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Si recibes una multa de Tráfico, siempre tendrás el derecho de presentar alegaciones y recursos, si no estás de acuerdo con los hechos que te hemos notificado. Se podrán aportar los documentos que se estimen en la presentación. Estas alegaciones se tendrán en cuenta por Tráfico antes de redactar la correspondiente propuesta de resolución.

Lo podrás hacer en el plazo de los siguientes 20 días naturales desde el día siguiente a que recibas la notificación en tu domicilio o en tu dirección electrónica. Si hemos intentado notificarte a tu dirección postal y no te hemos localizado, procedemos a publicar la sanción en el Tablón Edictal Único. Desde esta publicación, dispondrás igualmente de 20 días para presentar alegaciones.

Si pagas la multa en periodo voluntario y te beneficias del 50% de reducción, se entiende que renuncias a presentar alegaciones. Por lo tanto, cualquier recurso o alegación que presentes tras haber pagado la multa en período voluntario, no tendría efecto. Del mismo modo, al interponer una alegación, pierdes el derecho al descuento del 50%, por lo que si tu alegación es desestimada, deberás pagar el 100% de la sanción.

Puedes interponer un recurso contra la sanción una vez finalizada la tramitación administrativa, y puede haber varios tipos, en base a su aplicación: 

Si presentas una alegación o un recurso, los analizamos y te respondemos con una resolución definitiva. En el primer caso, puedes seguir reclamando en vía administrativa a través de un recurso de reposición. En el segundo caso podrías acudir directamente a la vía judicial a través de un recurso contencioso-administrativo, para lo que necesitarías abogado y procurador.

Documentación Necesaria

Lo más importante es conocer el número de expediente sancionador sobre el que se desea poner la alegación o recurso. Recuerda que es un número de doce cifras que se encuentra en la cabecera de la comunicación que te enviamos. Ayuda

En el caso que lo hagas directamente por internet, no tendrás que introducir más información que el número del expediente. Para otras alternativas (fax, registro, correo o presencialmente en nuestras oficinas), has de redactar un escrito explicando tus alegaciones o recurso solicitado. Te ofrecemos un impreso, pero no es obligatorio, puedes redactar el tuyo propio siempre que recoja, al menos,  los siguientes datos:

¿Quién puede presentar alegaciones y recursos a una multa?

Lo puede presentar la persona que ha sido denunciada, o bien la persona titular del vehículo con el que se ha cometido la infracción, en caso de que no haya sido identificado el responsable de la misma por un agente de la autoridad.

Para realizar la autorización a otra persona que actúe en tu representación, puedes designar un representante a través de nuestro Registro de apoderamientos.

También puede personarse siempre que disponga de un documento firmado por el interesado donde le autorice a realizar la solicitud. Para ello descarga y rellena el modelo de autorización de la DGT “Otorgamiento de representación”.

Si el trámite lo va a realizar otra persona en su nombre, en el momento de solicitar la cita previa en el 060, se debe indicar el DNI del interesado y también el de la persona autorizada.

Plazos para presentar alegaciones y recursos a una multa

Si haces la tramitación por internet, la fecha de entrada de las alegaciones o del recurso presentado, a los efectos del cómputo de plazos, será la que corresponda al momento de la presentación telemática.

Para descargar el Impreso para alegaciones y recursos a una multa:

Por último, si necesitas algún tipo de asesoría con los trámites de la DGT, puedes ponerte en contacto con nosotros. Siempre es bueno dejar los temas burocráticos en manos de especialistas.

Para acceder a la Cita Previa en la DGT, aquí