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If you have received the ERTE, you may be required to declare personal income tax

ERTE and IRPF
Los receptores que superen los 14.000 euros anuales, no los 22.000, y hayan cobrado el ERTE, estarán obligados a declarar el IRPF.

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Los receptores que superen los 14.000 euros anuales de rendimientos de trabajo; no los 22.000 recogidos de forma general con un solo pagador; y hayan cobrado el ERTE, estarán obligados a declarar el IRPF.

El supuesto beneficio de los ERTE se acabará convirtiendo en una pesadilla para muchos de los perceptores. El Gobierno se niega a reformar la norma del IRPF.  Y como consecuencia, los trabajadores que hayan cobrado de los ERTE figurarán el próximo año en la Declaración de la Renta como perceptores de ingresos de más de un pagador.

La consecuencia legal de ello será dolorosa para los afectados por los ERTE de rentas modestas. A diferencia de la mayoría de la población, tendrán que hacer la declaración teniendo ingresos anuales entre los 14.000 euros y los 22.000 euros.

Superan los 14.000 euros de renta

De este modo, con la ley actual, los trabajadores en ERTE deberán hacer la próxima Declaración de la Renta ante Hacienda si superan los 14.000 euros anuales de rendimientos de trabajo; no los 22.000 recogidos de forma general para el caso de recibir los ingresos anuales de un solo pagador.

El sindicato USO, se ha dado cuenta del golpe fiscal que se avecina a aquellas personas que se han visto afectadas por un ERTE por culpa del coronavirus.

El Gobierno asegura que se ha regulado hasta el último detalle para garantizarles un escudo social. Pero, lo cierto, es que nada más lejos de la realidad. USO ha registrado en el Ministerio de Hacienda la solicitud de que se pongan en marcha medidas fiscales excepcionales para la renta relativas a los ingresos derivados de los ERTE del coronavirus.

Mediante escrito dirigido a la ministra María Jesús Montero, la Unión Sindical Obrera «solicita que los ERTE no penalicen fiscalmente a los trabajadores afectados. Proponemos que se establezca una medida excepcional de aplicación sólo para el ejercicio de la Renta 2020. Consistente en que no se considere al SEPE como pagador a efectos de IRPF», señala el escrito del sindicato.

De esta forma, se exoneraría «a los contribuyentes con ingresos inferiores a 22.000 euros de la obligación de presentar declaración». Y se evitaría «el problema de ajuste de retenciones para todos los afectados por un ERTE», destacan desde USO.

Sara García, secretaria de Acción Sindical y Salud Laboral de USO, ha señalado que «un trabajador afectado por un ERTE es muy difícil que supere los 22.000 euros anuales de rendimientos de trabajo, ya que la gran mayoría han percibido durante ese paro obligado un 70% de su base reguladora. Sin embargo, si el SEPE es un segundo pagador, es muy probable que deje de estar exento, pues el límite baja hasta los 14.000 euros. Recibirán un nuevo golpe a su economía familiar el próximo año».

Si cobraste el ERTE estarás obligado a declarar IRPF

Y es que, al tener que hacer la Declaración de la Renta por niveles tan bajos de ingresos, lo normal es que las retenciones que hayan pagado durante el año no hayan llegado a cubrir el tipo efectivo del IRPF que les corresponde pagar según la ley de este impuesto. Y, por lo tanto, al hacer la Declaración de la Renta, se vean obligados a tener que pagar adicionalmente por este tributo. Todo ello, encima de haberse visto afectados por una pérdida temporal del empleo.

Sara García, de USO, recuerda que las medidas excepcionales para los ERTE derivados del coronavirus «estaban pensadas para evitar una emergencia social y el desplome insostenible del empleo. Como medidas de emergencia, requieren ser tratadas así hasta el final. Porque, además de cambiar los umbrales para presentar o no la declaración, los trabajadores tendrán un baile de retenciones que también les perjudicarán: retención previa a pasar a ERTE; retención mínima del SEPE; nueva retención al volver al empleo seguramente sin ajustar…».

USO, por todo ello, pide que, tras las medidas excepcionales, se abra la posibilidad de cambiar la ley para que el SEPE nunca se considere pagador.

La petición urgente de USO «queda circunscrita a los ERTE derivados directamente de la crisis sanitaria por el covid-19». No obstante, «es necesario abrir un debate pausado para una modificación general de la tributación de los ingresos del SEPE».

Añade que «el trabajador ha cotizado de su nómina para las prestaciones, tributa un mínimo por la prestación y tiene además una penalización fiscal justo en su peor momento de ingresos por pérdida total o temporal de un empleo. En nuestra opinión, el SEPE nunca debería ser segundo pagador a efectos de rendimientos del trabajo y esperamos que esta situación de emergencia permita avanzar también en un cambio permanente», como señala Joaquín Pérez, secretario general de USO.

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