{"id":1,"date":"2020-04-06T10:52:18","date_gmt":"2020-04-06T08:52:18","guid":{"rendered":"https:\/\/entretramites.com\/en\/?p=1"},"modified":"2023-05-16T15:27:59","modified_gmt":"2023-05-16T13:27:59","slug":"apply-for-erte-unemployment-benefits","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/entretramites.com\/en\/labor\/apply-for-erte-unemployment-benefits","title":{"rendered":"How to collect unemployment by ERTE?"},"content":{"rendered":"\n<p>La crisis por el coronavirus ha provocado un alud de ERTEs: resolvemos tus dudas sobre los tr\u00e1mites necesarios ante el SEPE para cobrar la prestaci\u00f3n de paro ERTE.<\/p>\n\n\n\n<p>M\u00e1s de dos millones de trabajadores en toda Espa\u00f1a est\u00e1n afectados por un expediente de regulaci\u00f3n temporal de empleo (ERTE) vinculado a la actual crisis por el coronavirus. Esta situaci\u00f3n abre para empresas y trabajadores una serie de tr\u00e1mites con las oficinas de empleo del Servicio P\u00fablico de Empleo Estatal (SEPE) -o del Servei d\u2019Ocupaci\u00f3 de Catalunya (SOC)- para asegurar, entre otros, que todos los empleados afectados cobren su prestaci\u00f3n de paro a tiempo. En este art\u00edculo resolvemos tus principales dudas sobre los tr\u00e1mites necesarios con un ERTE:<\/p>\n\n\n\n<h2 class=\"wp-block-heading\"><strong>Me han hecho un ERTE, \u00bfqu\u00e9 he de hacer para <strong>cobrar la prestaci\u00f3n de paro<\/strong>?<\/strong><\/h2>\n\n\n\n<p>El Gobierno ha habilitado de forma extraordinaria una serie de medidas para automatizar los tr\u00e1mites para que un trabajador afectado por un erte cobre de manera directa su prestaci\u00f3n de paro. Siempre que el expediente registrado sea justificado ante una afectaci\u00f3n por el covid-19, ser\u00e1 la empresa la encargada de facilitarle de manera colectiva todos los datos necesarios al Servicio P\u00fablico de Empleo Estatal (SEPE) para que sea este el que tramite las altas como demandantes de empleo.<\/p>\n\n\n\n<h2 class=\"wp-block-heading\"><strong>\u00bfDebo enviar a alguien alg\u00fan dato?<\/strong><\/h2>\n\n\n\n<p>No. Ser\u00e1 la empresa, que ya dispone de todos los datos fiscales y bancarios del trabajador necesarios para tramitar el alta como demandante de empleo, la que facilite los datos al SEPE. El trabajador afectado por un erte no deber\u00e1 enviar ning\u00fan dato y <a href=\"https:\/\/www.elperiodico.com\/es\/economia\/20200326\/circula-sms-falso-que-pide-la-cuenta-bancaria-a-los-afectados-por-erte-7906429\" rel=\"nofollow noopener\" target=\"_blank\">no deber\u00e1 responder a mensajes de cuentas no verificadas<\/a> (ya sean por SMS o por correo electr\u00f3nico) que le soliciten sus datos bancarios para hacer efectivo el pago de la prestaci\u00f3n. En este sentido, durante los \u00faltimos d\u00edas ha circulado un mensaje fraudulento que exig\u00eda tales datos para estafar a las personas que los facilitaran.<\/p>\n\n\n\n<h2 class=\"wp-block-heading\"><strong>\u00bfHay diferencia, a nivel de tr\u00e1mites, entre un erte por fuerza mayor o de otro tipo?<\/strong><\/h2>\n\n\n\n<p>No, a nivel de tr\u00e1mites a realizar por el trabajador no. Fuentes consultadas del SEPE han aclarado que debe ser la empresa, independientemente de la modalidad de expediente que registre, qui\u00e9n facilite los datos de manera colectiva a los servicios de empleo. Todos los expedientes vinculados a los efectos del covid-19 siguen este procedimiento.<\/p>\n\n\n\n<h2 class=\"wp-block-heading\"><strong>\u00bfTengo derecho a <strong>cobrar la prestaci\u00f3n de paro ERTE<\/strong>?<\/strong><\/h2>\n\n\n\n<p>S\u00ed, todos los trabajadores afectados por un erte vinculado al coronavirus tienen derecho a cobrar una prestaci\u00f3n por desempleo. Independientemente del tiempo que lleven cotizando con anterioridad al mismo. Este \u00faltimo supuesto tendr\u00e1 vigencia mientras dure el estado de alarma. Es decir, aquellas personas que no re\u00fanan el periodo de carencia m\u00ednimo (180 d\u00edas cotizados en los \u00faltimos cinco a\u00f1os) podr\u00e1n cobrar la prestaci\u00f3n por desempleo durante la vigencia del estado de alarma. Si el erte se prolonga m\u00e1s all\u00e1 del mismo, estas perder\u00edan su derecho a percibirlo. Y las personas que s\u00ed tengan ese m\u00ednimo cotizado, en caso de alargarse el erte m\u00e1s all\u00e1 del estado de alarma, pasar\u00edan a consumir d\u00edas acumulados y tendr\u00edan derecho a prestaci\u00f3n hasta agotarlos.