Residencia para Audiovisuales en españa
Residencia especial para Trabajadores Audiovisuales en España
- Obtén tu autorización de residencia temporal como audiovisual en España.
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- Tu propio especialista en extranjería con asesoría ilimitada.
Listo para aplicar
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No Más Confusión
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Contacto Directo
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¿Para Quién Es Esta Autorización De Residencia Dentro Del Sector Audiovisual?
Este permiso está dirigido a profesionales extranjeros que trabajan en actividades artísticas o técnicas dentro del sector audiovisual, tanto en presentaciones ante el público como en grabaciones para su difusión.
Hay tres modalidades según la duración del trabajo:
- Estancia (hasta 90 días dentro de un periodo de 180).
- Visado de estancia (entre 90 y 180 días).
- Permiso de residencia (más de 180 días hasta 3 años, renovables).
Si se necesita extender el periodo, se puede pasar de visado a autorización de residencia, iniciando el proceso al menos 30 días antes de cumplir los 90 días.
Requisitos y Documentación necesaria
- Documentación para solicitar la estancia de hasta 90 días:
- NIE (identificación como extranjero).
- Alta en la Seguridad Social.
- Si vienes de un país que SÍ requiere visado, deberás presentar :
- Visado de turista.
- Documentación para solicitar el visado de estancia:
- Fotografía tamaño carné, con fondo blanco.
- Pasaporte.
- Documentación que demuestre que existe la relación laboral o profesional.
- Documentación que certifique que el solicitante efectivamente forma parte de un proyecto y realiza tareas dentro del sector audiovisual.
- Seguro médico público o privado.
- En el caso de venir con familiares, debes presentar un documento que demuestre dicha relación familiar.
- Declaración responsable por parte de la empresa que contrata o traslada certificando que está inscrita en la Seguridad Social.
- Documentación para solicitar la autorización de residencia (más de 180 días):
- Formulario de solicitud (como traslado intraempresarial).
- Pasaporte válido y en vigor.
- Pago de la Tasa 790.
- Documento que pruebe la relación laboral o profesional con la empresa que contrata o traslada al extranjero.
- Documentación que acredite que el extranjero forma parte de un proyecto de producción en el sector audiovisual.
¿Aún tienes dudas sobre los requisitos específicos para tu caso?
Solicitud de autorización de residencia dentro del sector audiovisual
Nuestros Servicios
Documentación y Eligibilidad
Nos aseguraremos de que cumplas con todos los requisitos y documentos a entregar.
Preparación de Formularios Oficiales
Nos encargamos de preparar el formulario de solicitud y el formulario de pago de la tasa correspondiente.
Presentación online de la solicitud
¡Realizamos la solicitud de la autorización por ti! Te enviaremos el justificante de registro y haremos el seguimiento de tu solicitud
Asesoría Ilimitada
Pregunta todas las dudas que tengas sobre tus trámites a un especialista en extranjería.
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Consulta Nuestros Precios
Autorización de Residencia Inicial
para trabajadores del sector audiovisual-
Presentación online de la solicitud.
-
Preparación del formulario de solicitud.
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Revisión de toda la documentación requerida.
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Preparación de la tasa correspondiente**
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Contacto con un especialista en extranjería, y asesoría ilimitada.
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Seguimiento en línea.
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¡Puedes contratarlo ya! Sólo tienes que hacer clic en el botón para ir a la sección de pago.
** Si deseas que realicemos el pago de la tasa serán 38,28€ extra por cada solicitante.
Solicitud de Tarjeta de Identidad de Extranjero (TIE)
Una vez aprobada la solicitud de Arraigo-
Solicitud de la Cita Previa en la Policía para la toma de huellas (para la obtención de la Tarjeta de Identidad de Extranjero "TIE")
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Preparación de los formularios correspondientes.
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Revisión de la documentación requerida.
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Preparación de la tasa correspondiente.
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Puedes contratarlo sólo si ya eres cliente de nuestro servicio para la Solicitud de Arraigo Familiar. Haz clic en el botón para ir a la sección de pago.
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Solicitud de autorización de residencia dentro del sector audiovisual
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Preguntas Frecuentes
Proceso
En el caso de tratarse de la estancia de corta duración o visado de hasta 180 días, la solicitud se tramitará en la Misión Diplomática u Oficina Consular del país en el que el extranjero esté residiendo.
Por otro lado, para solicitar la autorización de residencia de más de 180 días, será la empresa española quien presente la solicitud de manera online en la sede electrónica del Ministerio de Migraciones
Si es posible incluir a tu familiar dentro de la solicitud siempre y cuando sea:
- Cónyuge o pareja de hecho.
- Hijos (siempre que sean menores de edad y dependan económicamente del solicitante principal).
- Padres que estén a cargo del principal.
- Los progenitores o tutores legales del menor de edad (en el caso de que el extranjero que ejerce la actividad sea menor).
Puede ir desde los 90 días en el caso de la estancia de corta duración, hasta los 3 años.
Lo más habitual es encontrar extranjeros en el primer caso, soliciten el visado para un plazo de 90 días dentro de un periodo total de 180.
Nota:Esta autorización sí permite quedarse en España y trabajar de manera legal, ya que este permiso lleva implícito el derecho a trabajar y realizar dichas actividades artísticas dentro del sector audiovisual.
Pago
Puedes ver los precios que manejamos en nuestra sección de precios.
Los pagos deben realizarse con tarjeta de débito o crédito.
Nuestros precios son justos y transparentes: solo pagas por lo que necesitas.
Sí, puedes solicitar la baja del servicio siempre y cuando tu abogado NO haya empezado a gestionar tu documentación para iniciar el trámite. El dinero se reembolsará a tu tarjeta en un plazo inferior a 14 días.
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Nuestro
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Siempre tendrás atención personalizada y contacto directo con tu especialista en extranjería.
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Queremos escucharte y conocer cuáles son tus dudas o lo que necesitas en relación a nuestro servicio para solicitar el permiso de estancia por estudios o el visado de estudiante en España. Cuenta con la asesoría de nuestros expertos para aclarar todas tus dudas.
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