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Autónomo Societario
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JUAN CARLOS SERNA OSPINA17/10/2025 Información clara .amabilidad en la reunion Grant Hall15/10/2025 We had some real concerns and questions about the higher levels of tax in Spain compared to the US and if our planned move in a year or so was viable. After talking to Louis, he answered all our questions and clarified a lot of other important aspects of such a move. I would definitely recommend using his services and we plan to utilize them more in the future. Helen Zaher15/10/2025 Sara Prickett13/10/2025 Merih Dedeler09/10/2025 I had a very professional and extensive consultation service. Looking forward to work with you. Francisco Rubiño07/10/2025 Rapidos y muy prefesionales. Kayla De Silva07/10/2025 Provides detailed minutes of discussion after the call which is extremely helpful. Nicolas has assisted me greatly in my concerns. HASAN JAVED06/10/2025 Maui Doogles04/10/2025 Within minutes, Louis showed me how I could avoid many thousands in Spanish capital gains taxes on the sale of my home next year by delaying my entry into Spain as a resident until after the first half of the year. He advised me on other tax matters, including the property transaction tax incurred when buying a home in Spain, about 10% of the purchase price. He cautioned me not to rush into buying a home in Spain, but wait until I find the ideal property. He also advised me about banking and investments, and gave me information on the various tax forms I would need to fill out as a resident. Lastly, he gave me advice on currency exchange and sent me the links. It was a busy half hour! But so worth it! I look forward to working with Louis as I continue the process of securing a visa and becoming a resident. Thank you Louis, you're a star!La evaluación general en Google es 4.6 de 5, en base a 507 reseñas
Preguntas frecuentes
Autónomo Societario es aquel que ha constituido una sociedad mercantil y es su administrador.
Aquellos que causen alta inicial o que no hubieran estado en situación de alta en los 2 años inmediatamente anteriores, a contar desde la fecha de efectos del alta, en el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos (RETA).
Sí. La medida no solo reconoce el derecho a tarifa plana a los nuevos autónomos societarios sino que también adquiere carácter retroactivo. Por tanto, aquellos autónomos societarios a los que se les denegara la tarifa plana pueden ahora solicitar la devolución de las cuotas abonadas en exceso, siempre que no hayan pasado cuatro años desde el primer pago.
Si ponemos el foco en el artículo 31 de la Ley 20/2007, de 11 de julio, del Estatuto del trabajo autónomo, el autónomo que se dé de alta en el RETA y opte por cotizar por la base mínima habrá de pagar una cuota reducida de 60 euros durante el primer año. En caso de optar por una base superior a la mínima se aplicaría una reducción del 80% sobre la cotización por contingencias profesionales.
La respuesta es no. Tesorería General de la Seguridad Social nos hace notar el motivo. El autónomo societario no comparte base mínima de cotización con el autónomo persona física sino que es ligeramente superior. Atendiendo a que el primero cotiza por una base de 1.214,10 euros mientras que el segundo lo hace por 944,40 euros, la cuota por tarifa plana del autónomo societario pueda rondar los 85 euros durante el primer año, es decir, el resultado de aplicar la reducción del 80% sobre la cotización por contingencias comunes.
Además, la cuota reducida comprende tanto las contingencias comunes como las contingencias profesionales.
No debemos olvidar que el Estatuto del trabajo autónomo indica que a partir del segundo año, tras el alta como autónomo en Seguridad Social, se establecen también las siguientes bonificaciones:
- Meses 12 al 18: 50% de reducción de la cuota mínima por contingencias comunes durante el segundo semestre.
- Meses 18 al 24: 30% de reducción de la cuota mínima por contingencias comunes durante el siguiente semestre.
- Meses 24 al 36: 30% de bonificación de la cuota mínima por contingencias comunes únicamente para nuevos autónomos menores de 30 años y autónomas menores de 35 años.
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