<\/p>\n\n\n\n<h2 class=\"wp-block-heading\"><strong>\u00bfCu\u00e1nto <strong>cobrar la prestaci\u00f3n de paro ERTE<\/strong>?<\/strong><\/h2>\n\n\n\n<p>La prestaci\u00f3n por desempleo durante un erte es equivalente al 70% de la base reguladora del salario del trabajador, durante los seis primeros meses. La base reguladora se obtiene en base a la media de las seis \u00faltimas n\u00f3minas. Por ejemplo, si un trabajador cobra desde hace seis meses 1.000 euros brutos al mes, durante los primeros seis meses que est\u00e9 en paro cobrar\u00e1 700 euros. Y durante los meses siguientes hasta un m\u00e1ximo de dos a\u00f1os o hasta agotar el derecho a prestaci\u00f3n cobrar\u00e1 el 50%.<\/p>\n\n\n\n<p>En caso de que el sueldo del trabajador fuera mayor, existen unos topes a ese 70%. Como m\u00e1ximo, un trabajador sin hijos o familiares a cargo puede cobrar 1.098,09 euros al mes. Uno con un hijo a cargo puede cobrar hasta 1.254,96 euros al mes. Y uno con dos o m\u00e1s hijos o familiares a cargo puede cobrar hasta 1.411,83 euros al mes. Tambi\u00e9n existen unos m\u00ednimos, que son de 501,98 euros para los trabajadores sin hijos y de 671,4 euros con uno o m\u00e1s hijos.<\/p>\n\n\n\n<h2 class=\"wp-block-heading\"><strong>\u00bfCu\u00e1ndo cobrar l<strong>a prestaci\u00f3n de paro<\/strong> ERTE?<\/strong><\/h2>\n\n\n\n<p>El SEPE tiene la obligaci\u00f3n de efectuar el pago de la prestaci\u00f3n entre el d\u00eda 10 y 15 del mes siguiente a la oficializaci\u00f3n del erte. Es decir, si la empresa ha cerrado el erte (no iniciado) durante el mes de marzo; el Sepe deber\u00e1 abonar la prestaci\u00f3n al trabajador afectado entre el 10 y el 15 de abril.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>La crisis por el coronavirus ha provocado un alud de ertes: resolvemos tus dudas sobre los tr\u00e1mites necesarios ante el SEPE para cobrar el paro por ERTE.<\/p>\n","protected":false},"author":3,"featured_media":20554,"comment_status":"closed","ping_status":"closed","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"_acf_changed":false,"footnotes":""},"categories":[10],"tags":[],"class_list":["post-1","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-labor"],"acf":[],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/entretramites.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/1","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/entretramites.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/entretramites.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/entretramites.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/users\/3"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/entretramites.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=1"}],"version-history":[{"count":4,"href":"https:\/\/entretramites.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/1\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":24954,"href":"https:\/\/entretramites.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/1\/revisions\/24954"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/entretramites.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/media\/20554"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/entretramites.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=1"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/entretramites.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=1"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/entretramites.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=1"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}