lunes a viernes. Y entre el 1 de octubre y el 31 de mayo, también de 17 a 19 horas.
Y la otra forma de solicitar el empadronamiento en Valladolid es por vía telemática, haciendo clic aquí.
El principal requisito para solicitar el empadronamiento en Valladolid es el que hemos visto: residir en esta ciudad la mayor parte del año. No obstante, hay que tener en cuenta los siguientes aspectos:
En el caso de los menores de edad
- Tendrán que estar empadronados con sus padres. Pueden empadronarse en un domicilio diferente, con un adulto siempre, si tienen la autorización de sus padres, progenitores o representantes legales.
- Para empadronar a un menor de edad será necesario contar con la firma de los padres, progenitores o representantes legales, o bien del progenitor que tenga su custodia. Hay que presentar el documento que acredite dicha custodia, y también el original y la fotocopia del documento de identidad de los padres o progenitores.
- Si los padres están separados o divorciados, y tienen la custodia compartida, firmarán ambos padres o progenitores.
- Si se trata de menores extranjeros nacidos en España, hasta los tres meses de edad, será suficiente con presentar el libro de familia.
- Para los menores extranjeros y mayores de tres meses, se pide su pasaporte en vigor o NIE.
- Los mayores de 16 años que se encuentren emancipados podrán darse de alta sin necesitar la autorización ni la firma de sus padres, siempre que se acredite su emancipación.
Si el alta es por nacimiento
- De forma general, el alta de los recién nacidos se hará de oficio a través de los boletines enviados por el Registro Civil, si bien en casos de necesidad pueden solicitarla los padres.
- Puede realizar la solicitud cualquiera de los dos progenitores con su DNI o pasaporte, su firma y el libro de familia.
- La documentación a presentar en estos casos será la siguiente:
- Hoja de inscripción padronal, con los datos del recién nacido y no inscrito en el padrón, firmada por sus padres.
- Original y fotocopia de la hoja del libro de familia en la que figure inscrita la persona que se va a dar de alta.
- Original y fotocopia de los DNI o pasaporte de sus padres.
- Si se trata de extranjeros comunitarios, el certificado de inscripción en el Registro de Extranjeros y su documentación (bien el pasaporte o la tarjeta identificativa de su país).
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